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Polémica por la nueva Ley de Alquileres

Corredores inmobiliarios dicen que no son sus honorarios los que impiden el acceso a la vivienda.
Lunes, 15 de octubre de 2018 01:00

En la provincia de Jujuy más del 15 % de la población jujeña alquila vivienda, por lo que la sanción de la nueva Ley de Alquileres que se debate en Congreso es de gran interés.

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En la provincia de Jujuy más del 15 % de la población jujeña alquila vivienda, por lo que la sanción de la nueva Ley de Alquileres que se debate en Congreso es de gran interés.

En referencia a esta norma hay dos posiciones encontradas, los inquilinos que demandan leyes que los protejan de los abusos y por otro lado los corredores inmobiliarios que aseguran que hay un diagnóstico errado de la situación en la que se pretende afirmar que son sus honorarios los que impiden el acceso a la vivienda.

Al respecto el titular de la Cámara Inmobiliaria de Jujuy, Guillermo Bustamante, indicó que "el problema del acceso a la vivienda es la pérdida del poder adquisitivo. Nosotros cobramos nuestros honorarios una vez en todo el contrato y son del 4 % del valor total".

Indicó que el sector no fue consultado respecto al proyecto de ley y que lo que indica la nueva ley ya está regulado por el nuevo Código Civil y Comercial que tomó como base la vieja ley de locaciones urbanas que funcionó muy bien en momentos muy difíciles en el país.

Respecto al pago de la comisión inmobiliaria que deberá ser cubierta por los dueños, indicó que seguramente los dueños trasladarán ese costo a los alquileres o decidirán vender sus propiedades dejando menor oferta y por consiguiente provocando subas en los precios.

Respecto a los abusos, Bustamante dijo que si se contacta a un martillero colegiado y habilitado se cuenta con las garantías necesarias y si hay mala praxis el agente puede ser sancionado e incluso inhabilitado.

“Los honorarios no son el problema”

Aseguran que es necesario que la Federación sea escuchada para contar con un panorama general de la situación. 

La Federación Inmobiliaria de la República Argentina, Fira, expresó su postura respecto al proyecto de Ley de Alquileres. Los puntos claves de esta norma son: garantías bancarias para quienes no tengan una propiedad como respaldo, la comisión inmobiliaria la paga solo el propietario, el plazo mínimo de contrato se extiende a 3 años y el valor del alquiler se actualiza sobre un promedio de salarios e inflación.

Al respecto la Fira indicó que “en los últimos años hemos asistido a numerosos planteos que presentan el inconveniente de muchos argentinos para acceder a una vivienda a través de un alquiler o de la dificultad para pagar los cánones correspondientes, lamentablemente la mayoría de ellos cayeron en preconceptos y generalizaciones a los que estamos acostumbrados, y que carecen de un análisis riguroso y fundado, dando por resultado propuestas de soluciones mágicas y enunciación de culpables prejuzgados, que sólo sirven para discursos altisonantes que buscan apoyos de coyuntura, pero que nunca encuentran las soluciones reales a los problemas que tratan de resolver, sino más bien los acentúan y empeoran”.

Asimismo, indican que “se manifiesta un enfrentamiento entre los inquilinos y los corredores inmobiliarios por abusos que estos últimos cometen, generalizando esta situación sin identificar a los abusadores. En este caso incurrimos en un doble error, ya que la contraparte contractual del inquilino es el propietario y no el corredor inmobiliario que es un intermediario que tiene como único objetivo lograr que las partes lleguen a un acuerdo que les sea cumplible y acorde a sus objetivos”.

Señalan que “el segundo error es entender que el inquilino no está protegido contra los abusos y por ello debemos modificar la legislación. El inquilino está protegido por abusos contractuales por el nuevo Código Civil y Comercial que tomó en su articulado los de la Ley de Alquileres (que derogó en su sanción), y que estuvo vigente desde 1983, permitiendo sortear las mayores crisis económicas de nuestro país, sin crisis habitacionales en el sector de las locaciones y este articulado vela por los intereses de ambas partes contratantes y por ello ante cualquier abuso los inquilinos tienen habilitado la instancia judicial que declarará nulos los artículos abusivos. También están protegidos de los abusos de los corredores inmobiliarios en la mayoría de las provincias del país ya que los estados provinciales han regulado el ejercicio del Corretaje Inmobiliario y ha creado Colegios Profesionales (como en las profesiones tradicionales), y los Tribunales de Ética que toman las denuncias y sanciona duramente las prácticas abusivas de sus matriculados. Llama la atención el bajo nivel de denuncias a matriculados en los distintos Colegios Profesionales del país, lo que demuestra que el mayor número de abusos son realizados por supuestos corredores no matriculados, para lo cual es imprescindible un mayor compromiso del Estado en la fiscalización del ejercicio ilegal de la profesión”.
        

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