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Cobrarán a obras sociales atención de afiliados

Con esto se pretende generar más recursos para los centros asistenciales públicos. El paciente no deberá abonar nada.

Sabado, 16 de junio de 2018 00:00

Además del juramento de Alfredo Gerry como nuevo diputado provincial del PJ, en la última sesión de la Legislatura se aprobaron cuatro proyectos de ley, uno de ellos "De creación del sistema de Recupero de Gastos Hospitalarios", para que prepagas, obras sociales y mutuales paguen cuando sus afiliados sean atendidos en hospitales o servicios públicos de salud.

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Además del juramento de Alfredo Gerry como nuevo diputado provincial del PJ, en la última sesión de la Legislatura se aprobaron cuatro proyectos de ley, uno de ellos "De creación del sistema de Recupero de Gastos Hospitalarios", para que prepagas, obras sociales y mutuales paguen cuando sus afiliados sean atendidos en hospitales o servicios públicos de salud.

La modificación al Código Procesal fija que el derecho de recusar sin expresión de causa podrá usarse una vez por instanci

El proyecto fue aprobado como Ley 6070, y según la diputada Lourdes Navarro, presidente de la comisión de Salud, "trata de los pacientes que sean atendidos en el sistema de salud público y que posean obra social, mutual o servicio prepago, los cuales deberán llenar un formulario que va a constar como declaración jurada, para que el Ministro de Salud pueda realizar los trámites para el recupero. Es a un tercero pagador, el paciente no abona nada, sino la obra social, mutual o sistema prepago que posea". Aclaró que "el monto de recupero va a estar basado en el nomenclador de la obra social provincial, el Instituto de Seguros".

Por su parte el diputado Gaspar Santillán, presidente del Bloque Primero Jujuy, argumentó: "nosotros acompañamos este proyecto porque va a mejorar el sistema de salud público, y por ende beneficiará a los sectores más vulnerables de la sociedad. Hay que pedir que las obras sociales paguen por sus afiliados y con esos fondos brindarle un buen servicio de salud a quienes no tienen" esta cobertura. Del mismo modo, el diputado Fabian Tejerina (UCR) expresó: "la iniciativa tiene que ver, precisamente, con establecer una prioridad en la salud pública. Lo que hace es poner en discusión el tema de los recursos para el funcionamiento del sistema. El espíritu de la iniciativa es un paso importante. No es el único paso, nuestro principal objetivo como proyecto de gobierno es darles a los jujeños un seguro provincial para todos", anticipó.

El legislativo también aprobó la Ley 6069 de "Determinaciones de precios en los contratos de obra pública destinados a vivienda". Al respecto la diputada Cynthia Alvarado explicó: "la ejecución de obra demanda un tiempo, lo que implica en muchos casos la redeterminación de precios. En la provincia se hacía de acuerdo a la cara del cliente. Por lo tanto, una misma vivienda para algunos valía 5 y para otros 10. No eran índices claros, transparentes ni democráticos. También es importante el tema de los plazos. Una vivienda atrasada demora los sueños de una familia. El Gobierno nacional vio la necesidad de labrar una Ley que viene a transparentar la forma en la que se determinan los nuevos precios, pero también compromete y establece responsabilidades a la hora de hablar de plazos que deben cumplirse. La Ley viene a transparentar y a dar la posibilidad para que puedan terminarse las viviendas con los valores y los tiempos justos".

También se aprobó la Ley 6071, de Modificación de la Ley 6066 de "Declaración de Utilidad Pública y Sujeto a Expropiación de Terrenos en el Departamento Yavi para la instalación de la Zona Franca", que surge de la necesidad de incorporar nuevos terrenos para la instalación de la misma, que tendrá como objetivo fundamental fomentar el comercio y la actividad industrial exportadora a través de la reducción de costos y la simplificación de los procedimientos administrativos, ofreciendo, además, incentivos fiscales. El diputado Guido Luna, expuso: "posteriormente al dictado de la Ley 6066 surge un estudio de área que reveló la existencia de más padrones dentro de la misma superficie. Hay que ampliar los padrones sobre los que recae la apropiación sin que afecte la extensión de lo que se iría a apropiar".

También se aprobó las Ley 6072 para eximir de impuestos provinciales y tasas retributivas de servicios a la Dirección Provincial de Vialidad cuando actúe y ejecute actos, contrataciones, preste servicios o realice cualquier negociación enmarcada, derivada o como consecuencia de la ampliación de la Ley 6024, de realización de obras de participación público-privadas. Y la 6073 a iniciativa del Superior Tribunal de Justicia, modificando el art. 30, 2do párrafo del Código Procesal Civil de Jujuy.

Cuando sean varios los actores o demandados, sólo uno de ellos podrá recusar, y no se podrá tramitar presentaciones posterior