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Habría desalojos | Humahuaca, procedimiento judicial, Interdicto posesorio, posesión por la fuerza

Jueves, 02 de julio de 2015 00:00
Un interdicto es un procedimiento judicial muy sumario y de tramitación sencilla, cuyo objetivo es atribuir la posesión de una cosa a una determinada persona física o jurídica frente a otra, de manera provisional.
El interdicto posesorio también se puede plantear para el caso de que exista una reclamación por algún daño inminente, cuya urgencia habrá de quedar justificada.
Esta medida está basada en la presunción de que toda posesión es legítima. Esto es, se presume que si una persona tiene un bien en su poder es por un motivo legítimo. Por ello, si alguien trata de irrumpir en esa posesión por la fuerza, el poseedor puede acudir al juez rápidamente sin tener que demostrar la legitimidad de su situación, bastándole entonces con demostrar que la posesión efectivamente era suya. No es necesario que demuestre su propiedad u otro título posesorio.
De allí se presume que podrían haber medidas de desalojo, a las familias no consideradas como herederas del predio.

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Un interdicto es un procedimiento judicial muy sumario y de tramitación sencilla, cuyo objetivo es atribuir la posesión de una cosa a una determinada persona física o jurídica frente a otra, de manera provisional.
El interdicto posesorio también se puede plantear para el caso de que exista una reclamación por algún daño inminente, cuya urgencia habrá de quedar justificada.
Esta medida está basada en la presunción de que toda posesión es legítima. Esto es, se presume que si una persona tiene un bien en su poder es por un motivo legítimo. Por ello, si alguien trata de irrumpir en esa posesión por la fuerza, el poseedor puede acudir al juez rápidamente sin tener que demostrar la legitimidad de su situación, bastándole entonces con demostrar que la posesión efectivamente era suya. No es necesario que demuestre su propiedad u otro título posesorio.
De allí se presume que podrían haber medidas de desalojo, a las familias no consideradas como herederas del predio.

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