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Declararon inconstitucional Decreto de Necesidad y Urgencia

La norma fue firmada por el presidente Macri y modifica la forma de calcular indemnizaciones por accidentes laborales.En uno de los fallos el juez Alejandro Segura marca la inconstitucionalidad e inconvencionalidad del decreto presidencial.

Jueves, 10 de octubre de 2019 01:03

Dos juzgados de primera instancia declararon inconstitucional el Decreto de Necesidad y Urgencia con que el presidente Mauricio Macri modificó la forma de calcular las indemnizaciones por accidentes laborales.

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Dos juzgados de primera instancia declararon inconstitucional el Decreto de Necesidad y Urgencia con que el presidente Mauricio Macri modificó la forma de calcular las indemnizaciones por accidentes laborales.

 

Respecto al otorgamiento de la cautelar al Colegio de Abogados porteño, la Uart confió en que "se seguirá el proceso de apelación".

 

El primero de los fallos en salir fue emitido por el juzgado Nacional del Trabajo 41 y en él el juez Alejandro Segura señaló la "manifiesta inconstitucionalidad e inconvencionalidad" del decreto presidencial.

Se trata de un fallo que responde a una demanda iniciada por el periodista Miguel "Tití" Fernández por la muerte de su hija, durante la cobertura del Mundial Brasil 2014.

Con lenguaje inclusivo, Segura escribió: "¿Puede un DNU establecer una norma menos beneficiosa para lxs trabajadorxs? ¿Puede un DNU determinar su aplicación retroactiva?".

Y agregó: "Voy a responder ambos interrogantes en forma negativa animado por el manifiesto carácter burdo que tiene esta norma, impropia del Estado de Derecho, seguramente urdida por personas incapaces de aprobar un parcial de Derecho Civil Parte General...".

Ante estos fallos, la Unión de Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (Uart) volvió a defender el DNU por la "exorbitancia de las tasas de interés con relación a cualquier otra variable, incluida la del salario (base sobre la cual se pagan las prestaciones) y cómo ello afecta a trabajadores, empresas y al sistema en su conjunto". Por otro lado, el juzgado de primera instancia del Trabajo número 76 hizo lugar a un amparo presentado por el Colegio Público de Abogados de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que había pedido la inconstitucionalidad.

El 30 de septiembre pasado el Gobierno nacional dispuso reducir las indemnizaciones por incapacidad laboral definitiva o muerte del trabajador, a través de un DNU publicado en el Boletín Oficial.

El Poder Ejecutivo estableció, respecto del cálculo del monto de las indemnizaciones, la aplicación del siguiente criterio:

- A los fines del cálculo del valor del ingreso base se considerará el promedio mensual de todos los salarios devengados por el trabajador durante el año anterior a la primera manifestación invalidante, o en el tiempo de prestación de servicio si fuera menor.

- Los salarios mensuales tomados a fin de establecer el promedio se actualizarán mes a mes aplicándose la variación del índice Remuneraciones Imponibles Promedio de los Trabajadores Estables (Ripte).

- Desde la fecha de la primera manifestación invalidante y hasta la fecha en que deba realizarse la puesta a disposición de la indemnización por determinación de la incapacidad laboral definitiva, deceso del trabajador u homologación, el monto del ingreso base devengará un interés equivalente a la tasa de variación de las Ripte en el período considerado.

- En caso de que las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (ART) no pongan a disposición el pago de la indemnización dentro del plazo debido, se aplicará un interés equivalente al promedio de la tasa activa cartera general nominal anual vencida a 30 días del Banco Nación, hasta la efectiva cancelación, acumulándose los intereses al capital en forma semestral.

“Quiero creer que la Corte Suprema es independiente”

MINISTRO DE JUSTICIA / GERMÁN GARAVANO.

El ministro de Justicia, Germán Garavano, aseguró que quiere “creer” que la Corte Suprema de Justicia es “independiente”, aunque señaló que por sus fallos a veces parece un tribunal “opositor”.
El funcionario nacional se expresó de esta manera luego de conocerse la decisión judicial que determinó que los exiliados durante la última dictadura deben cobrar la misma indemnización que los que estuvieron detenidos en ese período.
“Los fallos no hay que leerlos como que son contra el Gobierno, porque esta diferencia la va a pagar el Estado, la vamos a pagar todos con nuestros impuestos”, aclaró Garavano. En este sentido, el ministro recordó que también hay algunos integrantes del máximo tribunal argentino que “fueron designados por el oficialismo”.
“Quiero creer que es una Corte independiente, tan independiente que parece opositora. Pero realmente es una Corte independiente, me parece”, señaló el titular de la cartera de Justicia, en declaraciones a radio La Red. Por otra parte, Garavano aclaró que él no se “animaría a decir” que luego de los resultados electorales de las Paso “hay una música o una situación distinta” en Tribunales con respecto a las causas que involucran a ex funcionarios o empresarios vinculados al kirchnerismo.
El ministro resaltó que si eso “fuera así, sería peligroso porque sí podría anticipar la impunidad sobre hechos de corrupción que todos vimos”. “En todo caso haría referencia a los juicios orales y la velocidad que tiene el sistema de justicia para llegar a esta instancia”, agregó, tras ser consultado por la liberación de Cristóbal López y de Fabián de Sousa, del Grupo Indalo.
Por último, Garavano opinó que “lo que se verá en los próximos meses es si la Argentina vuelve a un fenómeno de impunidad que tuvo previamente”. “No sólo por la corrupción, sino también por el narcotráfico o la criminalidad común, donde el sistema de justicia parecía no funcionar”, cuestionó.