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Descuentos en Ganancias si es que reinvirten

Pueden computar hasta el 10 % del monto por bienes de capital y obras.

Martes, 21 de marzo de 2017 20:33

El ministro de Producción, Francisco Cabrera, anunció ayer beneficios impositivos para las pequeñas y medianas empresas que reinviertan parte de sus ganancias.

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El ministro de Producción, Francisco Cabrera, anunció ayer beneficios impositivos para las pequeñas y medianas empresas que reinviertan parte de sus ganancias.

"Queremos reconocer y premiar a las pymes que invierten y generan empleo. Además, ahora las pymes pueden descontar del Impuesto a las Ganancias hasta el 10 % de lo que invierten", señaló Cabrera a través de su cuenta de Twitter.

Las empresas pueden computar como pago a cuenta del Impuesto a las Ganancias hasta el 10 % del monto de la inversión en bienes de capital y obras de infraestructura, y en la medida que permanezca el crédito de esas inversiones como saldo a favor en la Declaración Jurada de IVA, están en condiciones de recibir un bono de crédito fiscal.

Para acceder a los beneficios deben estar inscriptas en el Registro pyme (www.afip.gob.ar/pymes) y tener habilitada la plataforma www.tramitesadistancia.gob.ar.

La presentación puede realizarse durante el cuarto mes posterior al cierre del ejercicio posterior a la inversión. Por ejemplo, las empresas que cerraron sus ejercicios hasta noviembre de 2016 podrán presentar la información, por única vez, hasta el 28 de abril.

El beneficio se aplica para las inversiones productivas realizadas entre el 1 de julio de 2016 del año pasado y el 31 de diciembre de 2018.

Ya se han registrado más de 220.000 pequeñas y medianas empresas que acceden a los beneficios vigentes de la Ley Pyme, que eliminó impuestos, aumentó las posibilidades de financiamiento y simplificó la vida de las empresas para ayudarlas a generar más y mejor empleo.

La ley contempla, entre otros beneficios, la eliminación del Impuesto a la Ganancia Mínima Presunta, la compensación del Impuesto a Créditos y Débitos bancarios como pago a cuenta de Ganancias y el diferimiento del pago del IVA a 90 días para micro y pequeñas empresas.

Además se elevaron los umbrales de retención de IVA en 135 %, y de percepción de Ganancias en 400 %.

 

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