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De nuevo a prisión, por las "narcovalijas"

Viernes, 22 de julio de 2016 01:30
<div>LA DESAPARECIDA EMPRESA QUE LLEVÓ LAS CUATRO VALIJAS A ESPAÑA</div><div>
La Cámara Federal de Casación Penal ordenó que uno de los condenados por el envío de casi 60 kilos de cocaína a España en un vuelo de la empresa Southern Winds (SW), en 2004, termine de cumplir los cuatro años y medio de prisión que le fueron impuestos, ya que hace una década estuvo preso sólo 22 meses.
El fallo, alcanzó a Walter Edgardo Beltrame (33), ex encargado de "pasajeros frecuentes" de la desaparecida firma aérea e hijo del ex jefe de Seguridad del aeropuerto de Ezeiza, comodoro Alberto Beltrame, desplazado del cargo por esta causa.
Enviaron cuatro valijas con membretes de la Embajada Argentina en España con casi 60 kilos de cocaína
Beltrame fue detenido el 17 de febrero de 2005 por haber ordenado el envío de las valijas con droga, pero fue excarcelado el 15 de diciembre de 2006 y continuó en libertad hasta ahora.
El 21 de diciembre de 2007, el Tribunal Oral en lo Penal Económico (TOPE) porteño 3 condenó al joven a cuatro años y seis meses de prisión por contrabando agravado de estupefacientes.
En tanto, recibieron ocho años de cárcel el español José Ramón González Villar (77); siete años su esposa, Elena Tamil Batán (77) -quienes iban a recibir la droga en Madrid-; 5 años el remisero colombiano Juan Aristizábal Tabarez (41) - llevó la cocaína a Ezeiza- y otros imputados resultaron absueltos.
En 2012, el fallo fue confirmado por la Corte Suprema de Justicia, por lo que Beltrame debía volver a prisión, pero su defensora oficial, Ana Baldán, planteó la prescripción de la ejecución de la pena, que se efectuara un nuevo cómputo o que cumpliera tareas comunitarias.
La defensa sostuvo que Beltrame no debe volver a la cárcel porque durante los 22 meses que estuvo detenido "satisfizo los fines resocializadores de la pena" y argumentó que el tiempo que se encuentra gozando de libertad "es ampliamente mayor" a la condena impuesta.
Además, señaló que las penas de prisión temporal prescriben en un tiempo igual al de la condena, que desde 2012 tiene un trabajo "en blanco", un "comportamiento satisfactorio y posibilidades de crecimiento".
El TOPE 3 rechazó el planteo y lo mismo hizo ahora la sala I de Casación, integrada por los jueces Ana María Figueroa, Juan Carlos Gemignani y Liliana Catucci, que consideró que el tiempo transcurrido desde la condena hasta que quedó firme "no resulta irrazonable" y debe cumplir la pena para "evitar la impunidad".
La "auto-resocialización" del imputado por haber durante ese tiempo recompuesto sus lazos laborales, afectivos y sociales y de esta forma haberse reinsertado en la sociedad, no deja de ser un criterio subjetivo que no constituye un parámetro que determine la no imposición del resto de la pena que le queda por cumplir", dijo en su voto Figueroa.
También destacó que "cobra relevancia el compromiso internacional asumido por el Estado argentino en la persecución del tráfico internacional de estupefacientes".
Por su parte, Gemignani sostuvo que como la pena de cuatro años y medio es de cumplimiento efectivo y está firme, le restan cumplir 32 meses y un día de prisión (dos años y ocho meses) y el TOPE 3 debe dar cumplimiento a la sentencia.
El caso se inició el 17 de septiembre de 2004, cuando cuatro valijas que tenían membrete de la Embajada de Argentina en España fueron enviadas desde Buenos Aires al aeropuerto de Barajas, en Madrid, en el vuelo 6420 de la empresa SW.
Como nadie las retiró, la Guardia Civil revisó las maletas y descubrió que en su interior había 58,900 kilos de cocaína.
Casi un mes después, las autoridades de SW denunciaron el episodio ante la Justicia, que comenzó a investigar, y a mediados de febrero el caso se hizo público y estalló el escándalo porque uno de los acusados era hijo de Beltrame.
