Tal como se anticipó el lunes, se modificaron los cuadros tarifarios vigentes de manera que un hogar no pague este año más del 400% respecto del mismo período de consumo de 2015.
A través de la Resolución 129 de la cartera que encabeza Juan José Aranguren, se instruye al ENARGAS para que "disponga las medidas necesarias a fin de que, durante el año 2016, el monto total, impuestos incluidos, de las facturas que emitan las prestadoras del servicio público de distribución de gas por redes de todo el país".
También "se fija que los usuarios residenciales (categoría R y sus subcategorías) deban abonar por consumos realizados a partir del 1 de abril de 2016, que no superen en más de un 400% el monto total, impuestos incluidos, de la factura emitida al mismo usuario con relación al mismo período de facturación correspondiente al año anterior".
La medida hará que "el monto facturado no supere una suma equivalente a Cinco (5) veces el monto total de la factura emitida al mismo usuario con relación al mismo período de facturación correspondiente al año anterior".
El Gobierno justificó que se produjeron "incrementos significativos del monto de las facturas de los servicios a usuarios residenciales y del servicio General".
inicia sesión o regístrate.
Tal como se anticipó el lunes, se modificaron los cuadros tarifarios vigentes de manera que un hogar no pague este año más del 400% respecto del mismo período de consumo de 2015.
A través de la Resolución 129 de la cartera que encabeza Juan José Aranguren, se instruye al ENARGAS para que "disponga las medidas necesarias a fin de que, durante el año 2016, el monto total, impuestos incluidos, de las facturas que emitan las prestadoras del servicio público de distribución de gas por redes de todo el país".
También "se fija que los usuarios residenciales (categoría R y sus subcategorías) deban abonar por consumos realizados a partir del 1 de abril de 2016, que no superen en más de un 400% el monto total, impuestos incluidos, de la factura emitida al mismo usuario con relación al mismo período de facturación correspondiente al año anterior".
La medida hará que "el monto facturado no supere una suma equivalente a Cinco (5) veces el monto total de la factura emitida al mismo usuario con relación al mismo período de facturación correspondiente al año anterior".
El Gobierno justificó que se produjeron "incrementos significativos del monto de las facturas de los servicios a usuarios residenciales y del servicio General".