¿Quieres recibir notificaciones de alertas?

18°
26 de Abril,  Jujuy, Argentina
PUBLICIDAD

La oposición aprobó la Emergencia ocupacional

Viernes, 20 de mayo de 2016 01:30
ES LEY / DIPUTADOS APROBARON LA EMERGENCIA OCUPACIONAL.
La Cámara de Diputados convirtió ayer por la madrugada en el ley el proyecto de emergencia ocupacional, que prevé la suspensión de despidos por 180 días y la doble indemnización, en una votación que contó con el respaldo de la mayoría de los bloques opositores y la abstención del oficialismo.
El proyecto obtuvo 147 votos a favor, 3 en contra y 88 abstenciones, tras casi 6 horas de debate, que se sucedieron a las 12 que demandaron los tratamientos de los proyectos sobre Acceso a la Información y sobre reintegro del IVA.
La votación del dictamen del FPV-PJ, respetando el texto aprobado en abril por el Senado, se trató en primer término, por lo que no fue necesario que se pusieran a consideración los dictámenes de Cambiemos, del Frente Renovador, de la Izquierda y del Socialismo, que reunían menor cantidad de firmas.
Fracasadas las gestiones del massismo para aunar una estrategia en común con el resto de los bloques peronistas para derrotar al oficialismo, puertas adentro del Frente Renovador debatieron hasta minutos antes de la votación sobre la conveniencia o no de acompañar el proyecto del FPV-PJ.
Finalmente, al momento de la votación, el massismo se resignó a la incidencia de la abstención de Cambiemos en el conteo definitivo y votó favorablemente por "estar de acuerdo con el espíritu de la ley".
Entre los discursos principales, el presidente del bloque Justicialista, Oscar Romaro, señaló que "ante la actual situación laboral no queda otra que poner el pecho".
Por el Frente Renovador, Graciela Camaño consideró que se trató sólo de "una sesión testimonial" al expresar la molestia de su bloque por el acercamiento entre el el FPV-PJ y Cambiemos para definir la suerte de la sesión.
Por el FPV-PJ, el presidente del bloque, Héctor Recalde, advirtió que "si el presidente va a vetar la ley, debe saber que va a existir otro veto, que es el de los trabajadores".
Al fijar su posición, el titular de la bancada radical, Mario Negri, explicó: "Nuestra abstención es porque en las últimas horas el mundo del peronismo buscaba ponerse de acuerdo".
"Sabemos que perdemos, pero no traicionamos a nadie. No nos movimos de lo que pensamos", añadió.
Detalle del proyecto realizado por el FPV-PJ
Artículo 1: Declárese la emergencia pública en materia ocupacional por el término de 180 días en todo el territorio nacional. La presente ley entrará en vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial.
Artículo 2: Quedan prohibidos por ese término de 180 días los despidos o suspensiones de trabajadores, sin justa causa, tanto en el sector privado como en el sector público nacional. Esta normativa se aplicará a todos los trabajadores, sin importar la modalidad contractual. Todos los actos dispuestos en contravención a dicha prohibición serán nulos.
Artículo 3: En caso de producirse despidos en contravención a lo dispuesto en el artículo 2, los trabajadores afectados podrán optar por accionar judicialmente por su reinstalación en el puesto de trabajo con más el pago de los salarios de tramitación hasta su efectiva reincorporación, o convalidar la extinción del vínculo.
Artículo 4: la acción de reinstalación tramitará por el procedimiento sumarísimo previsto por el artículo 498 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación o sus equivalentes en cada jurisdicción.
Artículo 5: La convalidación de la extinción dará derecho al trabajador a recibir el doble de las indemnizaciones emergentes por el despido incausado que le correspondiere de conformidad con la legislación vigente.
Artículo 6: Los dispuesto en la presente ley no resultará aplicable a las contrataciones celebradas con posterioridad a su entrada en vigencia.
Artículo 7: Establécese la continuidad automática, en idénticas condiciones, de todas las contrataciones de personal por plazo determinado efectuadas en todo el sector público nacional, cuyo vencimiento opere en los 180 días posteriores a la entrada en vigencia de esta ley.
Las Pymes en contra
El presidente de la Asociación Empresaria Rosario (AER), Ricardo Diab, consideró que "las Pymes deben ser excluidas de la ley de emergencia ocupacional porque es imposible de cumplir para ese sector".
En esa línea, sostuvo que "no podemos exigirle en una economía como la de hoy, una doble indemnización a Pymes que muchas veces no tienen espalda y su única opción es ajustar por el personal para seguir subsistiendo".
A su vez, Diab estimó que "aquellos empresarios que puedan aumentar su productividad seguramente van postergar su decisión de tomar un nuevo empleado por el panorama que propone la ley".
"En vez de pensar en no despedir, deberíamos pensar en tomar las medidas antes de que eso sea necesario", opinó.
En ese sentido, sostuvo que el gobierno nacional "debe tomar medidas económicas diferentes a las que ha tomado".
"Lo que hay que hacer es incentivar la producción",finalizó.

