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Cuestionaron fallo del juicio por crimen del joyero Colque

Sabado, 09 de julio de 2016 01:30
 MOMENTO EN QUE LOS IMPUTADOS CONOCÍAN EL FALLO DEL TRIBUNAL EN LO CRIMINAL Nº 1.
Luego de conocerse que las partes apelarán el fallo resuelto por el Tribunal en lo Criminal N§ 1 por el juicio oral y público que llevó a condenar a Gustavo "Chochi" Agero, Pablo Arroyo, Pedro "Drago" Ríos y Francisco "Gordo" Haedo, acusados de ser los responsables del robo y posterior muerte del joyero Pedro Colque, los abogados de Agero y Arroyo aclararon algunos de los puntos que llevaron a plantear los recursos.

Martín Castro y Sara Cabezas son codefensores del reconocido empresario Agero y su abogado Arroyo, quienes en forma conjunta con los abogados Miguel Cabezas (por Ríos) y Pablo Valero (por Haedo), apelaron al recurso de Casación Penal.

Además los codefensores plantearon la inconstitucionalidad del fallo y el abogado Martín Castro, en diálogo con El Tribuno de Jujuy brindó algunos de los detalles que llevaron a "cuestionar" el fallo resuelto por el Tribunal en lo Criminal Nº 1.

"En razón al planteamiento de inconstitucionalidad tiene como punto neurálgico a una extensión en el hecho que se le había acusado a nuestros clientes. Respecto del acto de conocimiento de causa se tiene que limitar en el tiempo y en el espacio la acusación que pesa sobre nuestros defendidos, para que ellos puedan ejercer eficientemente la defensa. Pero sobre todo que se aplique fehacientemente sobre los hechos que se les acusa. A nuestra consideración, ninguna de estos procesos se ha respetado", dijo Castro.

"Entendemos que en principio se los había acusado de un hecho que se extendería desde las 10 de la noche del 29 de agosto de 2013 hasta las 2 de la mañana del 30 de agosto. Este acto se habría extendido desde el 23 de agosto por la pura y exclusiva voluntad de Haedo, que en la ampliación de su declaración, ya vendría a contradecirse con sus otras declaraciones que también entendemos fueron inducidas, desviculando del hecho a personas que han participado del mismo", continuó el abogado
Por otra parte Castro dijo que tomó conocimiento "que el fiscal de Sala también había presentado el recurso de casación, donde tengo entendido que está sosteniendo las mismas pretensiones que en su alegato había manifestado", (Lemir había solicitado la pena de prisión perpetua para los cuatro imputados).

La única parte que no presentó ningún planteo fue la querella, que está siendo ejercida por José Luis Manzur quien responde a los intereses de los familiares del joyero Pedro Anacleto Colque.
Es decir que la sentencia aún no está firme y hay que adecuarse a los tiempos procesales que son muy distintos, ahora depende del Tribunal de Casación Penal la resolución del planteo cuestionado al fallo y del Superior Tribunal de Justicia para dar lugar o no los recursos formulados por las partes.
Los cuatro procesados fueron condenados por la coatoría de "homicidio en ocasión de robo", Agero y Arroyo fueron condenados a la pena de 23 años de prisión efectiva, Haedo deberá purgar 18 años y Ríos 25 años, porque se le acumuló otra causa que fue resuelta en las mismas audiencias.
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Luego de conocerse que las partes apelarán el fallo resuelto por el Tribunal en lo Criminal N§ 1 por el juicio oral y público que llevó a condenar a Gustavo "Chochi" Agero, Pablo Arroyo, Pedro "Drago" Ríos y Francisco "Gordo" Haedo, acusados de ser los responsables del robo y posterior muerte del joyero Pedro Colque, los abogados de Agero y Arroyo aclararon algunos de los puntos que llevaron a plantear los recursos.

Martín Castro y Sara Cabezas son codefensores del reconocido empresario Agero y su abogado Arroyo, quienes en forma conjunta con los abogados Miguel Cabezas (por Ríos) y Pablo Valero (por Haedo), apelaron al recurso de Casación Penal.

Además los codefensores plantearon la inconstitucionalidad del fallo y el abogado Martín Castro, en diálogo con El Tribuno de Jujuy brindó algunos de los detalles que llevaron a "cuestionar" el fallo resuelto por el Tribunal en lo Criminal Nº 1.

"En razón al planteamiento de inconstitucionalidad tiene como punto neurálgico a una extensión en el hecho que se le había acusado a nuestros clientes. Respecto del acto de conocimiento de causa se tiene que limitar en el tiempo y en el espacio la acusación que pesa sobre nuestros defendidos, para que ellos puedan ejercer eficientemente la defensa. Pero sobre todo que se aplique fehacientemente sobre los hechos que se les acusa. A nuestra consideración, ninguna de estos procesos se ha respetado", dijo Castro.

"Entendemos que en principio se los había acusado de un hecho que se extendería desde las 10 de la noche del 29 de agosto de 2013 hasta las 2 de la mañana del 30 de agosto. Este acto se habría extendido desde el 23 de agosto por la pura y exclusiva voluntad de Haedo, que en la ampliación de su declaración, ya vendría a contradecirse con sus otras declaraciones que también entendemos fueron inducidas, desviculando del hecho a personas que han participado del mismo", continuó el abogado
Por otra parte Castro dijo que tomó conocimiento "que el fiscal de Sala también había presentado el recurso de casación, donde tengo entendido que está sosteniendo las mismas pretensiones que en su alegato había manifestado", (Lemir había solicitado la pena de prisión perpetua para los cuatro imputados).

La única parte que no presentó ningún planteo fue la querella, que está siendo ejercida por José Luis Manzur quien responde a los intereses de los familiares del joyero Pedro Anacleto Colque.
Es decir que la sentencia aún no está firme y hay que adecuarse a los tiempos procesales que son muy distintos, ahora depende del Tribunal de Casación Penal la resolución del planteo cuestionado al fallo y del Superior Tribunal de Justicia para dar lugar o no los recursos formulados por las partes.
Los cuatro procesados fueron condenados por la coatoría de "homicidio en ocasión de robo", Agero y Arroyo fueron condenados a la pena de 23 años de prisión efectiva, Haedo deberá purgar 18 años y Ríos 25 años, porque se le acumuló otra causa que fue resuelta en las mismas audiencias.

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