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San Antonio también le dijo NO a la pirotecnia

Mediante el decreto Nº 023/2017 el municipio San Antonio adhiere a la ley nacional que prohíbe la fabricación, comercialización, almacenamiento, transporte distribución y uso de artículos de pirotecnia. 

Viernes, 22 de diciembre de 2017 09:12

La comisión municipal de San Antonio decretó la “Prohibición del uso y comercialización de artículos de pirotecnia y todo producto similar destinado a provocar ruidos mediante detonaciones”.

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La comisión municipal de San Antonio decretó la “Prohibición del uso y comercialización de artículos de pirotecnia y todo producto similar destinado a provocar ruidos mediante detonaciones”.

Este decreto fue creado fundamentando el uso excesivo de pirotecnia en el mes de diciembre de cada año, lo que demuestra la ineficacia de las campañas de concientización respecto del uso moderado y seguro de artículos de pirotecnia, ya que es de vital importancia la prevención de cualquier accidente causado por ésto artículos, con el propósito de garantizar la integridad física de las personas y la protección del ambiente y los animales. Más en zonas cercanas a espacios naturales.

Estos espectáculos tienen otros impactos negativos y constituyen un grave riesgo de incendio forestal.

Al respecto el comisionado de Bedia destacó que “… Desde el municipio se deberá realizar campañas destinadas a informar y crear conciencia en la población sobre los peligros que implica el uso irresponsable de pirotecnia, tanto en los seres humanos como así también en animales y medio ambiente y destacar que la violación a la prohibición ejercida por los negocios o vendedores de pirotecnia constituirá una infracción con su correspondiente sanción; correspondiendo además la clausura del comercio por el término de cinco (5) días. En caso de reincidencia corresponderá el máximo de multa fijado por el ejecutivo municipal y el doble de los días de clausura. En todos los casos corresponde el decomiso inmediato de los artículos de pirotecnia para su posterior destrucción como lo disponga el Juzgado de Faltas.” Destacó el funcionario.

Quedan excluidos del presente decreto los artificios pirotécnicos para señales de auxilio, emergencias náuticas y para el uso de las Fuerzas Armadas, de Seguridad y/o Defensa Civil.

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