Alcanzaste el límite de notas gratuitas
inicia sesión o regístrate.
Alcanzaste el límite de notas gratuitas
Nota exclusiva debe suscribirse para poder verla
La Cámara de Diputados convirtió ayer por la madrugada en el ley el proyecto de emergencia ocupacional, que prevé la suspensión de despidos por 180 días y la doble indemnización, en una votación que contó con el respaldo de la mayoría de los bloques opositores y la abstención del oficialismo.
El proyecto obtuvo 147 votos a favor, 3 en contra y 88 abstenciones, tras casi 6 horas de debate, que se sucedieron a las 12 que demandaron los tratamientos de los proyectos sobre Acceso a la Información y sobre reintegro del IVA.
La votación del dictamen del FPV-PJ, respetando el texto aprobado en abril por el Senado, se trató en primer término, por lo que no fue necesario que se pusieran a consideración los dictámenes de Cambiemos, del Frente Renovador, de la Izquierda y del Socialismo, que reunían menor cantidad de firmas.
Fracasadas las gestiones del massismo para aunar una estrategia en común con el resto de los bloques peronistas para derrotar al oficialismo, puertas adentro del Frente Renovador debatieron hasta minutos antes de la votación sobre la conveniencia o no de acompañar el proyecto del FPV-PJ.
Finalmente, al momento de la votación, el massismo se resignó a la incidencia de la abstención de Cambiemos en el conteo definitivo y votó favorablemente por "estar de acuerdo con el espíritu de la ley".
Entre los discursos principales, el presidente del bloque Justicialista, Oscar Romaro, señaló que "ante la actual situación laboral no queda otra que poner el pecho".
Por el Frente Renovador, Graciela Camaño consideró que se trató sólo de "una sesión testimonial" al expresar la molestia de su bloque por el acercamiento entre el el FPV-PJ y Cambiemos para definir la suerte de la sesión.
Por el FPV-PJ, el presidente del bloque, Héctor Recalde, advirtió que "si el presidente va a vetar la ley, debe saber que va a existir otro veto, que es el de los trabajadores".
Al fijar su posición, el titular de la bancada radical, Mario Negri, explicó: "Nuestra abstención es porque en las últimas horas el mundo del peronismo buscaba ponerse de acuerdo".
"Sabemos que perdemos, pero no traicionamos a nadie. No nos movimos de lo que pensamos", añadió.
Detalle del proyecto realizado por el FPV-PJ
Artículo 1: Declárese la emergencia pública en materia ocupacional por el término de 180 días en todo el territorio nacional. La presente ley entrará en vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial.
Artículo 2: Quedan prohibidos por ese término de 180 días los despidos o suspensiones de trabajadores, sin justa causa, tanto en el sector privado como en el sector público nacional. Esta normativa se aplicará a todos los trabajadores, sin importar la modalidad contractual. Todos los actos dispuestos en contravención a dicha prohibición serán nulos.
Artículo 3: En caso de producirse despidos en contravención a lo dispuesto en el artículo 2, los trabajadores afectados podrán optar por accionar judicialmente por su reinstalación en el puesto de trabajo con más el pago de los salarios de tramitación hasta su efectiva reincorporación, o convalidar la extinción del vínculo.
Artículo 4: la acción de reinstalación tramitará por el procedimiento sumarísimo previsto por el artículo 498 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación o sus equivalentes en cada jurisdicción.
Artículo 5: La convalidación de la extinción dará derecho al trabajador a recibir el doble de las indemnizaciones emergentes por el despido incausado que le correspondiere de conformidad con la legislación vigente.
Artículo 6: Los dispuesto en la presente ley no resultará aplicable a las contrataciones celebradas con posterioridad a su entrada en vigencia.
Artículo 7: Establécese la continuidad automática, en idénticas condiciones, de todas las contrataciones de personal por plazo determinado efectuadas en todo el sector público nacional, cuyo vencimiento opere en los 180 días posteriores a la entrada en vigencia de esta ley.
Las Pymes en contra
El presidente de la Asociación Empresaria Rosario (AER), Ricardo Diab, consideró que "las Pymes deben ser excluidas de la ley de emergencia ocupacional porque es imposible de cumplir para ese sector".
En esa línea, sostuvo que "no podemos exigirle en una economía como la de hoy, una doble indemnización a Pymes que muchas veces no tienen espalda y su única opción es ajustar por el personal para seguir subsistiendo".
A su vez, Diab estimó que "aquellos empresarios que puedan aumentar su productividad seguramente van postergar su decisión de tomar un nuevo empleado por el panorama que propone la ley".
"En vez de pensar en no despedir, deberíamos pensar en tomar las medidas antes de que eso sea necesario", opinó.
En ese sentido, sostuvo que el gobierno nacional "debe tomar medidas económicas diferentes a las que ha tomado".
"Lo que hay que hacer es incentivar la producción",finalizó.