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26 de Abril,  Jujuy, Argentina
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Primera ablación en un hospital del interior

Dos jujeños serán los receptores de un operativo que se hizo en el nosocomio de Libertador “Oscar Orías”.
Viernes, 21 de febrero de 2020 01:00

El miércoles el equipo médico del Cucajuy recibió el llamado de sus pares del hospital “Orías” que daban cuenta de un paciente que era potencial donante de órganos, ese llamado activó el protocolo previsto para dichos casos y puso en marcha lo que fue la primera ablación realizada en un hospital del interior de la provincia. El donante fue un joven de 21 años que sufrió un accidente vial e ingresó al nosocomio de Libertador con un cuadro muy grave el 17 de febrero, el día 19 los médicos informaron de la muerte cerebral y activaron el protocolo que inicia el proceso de ablación de órganos. En este caso el joven no había expresado su voluntad de ser donante de forma positiva ni negativa por lo que se aplicó la Ley Justina de presunto donante y se procedió a la ablación de los dos riñones que permitieron salvar la vida de otros dos jujeños.

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El miércoles el equipo médico del Cucajuy recibió el llamado de sus pares del hospital “Orías” que daban cuenta de un paciente que era potencial donante de órganos, ese llamado activó el protocolo previsto para dichos casos y puso en marcha lo que fue la primera ablación realizada en un hospital del interior de la provincia. El donante fue un joven de 21 años que sufrió un accidente vial e ingresó al nosocomio de Libertador con un cuadro muy grave el 17 de febrero, el día 19 los médicos informaron de la muerte cerebral y activaron el protocolo que inicia el proceso de ablación de órganos. En este caso el joven no había expresado su voluntad de ser donante de forma positiva ni negativa por lo que se aplicó la Ley Justina de presunto donante y se procedió a la ablación de los dos riñones que permitieron salvar la vida de otros dos jujeños.

El coordinador de Cucaijuy, Luis Luna, indicó que en este caso se destacó la coordinación entre los médicos del hospital “Orías” que supieron detectar un posible donante y dieron el alerta que activó el protocolo para actuar luego en conjunto con el equipo del Cucaijuy y el Ministerio de Salud, que hicieron posible que el proceso de procuración de los órganos se realice de forma ordenada y muy prolija. Luna especificó que se trata de la primera ablación hecha en un nosocomio del interior y la segunda que se realiza en Jujuy en este año, ya que la primera ablación de órganos se cumplió en el hospital “Pablo Soria” de esta capital.

Sobre los receptores indicó que fueron dos jujeños que se encontraban en la lista de espera y cumplían con los requisitos médicos que los convertían en los receptores más adecuados. Explicó que el implante se realizará uno de ellos en un hospital de la provincia de Salta y el otro en la provincia de Tucumán. También informó que se realizó un trabajo de contención a la familia del joven para que pudieran entender que los órganos iban a ser donados. “Pudimos trabajar entendiendo el contexto de dolor de la familia y despejar todas las dudas para que ellos pudieran comprender que los órganos iban a salvar la vida de otras personas. El 90 por ciento de los entrevistados puede entender la situación. Siempre trabajamos teniendo en cuenta el momento de dolor por el que pasan los familiares y tratando de contenerlos en todo momento”. Por otro lado dijo que las enfermedades renales son las que inciden en la necesidad de la donación de un riñón, en la actualidad aproximadamente son 500 jujeños que están en la lista de espera. Por último, recordó que la posibilidad de registrar la voluntad de donar es permanente en forma digital en www.argentina.gov.ar/salud/incucai y personalmente en las oficinas del Cucai, Registro Civil, Renaper al renovar DNI o enviando un telegrama gratuito por Correo Argentino.

Ley Justina 

La Ley Justina, de presunto donante, establece que todas las personas somos potenciales donantes, salvo aquellos que expresen su voluntad negativa. 

La norma mantiene la manifestación de voluntad expresa negativa o afirmativa a la donación de órganos para los mayores de 18 años. Y determina que en los donantes presuntos, se mantiene la posibilidad de realizar la ablación de órganos y/o tejidos sobre toda persona capaz mayor de 18 años, que no haya dejado constancia expresa de su oposición a que después de su muerte se realice la extracción de sus órganos o tejidos. En caso de no encontrarse registrada la voluntad del causante, el profesional a cargo del proceso de donación debe verificar la misma conforme lo determine la reglamentación. En el caso de los menores posibilita la obtención de autorización para la ablación por ambos progenitores o por aquel que se encuentre presente. Además simplifica y optimiza los procesos que requieren intervención judicial.