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La pregunta del millón: ¿Cuál es la multa por no ir a votar?

El artículo 125 de la Ley Electoral establece que la no emisión del voto, se impondrá la multa de (50) a (500) pesos, para los electores mayores de 18 años y menores de 70 años que no se presenten a votar y no lo justifiquen. 

Sabado, 26 de junio de 2021 10:44

Hoy los jujeños celebramos Elecciones Legislativas Provinciales 2021 y surge la duda en todos los votantes, ¿Cuál es la multa por no ir a votar?

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Hoy los jujeños celebramos Elecciones Legislativas Provinciales 2021 y surge la duda en todos los votantes, ¿Cuál es la multa por no ir a votar?

En otras oportunidades mucha gente se hacia esta pregunta debido a que en esa jornada se le presentaba algún compromiso impostergable, como ser trabajo, algún viaje o la realización de un trámite. Hoy, muchos de ellos se la hacen producto de la segunda ola de covid19 a la que nuestra provincia no es ajena.

La multa

El artículo 125 de la Ley Electoral establece que la no emisión del voto, se impondrá la multa de (50) a (500) pesos, para los electores mayores de 18 años y menores de 70 años que no se presenten a votar y en los próximos 60 días posteriores a la elección no puedan justificar su inasistencia.

Asimismo, esto quedará registrado en el Registro de Infractores y no podrá ser designado para desempeñar funciones o empleos públicos por tres años.