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A quienes no se les cortarán los servicios

Exhortaron a las empresas a que tengan facilidades de pago para usuarios comprendidos por la medida.

Miércoles, 08 de abril de 2020 01:02

Desde las áreas del Ministerio de Infraestructura, la provincia trabajó en la reglamentación del Decreto nacional Nº 311/2020, que definió un universo acotado al que no se le efectuarán cortes de servicio. Recientemente, la Superintendencia de Servicios Públicos y otras Concesiones (Susepu) dictó la a Resolución Nº 041, y allí quedaron especificados plazos, beneficiarios y el requerimiento de programas de asistencia o financiación. Desde Energía, instaron a los usuarios no comprendidos a cumplir con sus obligaciones, lo que asegura la base solidaria del sistema previsto para el aislamiento.

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Desde las áreas del Ministerio de Infraestructura, la provincia trabajó en la reglamentación del Decreto nacional Nº 311/2020, que definió un universo acotado al que no se le efectuarán cortes de servicio. Recientemente, la Superintendencia de Servicios Públicos y otras Concesiones (Susepu) dictó la a Resolución Nº 041, y allí quedaron especificados plazos, beneficiarios y el requerimiento de programas de asistencia o financiación. Desde Energía, instaron a los usuarios no comprendidos a cumplir con sus obligaciones, lo que asegura la base solidaria del sistema previsto para el aislamiento.

 

El decreto presidencial no define el beneficio para todos los usuarios sino familias y sectores productivos con mayor vulnerabilidad.

Lo resuelto por la Susepu se aplica en toda la provincia al servicio de agua potable, brindado por la empresa estatal Agua Potable y Saneamiento de Jujuy SE y también al de energía eléctrica, brindado por Ejesa-Ejsedsa, por el plazo de 180 días a contar desde el 25 de marzo (fecha de decreto 746-Isptyv, provincial, de adhesión al nacional). En tal período, establece el artículo 1 de la resolución de la Susepu, las empresas no podrán efectuar la suspensión, corte o retiro de medidores por falta de pago o mora de hasta 3 facturas consecutivas o alternas con fecha de vencimiento desde el 1 de marzo, como tampoco de aquellos usuarios con aviso de corte en curso.

 

Esto implica flexibilidad aunque no quita de la obligación de pagar los servicios, destacaron desde la Secretaría de Energía.

Teniendo en cuenta el criterio nacional y también condiciones de las familias y del sector privado y emprendedor jujeño, la Provincia detalló el universo de usuarios comprendidos por la medida y, además, instó a las empresas prestadoras a conformar planes de pago que faciliten afrontar la acumulación de obligaciones que se generen.

Los usuarios contemplados por la medida son: beneficiarios de Tarifa Social, electrodependientes, trabajadores monotributistas de las categorías A y B (para los cuales dispone la apertura de postulaciones de 15 días debiendo acreditar su condición) y usuarios no residenciales que también deberán postularse en los próximos 15 días hábiles, teniendo que acreditar la afectación de su giro comercial. La Susepu podrá incorporar como beneficiarios a quienes acrediten que su capacidad de pago resultó sensiblemente afectada.

 

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