La nueva operatoria se ajusta a lo dispuesto por el Gobierno de la Provincia mediante Decreto Nº 5.680-H-2014, mientras que desde el organismo recaudador se emitió la Resolución General 1.375/2014 para reglamentar su implementación.
El director de Rentas, Néstor Padilla, puntualizó que los
contribuyentes pueden regularizar deudas vencidas al 31 de agosto pasado, del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, Inmobiliario, Sellos y Tasas Retributivas de Servicio.
Se otorga la reducción de intereses, en porcentajes que van decreciendo del 60 % al 40 % de acuerdo a la fecha de adhesión al plan. Si bien la vigencia se extiende hasta el 31 de diciembre, cuanto antes se suscriba más importante será la deducción.
La nueva operatoria se ajusta a lo dispuesto por el Gobierno de la Provincia mediante Decreto Nº 5.680-H-2014, mientras que desde el organismo recaudador se emitió la Resolución General 1.375/2014 para reglamentar su implementación.
El director de Rentas, Néstor Padilla, puntualizó que los
contribuyentes pueden regularizar deudas vencidas al 31 de agosto pasado, del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, Inmobiliario, Sellos y Tasas Retributivas de Servicio.
Se otorga la reducción de intereses, en porcentajes que van decreciendo del 60 % al 40 % de acuerdo a la fecha de adhesión al plan. Si bien la vigencia se extiende hasta el 31 de diciembre, cuanto antes se suscriba más importante será la deducción.