¿Quieres recibir notificaciones de alertas?

17°
28 de Abril,  Jujuy, Argentina
PUBLICIDAD

Dos hombres absueltos por practica de aborto

Sabado, 07 de mayo de 2016 01:30
<p><b>AUDIENCIA</b> / CAMPERO HUGARTE (DERECHA), JOSÉ IVANOVICH (ABOGADO) Y DANIEL MALDONADO.</p>&nbsp;

El Tribunal en lo Criminal Nº 3 resolvió absolver por el beneficio de la duda a dos hombres que habían llegado a juicio acusados de ser los supuestos autores de los delitos de "aborto sin el consentimiento de la mujer" y "participación de aborto sin el consentimiento de la mujer", por un hecho ocurrido el 26 de noviembre de 2011.

Alcanzaste el límite de notas gratuitas
inicia sesión o regístrate.
Alcanzaste el límite de notas gratuitas
Nota exclusiva debe suscribirse para poder verla

El Tribunal en lo Criminal Nº 3 resolvió absolver por el beneficio de la duda a dos hombres que habían llegado a juicio acusados de ser los supuestos autores de los delitos de "aborto sin el consentimiento de la mujer" y "participación de aborto sin el consentimiento de la mujer", por un hecho ocurrido el 26 de noviembre de 2011.

Se trata de Juan de Dios Guillermo Campero Hugarte, un sujeto de nacionalidad boliviana acusado de dedicarse a la práctica de abortos clandestinos en La Quiaca, y de Daniel Maldonado, un hombre que hoy tiene 25 años y hace 5 estaba de novio con una niña de apenas 13.

La fiscal de Cámara, Delia Ortíz, había solicitado la pena de 9 años de prisión efectiva para los dos imputados, pero el Tribunal no encontró las pruebas suficientes para condenar a estos sujetos que por lo menos recibieron la condena social.

El representante legal de los imputados fue José Ivanovich, que en la producción de sus alegatos había puesto en manifiesto nuevamente la precaria investigación policial por parte de Unidad Regional Nº 5, habló holgadamente de una niña de 13 años que no pudo soportar un abortos y acabó con su vida de un disparo en la sien, estando embarazada por segunda vez.

El defensor trató en todo momento de no hablar específicamente de sus defendidos, y tampoco ellos aportaron datos para esclarecer el hecho en el momento que prestaron declaración ante el Tribunal.

Por ejemplo Campero Hugarte no negó ni afirmó que se dedicaba a la práctica de legrados y abortos en su domicilio del barrio Santa Teresita, y el hombre de 25 años dijo sin pudor haber mantenido una relación amorosa con una niña de 13 años, cuando él tenía 20.

La menor, que por cuestiones obvias no será identificada, había conocido a un sujeto mucho mayor que ella quien aprovechándose de su edad, persuadió a la niña para mantener una relación.

Ortíz fue determinante en un tramo de su alegato, cuando reprodujo lo que la madre de la niña declaró. "Daniel me invitó a comer y me dio un vaso de gaseosa, después me sentí mareada y me desvanecí. Reaccioné dentro de una casa que tenía camillas y un hombre le daba a Daniel una bolsa negra con algo adentro".

Es decir que para la fiscal de Cámara, los hombres habían planificado practicarle el aborto a la niña, sin su consentimiento ni mucho con un familiar a cargo de ella. Acordaron un precio, donde se supo que Maldonado tuvo que vender una motocicleta para saldar la deuda con Campero Hugarte.

Casi toda la investigación carece de pruebas, habían documentos sin firmar y ecografías sin identificar. Pero nada de esto quita el martirio por el que tuvo que pasar una niña de apenas 13 años, que habría sido obligada a ser sometida a una riesgosa intervención clandestina.

En 2012, cuando la niña acababa de cumplir 14 años, quedó nuevamente embarazada y su mundo se volvió a derrumbar, cuando su novio le dijo que la relación no daba para más. La niña cursaba el sexto mes de embarazo y no pudo con todo el dolor que llevaba consigo, empuñó un arma y se disparó en la sien.

La absolución de Campero Hugarte y de Maldonado trajo estupor en los familiares de la pequeña víctima, lamentando la pobre investigación que no logró esclarecer un hecho que conmocionó a la comunidad quiaqueña en su momento.

Temas de la nota