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Defienden la utilización de la app Simmov frente al Covid-19

El Gobierno provincial ya apeló en la Justicia la suspensión provisoria.

Viernes, 19 de junio de 2020 01:01

El fiscal de Estado, Mariano Miranda, y el procurador de la Provincia, Mariano Zurueta, precisaron que la aplicación Simmov, cuya utilización fue suspendida por la Justicia provisoriamente, es una herramienta preventiva y de seguridad frente a casos positivos de Covid-19, al disparar alertas y mecanismos de respuesta para acudir con ayuda médica, brindando un tratamiento con celeridad y evitar la propagación del coronavirus.

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El fiscal de Estado, Mariano Miranda, y el procurador de la Provincia, Mariano Zurueta, precisaron que la aplicación Simmov, cuya utilización fue suspendida por la Justicia provisoriamente, es una herramienta preventiva y de seguridad frente a casos positivos de Covid-19, al disparar alertas y mecanismos de respuesta para acudir con ayuda médica, brindando un tratamiento con celeridad y evitar la propagación del coronavirus.

También permite garantizar la inocuidad y seguridad del derecho a la intimidad y privacidad de los ciudadanos por medio del sistema de registro de DNI implementado por el Decreto Acuerdo 786-MS/20, y su posterior ratificación por Ley 6.168, no existiendo así violación alguna a la Ley 25.326 (protección de datos personales) y normas concordantes.

Explicaron además que Simmov es una aplicación digital que cumple con la normativa de seguridad y calidad establecida por Google LLC y está autorizada por Google, con el fin de poder establecer un mapa sanitario, en caso de aparecer un caso positivo de Covid-19, datos que deben ser estrictamente confidenciales, por un plazo determinado (60 días), cuyo sistema garantiza la seguridad de que los datos recolectados no serán divulgados ni hackeados y en plena concordancia con el artículo 21 de la Ley 25.326.

Por otra parte, los funcionarios indicaron que se solicitó al juez el levantamiento de la cautelar, con un recurso a todo el cuerpo en subsidio, que a la fecha todavía no fue resuelto, acotando que por otras cuestiones de forma también se pidió que no se tenga por presentada la acción de inconstitucionalidad en contra del Decreto 786 y Ley 6.168.

Aseguraron que se demostró y probó de manera fehaciente que se encuentran plenamente justificadas en un contexto de pandemia las medidas adoptadas, así como el sistema Simmov, el cual está autorizado por Nación (art. 3 DNU 355/20).

 

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