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Elevan a juicio la causa contra Natalia Cammuso

La Cámara de Apelaciones resolvió rechazar un recurso interpuesto por la defensa de la empresaria que se encuentra acusada de amenazas, violación de medidas sanitarias y homicidio simple.

Martes, 03 de mayo de 2022 09:20

La Cámara de Apelaciones y Control resolvió rechazar el recurso interpuesto por la defensa de la empresaria Natalia Cammuso pidiendo su sobreseimiento, al tiempo que dispuso revocar la falta de mérito y sobreseimientos parciales, remitiendo a juicio oral y público la causa que se sustancia por los delitos de Amenazas Coactivas (cuatro hechos) en Concurso Real, Violación de Medidas contra Epidemias en coautoría y Homicidio Simple con Dolo Eventual, todos ellos en Concurso Ideal, que desencadenaron la muerte por COVID-19 de Elizabeth del Valle Pérez, empleada del call-center Telesistemas del multimedio Nortelevisa, de propiedad de Eduardo Cammuso.

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La Cámara de Apelaciones y Control resolvió rechazar el recurso interpuesto por la defensa de la empresaria Natalia Cammuso pidiendo su sobreseimiento, al tiempo que dispuso revocar la falta de mérito y sobreseimientos parciales, remitiendo a juicio oral y público la causa que se sustancia por los delitos de Amenazas Coactivas (cuatro hechos) en Concurso Real, Violación de Medidas contra Epidemias en coautoría y Homicidio Simple con Dolo Eventual, todos ellos en Concurso Ideal, que desencadenaron la muerte por COVID-19 de Elizabeth del Valle Pérez, empleada del call-center Telesistemas del multimedio Nortelevisa, de propiedad de Eduardo Cammuso.

La investigación de la Unidad Fiscal Especializada en Delitos contra la Integridad de las Personas y Homicidios, probó incumplimientos sistemáticos por parte de la responsable de la empresa Canal 2 Fiberwell Telesistema, Natalia Cammuso, de las medidas adoptadas en orden nacional y provincial para prevenir contagios de coronavirus, los que dieron lugar a la propagación de casos en el lugar de trabajo de Elizabeth del Valle Pérez.

En este sentido, se consideró que corresponde atribuir el resultado de la muerte de Pérez a Natalia Cammuso quien, no obstante conocer que la víctima sufría patologías diversas, como obesidad, hipertensión, diabetes y fibromialgia, que la hacían persona de riesgo para COVID-19, la obligó a continuar sus labores en forma presencial en la empresa de call-center.

De acuerdo a declaraciones testimoniales que engrosan la investigación, a las que se suman datos contundentes de la histórica clínica, los informes técnicos y mensajes de WhatsApp, Cammuso impuso a Pérez efectuar labores presenciales en el call-center en diversos intervalos a lo largo de los meses de marzo y septiembre de 2020, siendo el último de estos a partir del día 24/08/2020, intervalo en el que enfermó de COVID-19.

Cuando la víctima comenzó a manifestar síntomas, dio aviso a sus supervisores, pero no se le permitió el retiro a su domicilio y fue obligada a desempeñarse en un espacio físico caracterizado por su precariedad, apartado de toda norma de bioseguridad, sin margen para el distanciamiento social dispuesto por autoridades sanitarias. A la vez, no se procedió a la distribución de elementos de sanitización y el personal careció de protección, propiciando una inevitable proliferación de contagios entre gran parte de los trabajadores.

También se hizo caso omiso de los aislamientos preventivos obligatorios y quienes presentaban síntomas compatibles con COVID-19 fueron obligados a permanecer en sus puestos de trabajo, mientras que a otros se los forzó a reincorporarse a sus lugares de tareas sin respetar el tiempo de profilaxis.