Las micro, pequeñas y medianas empresas que se dediquen a la actividad financiera y de seguros, podrán registrarse como Pymes y acceder a medidas de alivio fiscal, acceso al crédito y fomento de inversiones, resaltó en la jornada de ayer el Ministerio de Producción.
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Las micro, pequeñas y medianas empresas que se dediquen a la actividad financiera y de seguros, podrán registrarse como Pymes y acceder a medidas de alivio fiscal, acceso al crédito y fomento de inversiones, resaltó en la jornada de ayer el Ministerio de Producción.
El Ministerio de Producción actualizó la definición de las micro, pequeñas y medianas empresas para su beneficio.
La Secretaría de Emprendedores y Pymes introdujo cambios en las características que definen a las micro, pequeñas y medianas empresas.
En primer lugar, los servicios financieros y de seguros dejan de ser una actividad excluida: aquellas empresas que pertenezcan a estos sectores, cuyo activo sea menor a 100 millones de pesos y se enmarquen en los topes de facturación vigentes, serán consideradas Pymes, destacó Producción.
Y añadió que esas empresas "tendrán menos restricciones a la hora de recibir inversiones sin perder el carácter de tales, ya que el porcentaje permitido de participación accionaria de otra empresa o grupo económico pasa del 10% actual al 20%", a partir de una resolución publicada en la víspera.
Por último, aclaró que los requisitos de vínculo y control no serán exigibles en el caso de los emprendimientos que sean invertidos por "Instituciones de Capital Emprendedor".
"Escuchamos un reclamo que las Pymes dedicadas a la actividad financiera y de seguros vienen haciéndonos llegar hace tiempo, por eso ampliamos las actividades que las empresas pueden realizar y esperamos que cada vez más accedan a los beneficios de la Ley Pyme", aseguró el secretario de Emprendedores y Pymes, Mariano Mayer. Además, el funcionario agregó que "la inclusión del sector financiero también va a permitir la reducción de las tasas de financiación, dinamizar la actividad productiva y colaborar con la creación de más y mejor empleo".
La Ley 27.264 prevé beneficios como la liberación del pago del Impuesto a la Ganancia Mínima Presunta y la extensión a 90 días del pago de IVA, entre otros.