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Uso de notificaciones electrónicas judiciales

Se exhortó a los letrados y defensores oficiales a darle cumplimiento irrestricto.

Martes, 22 de septiembre de 2020 01:03

El presidente el Superior Tribunal de Jujuy (STJ), Sergio Jenefes, dio a conocer ayer la Resolución 66/2020, en la que exhortó a los letrados y defensores oficiales a dar cumplimiento irrestricto a la Acordada 78/2020: "Reglamentación sobre domicilio electrónico y notificación electrónica".

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El presidente el Superior Tribunal de Jujuy (STJ), Sergio Jenefes, dio a conocer ayer la Resolución 66/2020, en la que exhortó a los letrados y defensores oficiales a dar cumplimiento irrestricto a la Acordada 78/2020: "Reglamentación sobre domicilio electrónico y notificación electrónica".

 

En el Sistema Integral de Gestión Judicial los lunes, miércoles y viernes se deberán notificar de las cédulas electrónicas.

Obedece a que el STJ mediante Acordadas 78/2020 y 86/2020 y las concordantes Resoluciones de su Presidencia, dispuso la implementación de la digitalización de los expedientes judiciales y sus respectivas notificaciones electrónicas.

Asimismo en la resolución les recordó la obligatoriedad de ingresar al Sistema Integral de Gestión Judicial los lunes, miércoles y viernes para notificarse de las cédulas electrónicas depositadas en sus respectivos domicilios electrónicos.

Por otra parte, en la citada resolución, el doctor Jenefes recordó a los letrados y público en general, la necesidad del cumplimiento de la normativa de bioseguridad en especial restringir al mínimo la concurrencia a las distintas dependencias del Poder Judicial y en consecuencia hacer uso del Sistema Integral de Gestión Judicial.

En ese sentido, exhortó a los abogados el uso responsable de la utilización del sistema de turno electrónico para el ingreso a los Juzgados de Primera Instancia Civil y Comercial y a la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial, instándolos al uso de la posibilidad de anulación de turno implementada en el Sistema Integral de Gestión Judicial en los casos de no concurrencia.

La Resolución 66/2020 de la Presidencia del Superior Tribunal de Justicia puede ser consultada en la página web del Poder Judicial www.jus ticiajujuy.gov.ar, para verificar su contenido, según informó el Departamento de Prensa y Relaciones Públicas del Poder Judicial de Jujuy.