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Un total de 57.000 jujeños tienen la tarifa social de energía

El titular de la Susepu, Carlos Oehler llamó a los usuarios en condiciones a inscribirse para acceder al beneficio. Señaló que, por ahora, no habrá suba en las facturas y que se mantienen los valores en función del último ajuste.
Jueves, 04 de noviembre de 2021 01:04

El titular de la Superintendencia de Servicios Públicos y Otras Concesiones (Susepu), Carlos Oehler, señaló a El Tribuno de Jujuy que actualmente un total de 57.000 jujeños tienen el beneficio de la tarifa social de energía eléctrica. También resaltó que, por ahora, no se analiza ningún incremento en la tarifa del servicio y que se mantienen los valores que están fijados en función del último ajuste. Volviendo al tema del subsidio, el funcionario recordó que está habilitada de forma permanente la inscripción para que los usuarios accedan a la tarifa social de energía. Los requisitos se pueden conocer a través de la página www.susepu.jujuy.gob.ar. Posteriormente las personas que cumplan con las condiciones deberán presentarse en las oficinas de la Susepu, ubicada en calle Juana Manuela Gorriti esquina Las Heras Nº 213, o en las delegaciones del interior de la provincia.

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El titular de la Superintendencia de Servicios Públicos y Otras Concesiones (Susepu), Carlos Oehler, señaló a El Tribuno de Jujuy que actualmente un total de 57.000 jujeños tienen el beneficio de la tarifa social de energía eléctrica. También resaltó que, por ahora, no se analiza ningún incremento en la tarifa del servicio y que se mantienen los valores que están fijados en función del último ajuste. Volviendo al tema del subsidio, el funcionario recordó que está habilitada de forma permanente la inscripción para que los usuarios accedan a la tarifa social de energía. Los requisitos se pueden conocer a través de la página www.susepu.jujuy.gob.ar. Posteriormente las personas que cumplan con las condiciones deberán presentarse en las oficinas de la Susepu, ubicada en calle Juana Manuela Gorriti esquina Las Heras Nº 213, o en las delegaciones del interior de la provincia.

CARLOS OEHLER, PRESIDENTE DE LA SUSEPU.

En el caso de aquellas personas que haya quedado sin el subsidio, deberá acercarse para renovar los trámites o conocer el motivo de cancelación del beneficio.

"Se trata de un subsidio que otorga el Gobierno de la Provincia a través de fondos que vienen justamente para esa franja de la población que tiene dificultades para poder cubrir los costos de la provisión de energía eléctrica. El beneficiario de la tarifa social cumple una escala de consumo que todos conocen. Hay beneficios para la franja de bajo consumo y para la que sigue a la misma. Pero a partir de los 300 kilovatios (kWh) de consumo, prácticamente el beneficio no existe, porque se considera que las condiciones de consumo hacen que pueda ser una familia que pueda enfrentar el costo de provisión de la energía eléctrica", sostuvo el titular de la Susepu, Carlos Oehler.

Convenio entre entidades

Sobre el ajuste en el servicio, el funcionario indicó que existe un convenio que firmó la Provincia, la Susepu y la prestadora de servicio que condiciona los ajustes de tarifas a los aumentos salariales de la administración pública. "Es decir que toda vez que hay un ajuste existe el derecho por parte de la prestataria de pedir un ajuste. Eso está en proceso de evaluación en el segmento técnico, porque al haber un ajuste salarial en la provincia, que está cumpliendo con el proceso de revisión técnica, justamente para ver cómo se determina en un futuro próximo seguramente podremos definir concretamente los alcances de esa readecuación tarifaria", indicó.

Requisitos para acceder a la tarifa

La tarifa social es un aporte diferencial que pagan los usuarios y pueden acceder jubilados, pensionados o trabajadores en relación de dependencia, que perciban una remuneración bruta menor o igual a dos salarios mínimos vitales y móviles (Smvm), trabajadores monotributistas inscriptos en una categoría cuyo ingreso anual mensualizado no supere dos veces el Smvm; beneficiarios de pensiones no contributivas que perciban ingresos mensuales brutos no superiores a dos veces el Smvm; para los titulares de programas sociales, trabajadores inscriptos en el Régimen de Monotributo Social, en el Régimen Especial de Seguridad Social para Empleados del Servicio Doméstico (26.844).

También titulares de seguro de desempleo, de Pensión Vitalicia a Veteranos de Guerra del Atlántico Sur y certificado de discapacidad. No acceden a este beneficio propietarios de más de un inmueble, aeronaves o embarcaciones de lujo y/o un vehículo de hasta diez años de antigüedad (excepto los titulares de algún certificado de discapacidad o electrodependencia).