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En Jujuy el 30% de la población carcelaria está presa por delitos sexuales

Se planteó la discusión de la reincidencia de individuos que cometen este tipo de delitos tras el “Caso Micaela”El Fuyo presentó un proyecto de creación del registro de violadores en Jujuy, como herramienta para la sociedad.
Martes, 23 de mayo de 2017 18:07

En la provincia, son siete las unidades carcelarias con una población de alrededor de 700 internos entre mujeres y hombres, y de ellos el 30% está acusado o condenado por delitos sexuales (cerca de 260 internos).

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En la provincia, son siete las unidades carcelarias con una población de alrededor de 700 internos entre mujeres y hombres, y de ellos el 30% está acusado o condenado por delitos sexuales (cerca de 260 internos).

Tras la movilización social por el femicidio de Micaela García, hecho sucedido en Entre Ríos, el debate se planteó en la sociedad sobre los casos de violadores reincidentes y cómo se integran a la sociedad tras cumplir una condena.

En el caso de los violadores o agresores sexuales hay evidencia científica sobre el efecto casi nulo del encarcelamiento, ya que la tasa de reincidencia en este delito es alta y se repite, aunque hay un número menor que acepta modificar esas conductas en tratamientos penitenciarios.

La mayoría de estos individuos en la cárcel cumple con una buena conducta y consigue su liberación en poco tiempo, y son las autoridades judiciales que valoran ese concepto y no así el delito por el que fue juzgado y les otorgan la libertad condicional, en algunos casos. Es decir el planteo en la justicia también debería reverse.

Es así que desde el Ejecutivo y el Poder Judicial trabajan en un proyecto más contundente, con más elementos, para cuando la persona cumple su pena en la cárcel.

La figura del violador está comprobada que es una persona que muy difícil se recupere, aunque hay algunos que buscan un tratamiento y otros no. Es por ello se busca identificar este segmento de la población.

Sería ideal que los equipos que trabajan en contexto de encierro, como los que acompañan el proceso de reinserción, puedan trabajar no solo con la persona sino también con la familia como medio de control externo, y también en las comunidades donde ellos se proyectan.

El equipo de psicólogos que trabaja en contexto de encierro en las siete unidades penales solo tiene cuatro profesionales para toda la población carcelaria, y si bien necesita más recursos humanos, destaca que hay abusadores que están dispuestos a acceder a ese tratamiento en el penitenciario.

Este trabajo está consensuado con las autoridades del penal y el pedido es que se incorporen más profesionales para trabajar en comunidades y en red.

Así también valoran que en estos años han logrado trabajar coordinadamente con el Juzgado de Ejecución y los equipos del Departamento Médico del Poder Judicial. Además del informe que elabora el equipo de profesionales del penal también está el informe de los órganos del Poder Judicial sobre la pericia específica en los casos de abusos sexuales, para contrastar la información. Es así que luego el juez valora los informes para determinar si el interno puede salir o no de la unidad.

En los últimos dos años los jueces tomaron las opiniones especializadas para un control de la población carcelaria y tener una visión más completa de los casos.

En la provincia hubo un caso de un abusador que tuvo informes negativos del Servicio Penitenciario y un juez le dio salidas transitorias, el sujeto salió y atacó a una mujer.

En tanto otro sujeto salió y secuestró a una joven, y a partir de ese caso se empezó a generar la coordinación de los informes del penitenciario y el Poder Judicial.

Profesionales destacan que en estos últimos años hubo un incremento de denuncias en estos delitos intra familiares, que cuesta reconocer, y que fue producto del trabajo de agentes sanitarios, educadores para la salud y docentes a nivel de educación sexual. "Hoy la gente está preparada para denunciar y acompañar el proceso", afirmó una psicóloga.