A raíz del caso, fue relevado el entonces jefe de la Fuerza Aérea, brigadier Carlos Rohde.
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La Cámara Federal de Casación Penal ordenó que uno de los condenados por el envío de casi 60 kilos de cocaína a España en un vuelo de la empresa Southern Winds (SW), en 2004, termine de cumplir los cuatro años y medio de prisión que le fueron impuestos, ya que hace una década estuvo preso sólo 22 meses.
El fallo, alcanzó a Walter Edgardo Beltrame (33), ex encargado de "pasajeros frecuentes" de la desaparecida firma aérea e hijo del ex jefe de Seguridad del aeropuerto de Ezeiza, comodoro Alberto Beltrame, desplazado del cargo por esta causa.
Enviaron cuatro valijas con membretes de la Embajada Argentina en España con casi 60 kilos de cocaína
Beltrame fue detenido el 17 de febrero de 2005 por haber ordenado el envío de las valijas con droga, pero fue excarcelado el 15 de diciembre de 2006 y continuó en libertad hasta ahora.
El 21 de diciembre de 2007, el Tribunal Oral en lo Penal Económico (TOPE) porteño 3 condenó al joven a cuatro años y seis meses de prisión por contrabando agravado de estupefacientes.
En tanto, recibieron ocho años de cárcel el español José Ramón González Villar (77); siete años su esposa, Elena Tamil Batán (77) -quienes iban a recibir la droga en Madrid-; 5 años el remisero colombiano Juan Aristizábal Tabarez (41) - llevó la cocaína a Ezeiza- y otros imputados resultaron absueltos.
En 2012, el fallo fue confirmado por la Corte Suprema de Justicia, por lo que Beltrame debía volver a prisión, pero su defensora oficial, Ana Baldán, planteó la prescripción de la ejecución de la pena, que se efectuara un nuevo cómputo o que cumpliera tareas comunitarias.
La defensa sostuvo que Beltrame no debe volver a la cárcel porque durante los 22 meses que estuvo detenido "satisfizo los fines resocializadores de la pena" y argumentó que el tiempo que se encuentra gozando de libertad "es ampliamente mayor" a la condena impuesta.
Además, señaló que las penas de prisión temporal prescriben en un tiempo igual al de la condena, que desde 2012 tiene un trabajo "en blanco", un "comportamiento satisfactorio y posibilidades de crecimiento".
El TOPE 3 rechazó el planteo y lo mismo hizo ahora la sala I de Casación, integrada por los jueces Ana María Figueroa, Juan Carlos Gemignani y Liliana Catucci, que consideró que el tiempo transcurrido desde la condena hasta que quedó firme "no resulta irrazonable" y debe cumplir la pena para "evitar la impunidad".
La "auto-resocialización" del imputado por haber durante ese tiempo recompuesto sus lazos laborales, afectivos y sociales y de esta forma haberse reinsertado en la sociedad, no deja de ser un criterio subjetivo que no constituye un parámetro que determine la no imposición del resto de la pena que le queda por cumplir", dijo en su voto Figueroa.
También destacó que "cobra relevancia el compromiso internacional asumido por el Estado argentino en la persecución del tráfico internacional de estupefacientes".
Por su parte, Gemignani sostuvo que como la pena de cuatro años y medio es de cumplimiento efectivo y está firme, le restan cumplir 32 meses y un día de prisión (dos años y ocho meses) y el TOPE 3 debe dar cumplimiento a la sentencia.
El caso se inició el 17 de septiembre de 2004, cuando cuatro valijas que tenían membrete de la Embajada de Argentina en España fueron enviadas desde Buenos Aires al aeropuerto de Barajas, en Madrid, en el vuelo 6420 de la empresa SW.
Como nadie las retiró, la Guardia Civil revisó las maletas y descubrió que en su interior había 58,900 kilos de cocaína.
Casi un mes después, las autoridades de SW denunciaron el episodio ante la Justicia, que comenzó a investigar, y a mediados de febrero el caso se hizo público y estalló el escándalo porque uno de los acusados era hijo de Beltrame.
A raíz del caso, fue relevado el entonces jefe de la Fuerza Aérea, brigadier Carlos Rohde.

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