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Investigan a dos policías por propagación del virus

El MPA había iniciado de oficio, y luego sumó la denuncia de funcionarios

Miércoles, 24 de junio de 2020 01:04

El Ministerio Público de la Acusación inició una investigación de oficio para dilucidar las acciones realizadas por los primeros efectivos de la Policía de Jujuy infectados por Covid-19.

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El Ministerio Público de la Acusación inició una investigación de oficio para dilucidar las acciones realizadas por los primeros efectivos de la Policía de Jujuy infectados por Covid-19.

 

Efectivos se alojaron en La Quiaca en una casa de familia, a la que le dio negativo el PCR pero positivo test Elisa (en dos casos).

 

El lunes ingresó al MPA una denuncia realizada por autoridades del Ejecutivo provincial, para que se investigue la misma situación.

La Investigación Penal Preparatoria está en manos del agente fiscal (habilitado) Carlos Ariel Gil Urquiola, y se conformó en el Legajo caratulado provisoriamente como "Actuaciones sumarias de oficio por el MPA- Posterior denuncia formulada por Gerardo Rubén Morales en carácter de gobernador de la Provincia de Jujuy y Ekel Meyer en carácter de ministro de Seguridad de la Provincia de Jujuy. Protagonistas HOC y ACR, La Quiaca".

Al dar inicio a las actuaciones, el agente fiscal ordenó de forma inmediata que se remitan oficios, como también una serie de medidas y la realización de diversos informes técnicos que serán ejecutados por miembros de los organismos de investigación del MPA.

La denuncia realizada por autoridades provinciales está dirigida a dilucidar las acciones realizadas por los primeros efectivos policiales infectados de Covid-19, en un período de tiempo determinado.

De acuerdo a lo denunciado, los efectivos sindicados concurrieron con la comitiva que acompañó al gobernador a recorrer distintos lugares de la Puna jujeña los días 3 y 4 de junio, entre ellos la ciudad fronteriza de La Quiaca, donde pernoctaron en una casa particular.

Sin embargo, se desconocen sus acciones en un período de tiempo antes de abandonar dicha ciudad.

Por la falta de adopción de medidas de prevención sanitaria en sus contactos interpersonales, se habrían contagiado y se encontrarían en terapia intensiva.

HOC y ACR están imputados por las conductas previstas y penadas por los artículos 205 y 248 de Código Penal de la Nación.

Dichos artículos establecen lo siguiente:

Artículo 205: "Será reprimido con prisión de seis meses a dos años, el que violare las medidas adoptadas por las autoridades competentes, para impedir la introducción o propagación de una epidemia".

Artículo 248: "Será reprimido con prisión de un mes a dos años e inhabilitación especial por doble tiempo, el funcionario público que dictare resoluciones u órdenes contrarias a las constituciones o leyes nacionales o provinciales o ejecutare las órdenes o resoluciones de esta clase existentes o no ejecutare las leyes cuyo cumplimiento le incumbiere".