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Derechos y obligaciones en el nuevo Código Civil

Domingo, 18 de octubre de 2015 01:30
<p>COLEGIO DE ABOGADOS/ LUIS CANEDI Y CARLOS ANDREUCCI, UNIÓN IBEROAMERICANA DE COLEGIOS Y ASOCIACIONES DE ABOGADOS.</p>&nbsp;

Una jornada denominada "Incidencia del Nuevo Código Civil y Comercial de la Nación en el Derecho Administrativo" se realizó recientemente en nuestra provincia con la participación de Carlos Andreucci, vicepresidente de la Unión Iberoamericana de Colegios y Asociaciones de Abogados.

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Una jornada denominada "Incidencia del Nuevo Código Civil y Comercial de la Nación en el Derecho Administrativo" se realizó recientemente en nuestra provincia con la participación de Carlos Andreucci, vicepresidente de la Unión Iberoamericana de Colegios y Asociaciones de Abogados.

El letrado invitado expuso sobre la "Construcción de ciudadanía" que implica el nuevo Código, y aseguró que desde su vigencia, los magistrados deben comenzar a resolver casos con "opciones de Justicia" y no con soluciones regladas.

La actividad fue programa por el Instituto de Derecho Administrativo del Colegio de Abogados de Jujuy, cuyo vicepresidente es Luis Canedi, quien acompañó al disertante en su presentación. Carlos Andreucci, que es además miembro del Comité de presidencia de la Unión Internacional de Colegios de Abogados, aseguró que el nuevo Código producirá muchos cambios en la vida de las personas, porque existen nuevos derechos y obligaciones. Además señaló que la nueva ley les da a los jueces y operadores del derecho nuevas atribuciones, lo que los obliga a capacitarse y a ser seleccionados con mayor rigurosidad.

Para iniciar, Andreucci diferenció el nuevo Código Civil con el de Vélez Sarsfield, creado en 1871. El disertante explicó que el primero instauró categorías a fin de que las personas "construyan nacionalidad", es decir que dejó en claro que un individuo tiene derecho a la libertad, a la vida, a la dignidad, a la propiedad y a constituir una familia. En aquellos momentos no existían las categorías de grupos, ni los problemas entre usuarios y consumidores, por lo tanto el nuevo Código Civil y Comercial tiende a "construir ciudadanía", modificando las relaciones de la persona con la sociedad y sus bienes, y equilibra una igualdad real frente a la igualdad abstracta que se planteó en 1871. El letrado explicó que esta nueva ley tiene como protagonista a un "habitante común" y a los "más débiles", que ahora tienen nuevos derechos y obligaciones.

El disertante consignó que, por ejemplo, el Código cambió las leyes que rigen las relaciones de familias, y se incluyó los derechos de la mujer y de personas con discapacidad, tutelas y categorías de los adolescentes. "Está dirigido a los más débiles, y con esa debilidad también aparecen usuarios y consumidores", expresó Carlos Andreucci, quien agregó además que se deben incorporar gran cantidad de registros públicos que hoy no existen.

Actualmente se conoce el registro de la propiedad inmueble, el de las personas y automotores, y con la normativa vigente desde agosto se crearon nuevas figuras como el derecho de superficie, conjuntos inmobiliarios, barrios cerrados, cementerios privados, leasing, fideicomisos y nuevos contratos y convenios regulados por las provincias y municipios, desafiando así la tarea de gestión y política de estas competencias locales, opinó el conferencista.

Nuevos derechos

Con respecto a los ciudadanos, Andreucci recordó que desde el 1 de agosto existe la obligación de la comunidad de informarse sobre los pormenores de la nueva ley, porque actualmente el Código Civil garantiza la libertad en la expresión de la voluntad y reivindica la condición de esa persona como titular de la libertad. También protege el medio ambiente, en especial al agua como fuente de vida, y aparece la figura de bienes colectivos, que no pertenecen a nadie pero a la vez son de todos, como el aire, la flora y la fauna.

El nuevo Código Civil además garantiza la propiedad comunitaria originaria y le da la libertad al ser humano de disponer de su cuerpo. Plantea que ninguna imagen puede ser reproducida sin permiso de su titular.

La capacidad de los jueces

Frente a estas nuevas figuras legales, los magistrados deben exponer un conocimiento a fondo de estos aspectos, por lo que Andreucci expresó que estos cargos deben ser ocupados indefectiblemente por profesionales con pensamiento abierto y legitimados con la participación ciudadana por medio de una selección, para que la comunidad pueda conocer las cualidades que acrediten el compromiso de este profesional con los derechos humanos y la Constitución.

"El nuevo Código brinda a los jueces opciones de justicia", no soluciones regladas, y el juez debe analizar cuál es la solución para cada caso", dijo el disertante quien citó, por ejemplo, que actualmente el nuevo Código le permite a un menor ir a la Justicia para realizarse una cirugía estética si sus padre no lo autorizan, y está en el juez decidir cómo se actuará después sin tener precedentes reglados.

"El juez tiene una atribución más amplia para resolver cuestiones muy sensibles de la vida. Para esto no hay nada mejor que el sistema de publicidad comparada de actitudes de antecedentes por concursos y oposición", finalizó Andreucci, quien también opinó en este marco que en nuestra provincia se utiliza un sistema de selección que retrocedió en el mundo, porque países que tuvieron este método lo abandonaron desde hace mucho tiempo para asegurar la legitimidad ciudadana.