Norma sobre la pena privativa de la libertad


La Ley 26.813 sancionada en noviembre de 2012 y las modificaciones a la Ley nacional 24.660 de ejecución de la pena privativa de libertad disponen que se establecerá una intervención especializada adecuada a las necesidades del interno, con el fin de facilitar su reinserción al medio social, que será llevada a cabo por el equipo especializado previsto en el inciso 1 del artículo 185 de la última ley. En todos los casos, al momento de recuperar la libertad por el cumplimiento de penas, se otorgará a la persona condenada un resumen de su historia clínica y una orden judicial a los efectos de obtener una derivación a un centro sanitario en caso que sea necesario.
El artículo 17 establece que para la concesión de las salidas transitorias o la incorporación al régimen de la semi libertad se requiere: estar comprendido en alguno de los siguientes tiempos mínimos de ejecución: a) pena temporal sin la accesoria del artículo 52 del Código Penal: la mitad de la condena; b) penas perpetuas sin la accesoria del artículo 52 del Código Penal: quince (15) años; c) Accesoria del artículo 52 del Código Penal, cumplida la pena: tres (3) años. II. No tener causa abierta donde interese su detención u otra condena pendiente. III. Poseer conducta ejemplar o el grado máximo susceptible de ser alcanzado según el tiempo de internación.IV. Merecer, del organismo técnico criminológico, del consejo correccional del establecimiento y, si correspondiere, del equipo especializado previsto en el inciso l) del artículo 185 de esta ley, concepto favorable respecto de su evolución y sobre el efecto beneficioso que las salidas o el régimen de semi libertad puedan tener para el futuro personal, familiar y social del condenado.
En los casos de las personas condenadas por los delitos previstos en los artículos 119, segundo y tercer párrafo, 120, y 125 del Código Penal, antes de adoptar una decisión, se requerirá un informe del equipo interdisciplinario del juzgado de ejecución y se notificará a la víctima o su representante legal que será escuchada si desea hacer alguna manifestación. El interno podrá proponer peritos especialistas a su cargo, que estarán facultados a presentar su propio informe.

Registro para los delincuentes sexuales


En la segunda sesión ordinaria en la Legislatura provincial ingresó un proyecto del diputado Ariel Ruarte del bloque del Fuyo, sobre la creación de un registro provincial de delincuentes sexuales, que pretende dotar a la sociedad de información relacionada con los autores de delitos contra la integridad sexual para prevenir estos delitos, teniendo en cuenta la naturaleza patológica de éstos y la altísima tasa de reincidencia en dichos criminales.
El diputado comentó que en la puja entre el derecho del criminal sexual, que ya ha cumplido la pena, a mantener su intimidad y el de la sociedad a conocer sus antecedentes, debe prevalecer la publicidad de sus actos, para mejorar las posibilidades de prevención de la población.
Explicó el legislador que la Corte Suprema de EEUU, tan exigente con los derechos individuales, dijo que prevalece el interés de la sociedad en mantenerse informada de estos problemas y por ello permite la existencia de registros similares.
El registro se arma en base a las sentencias judiciales y queda en la base de datos por 20 años y tiene el fin de alertar a la población de la presencia de un criminal sexual.
En relación al caso de Micaela, el legislador comentó que el registro hubiera servido para mejorar las posibilidades de evitar un crimen tan atroz, colocando el alerta en el grupo social para que esté al tanto de la naturaleza de Wagner y el riesgo que supone su presencia.
Así también destacó que los equipos técnicos le dijeron al juez que no era conveniente que le den la libertad y a pesar de ello, el juez le dio la libertad, subestimando la opinión de los profesionales.
Ante ello destacó la importancia de la opinión de los especialistas para cuando el juez va a valorar la libertad condicional al tener buena conducta y empiezan a recuperar la libertad.
Por último destacó que “no existe tratamiento efectivo del delincuente sexual y resulta muy alto el nivel de reincidencia una vez que el mismo se encuentran en libertad nuevamente. Por ello es que esta labor legislativa pretende constituir una herramienta para la otra parte de la sociedad, la que debe convivir con ellos, dotándola de un sistema de prevención que cada ciudadano llevará adelante basado simplemente en la información que desde el estado le brindará a pedido de cualquiera de ellos. El registro de delincuentes sexuales existe en casi todos los países angloparlantes. En todos ellos, se observan resultados positivos”. 
Por último, el legislador destacó que “el dolor no nos paralice, que siguiendo el pedido del padre de Micaela, busquemos una respuesta institucional y dentro del sistema Constitucional para responder como sociedad donde nos enfrentamos a lo peor de la naturaleza humana”.
El proyecto será estudiado en las comisiones, antes de bajar al recinto.