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27 de Abril,  Jujuy, Argentina
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Fallo favorable para disolver y liquidar el Banco de Desarrollo

La Justicia hizo lugar a apelación de la Provincia en contra de la suspensión de la aplicación de la Ley 6.234.

Viernes, 05 de noviembre de 2021 01:00

El Juzgado Nacional de 1º Instancia del Trabajo Nº 65 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con fecha 3 de noviembre de 2021, resolvió conceder el recurso de apelación interpuesto por Fiscalía de Estado de la Provincia, elevando las actuaciones a la Cámara Nacional del Trabajo, y suspender la resolución anterior que obligaba a la Provincia de Jujuy a frenar la aplicación de la Ley 6.234/21, norma que establece la liquidación y disolución del exBanco de Desarrollo SE.

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El Juzgado Nacional de 1º Instancia del Trabajo Nº 65 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con fecha 3 de noviembre de 2021, resolvió conceder el recurso de apelación interpuesto por Fiscalía de Estado de la Provincia, elevando las actuaciones a la Cámara Nacional del Trabajo, y suspender la resolución anterior que obligaba a la Provincia de Jujuy a frenar la aplicación de la Ley 6.234/21, norma que establece la liquidación y disolución del exBanco de Desarrollo SE.

En consecuencia, el Estado provincial hasta tanto se resuelva la cuestión de fondo, podrá avanzar con lo dispuesto en dicha normativa, según se destacó en un comunicado oficial.

Asimismo, se desactivó la posibilidad de aplicación de multa y denuncia penal por eventual desobediencia judicial.

Cabe consignar que, en lo sucesivo, las actuaciones por este caso se sustanciarán en la órbita de la Cámara Nacional de Apelaciones de Buenos Aires y ante el Tribunal Contencioso Administrativo de la Provincia de Jujuy.

Cabe señalar que dicha ley también se crea el Instituto Provincial de Juegos de Azar de Jujuy, en reemplazo del mencionado banco.