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Reempadronamiento para la tarifa social de luz

Habrá entrecruzamiento de datos para corroborar quebeneficiarios cumplan con requisitos. Además se exigirá declaración jurada

Lunes, 08 de abril de 2019 01:03

El reempadronamiento para beneficiarios de tarifa social de luz inicia en la jornada de hoy en la Superintendencia de Servicios Públicos, Susepu, ubicada en Las Heras Nº 213 (esquina Juana Manuela Gorriti) de esta capital.

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El reempadronamiento para beneficiarios de tarifa social de luz inicia en la jornada de hoy en la Superintendencia de Servicios Públicos, Susepu, ubicada en Las Heras Nº 213 (esquina Juana Manuela Gorriti) de esta capital.

La actualización se realiza con el objeto de llevar un control del padrón de beneficiarios, teniendo en cuenta que ahora es la Provincia de Jujuy la que cubre con fondos provinciales el descuento. Ocurre que hasta diciembre del año pasado era Nación quien cubría el subsidio a 70 mil usuarios jujeños. Durante el primer trimestre de este año el Gobierno de la Provincia cubrió el beneficio para el mismo padrón con fondos propios, con una inversión cercana a los 20 millones de pesos mensuales. En el segundo trimestre del año, se decidió hacer un control del padrón por lo que demanda el reempadronamiento de los usuarios.

El titular de la Susepu, Héctor Simone, en declaraciones a medios locales, indicó que se constituyó un comité de control de datos que se realizará un entrecruzamiento de los padrones para corroborar que los beneficiarios cumplan con los requisitos y además se solicitará una declaración jurada a cada usuario.

Según indica el formulario de reempadronamiento que se puede descargar de la página web de la Susepu, los criterios de inclusión al padrón son los siguientes: ingreso total por mes del grupo conviviente en base a parámetros de vulnerabilidad social a definir por Susepu; ser titular de programas sociales; estar inscripto en el régimen de monotributo social; ser empleado/a de servicios domésticos (Ley 26.844); ser desocupado y estar percibiendo el seguro de desempleo; ser titular de una pensión vitalicia a veteranos de Guerra del Atlántico Sur; ser titular o integrante del grupo conviviente con discapacidad acreditada mediante certificación expedida por el Ministerio de Salud de la Provincia. En tanto que los criterios de exclusión son: que entre los miembros del grupo conviviente sean propietarios de más de un inmueble; que algún miembro del grupo conviviente sea propietario de un vehículo automotor cuyo modelo tenga hasta cinco años de antigüedad.

Documentación que se requiere

La documentación a presentar consiste en: fotocopia de última factura de energía eléctrica emitida, fotocopia de DNI del titular del servicio y de los miembros del grupo familiar, constancia de Cuil del titular y de los miembros del grupo familiar. 
Si es titular de programas sociales, documento que acredite tal situación y/o fotocopia del último recibo de percepción del subsidio y si es trabajador en relación de dependencia, jubilado, pensionado, beneficiario de una pensión no contributiva, trabajador desocupado que percibe seguro de desempleo o ser titular de una pensión vitalicia a veteranos de Guerra del Atlántico Sur, presentar fotocopia de recibo de haberes o pensión emitida por el empleador y/o Anses, respectivamente.
Si está inscripto como monotributista o monotributista social, comprobante de inscripción ante la Afip.
Si es persona con discapacidad, acreditar la condición mediante el CUD otorgado por Ministerio de Salud de la Provincia.