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Deuda por falta de celeridad y rapidez de los procesos

Lello Sánchez dijo que con la modificación del Código Procesal Penal se hará más eficiente la administración de justicia.

Sabado, 31 de julio de 2021 01:03

El titular del Ministerio Público de la Acusación, Sergio Enrique Lello Sánchez, realizó un balance a diez años de implementarse el sistema procesal acusatorio en Jujuy, señalando que implicó un avance importante respecto al anterior, porque distingue las funciones de investigar y juzgar.

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El titular del Ministerio Público de la Acusación, Sergio Enrique Lello Sánchez, realizó un balance a diez años de implementarse el sistema procesal acusatorio en Jujuy, señalando que implicó un avance importante respecto al anterior, porque distingue las funciones de investigar y juzgar.

"En esta distinción de funciones está implicada la república, pues la división de funciones en la administración de justicia penal significa que los jueces y fiscales trabajan en cuestiones diferentes: esa dinámica (fiscal que investiga y juez que decide) se corresponde con un sistema procesal llamado ‘acusatorio‘. Esto garantiza un juez imparcial que, a la hora de tomar decisiones, simplemente deberá valorar aquello que le presentan las partes", apuntó.

Expresó que "la imparcialidad de los jueces como garantía republicana era ilusoria si ambas tareas quedaban en manos del juez de instrucción: investigaba y decidía, perdía objetividad al estar impregnado de la teoría del caso que ya adoptó al investigar y acusar".

"Sin embargo, el actual código quedó a mitad de camino, pues faltaba implementar una reforma orgánica lógica de la separación: la autonomía institucional de los fiscales. Esto solo pudo efectivizarse a fines de 2015, cuando se crea el Ministerio Público de la Acusación", agregó. Más adelante, el fiscal general del MPA indicó que "es indiscutible que el sistema procesal acusatorio y la autonomía de los fiscales respetan los principios, garantías y derechos de los ciudadanos".

"Luego de diez años, aún queda mucho por hacer en este sentido. Hay un aspecto incumplido en la administración de justicia, por lo que la sociedad nos interpela: la falta de celeridad y rapidez en los procesos", remarcó.

Por eso Lello Sánchez consideró que el proyecto de modificación del Código Procesal Penal, actualmente en estudio en la Legislatura jujeña, "debe ser sancionado, ya que modifica prácticas actualmente vigentes que atentan contra la celeridad y rapidez de los procesos".

"Significa un avance, pues el código actual es escriturario y la representación es más importante que lo representado: el expediente es más importante que el conflicto", acotó.

Explicó el fiscal general que el avance reside en dos aspectos. "El primero, un proceso penal oral durante la etapa de investigación penal preparatoria, el juicio, las impugnaciones (apelación, casación, inconstitucionalidad), y la ejecución penal. Las decisiones judiciales se deberán adoptar en tiempo real, frente a las partes, dando respuestas en tiempo y forma a las víctimas, luego de finalizada la audiencia respectiva. La oralidad es una técnica de procesamiento de conflictos, al no estar mediada por el expediente, la información que recibe el juez antes de decidir los conflictos es de mayor calidad, directa y coherente con la inmediación y también un principio fundamental que debe ordenar todos los aspectos del proceso penal", recalcó.

"El segundo, en la aplicación de tecnología para la gestión, registración y ejecución del proceso penal. Como se afirma en la exposición de motivos del proyecto aludido, vivimos en el siglo XXI pero cuando por algún motivo ingresamos al sistema procesal penal ingresamos también al siglo XIX".

Finalmente dijo que "hay una profunda brecha entre la administración de justicia y las expectativas sociales", y por eso se debe "definir si seguimos escondidos detrás de un expediente o comenzamos a decidir los conflictos penales de cara a la sociedad".