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Natalia Cammuso a juicio oral por homicidio simple

Está acusada de amenazas coactivas, por propagar el Covid y homicidio simple con dolo eventual. Estas calificaciones que pesan sobre la empresaria desencadenaron en la muerte de una joven.

Miércoles, 04 de mayo de 2022 01:04

La empresaria Natalia Cammuso y otras tres personas finalmente serán sometidas a un debate oral y público, luego de que la Cámara de Apelaciones rechazara el pedido de sobreseimiento presentado por su defensa.

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La empresaria Natalia Cammuso y otras tres personas finalmente serán sometidas a un debate oral y público, luego de que la Cámara de Apelaciones rechazara el pedido de sobreseimiento presentado por su defensa.

La titular del call center Telesistemas del multimedio Nortelevisa, de propiedad de su padre Eduardo Cammuso, es investigada por la muerte de la empleada Elisabeth del Valle Pérez, quien en octubre del 2020 murió luego de contraer coronavirus en su lugar de trabajo y se le habría negado a realizar sus labores de forma remota, aun conociendo que padecía una serie de patologías que le hacían peligrar su vida si contraía Covid-19.

La Cámara de Apelaciones y Control resolvió rechazar el recurso de la defensa de la empresaria y dispuso revocar la falta de mérito y sobreseimientos, remitiendo a juicio oral y público la causa que se sustancia por los delitos de "amenazas coactivas (cuatro hechos) en concurso real, violación de medidas contra epidemias en coautoría y homicidio simple con dolo eventual, todos ellos en concurso ideal", que desencadenaron la muerte de Pérez. Calificaciones que pueden condenarla a cumplir prisión efectiva si es hallada culpable.

La investigación de la Unidad Fiscal Especializada en Delitos contra la Integridad de las Personas y Homicidios probó incumplimientos sistemáticos por parte de la responsable de la empresa Canal 2 Fiberwell Telesistema, Natalia Cammuso, de las medidas adoptadas en orden nacional y provincial, para prevenir contagios de coronavirus, los que dieron lugar a la propagación de casos en ese lugar de trabajo.

En este sentido, se consideró que corresponde atribuir el resultado de la muerte de Pérez a Natalia Cammuso quien sabía que la víctima sufría patologías diversas, como obesidad, hipertensión, diabetes y fibromialgia, que la hacían persona de riesgo para Covid-19, la obligó a continuar sus labores en forma presencial en la empresa de call center.

De acuerdo a declaraciones testimoniales que engrosan la investigación, a las que se suman datos contundentes de la historia clínica, los informes técnicos y mensajes de Whatsapp, Cammuso impuso a Pérez efectuar labores presenciales en el call center en diversos intervalos a lo largo de los meses de marzo y septiembre de 2020, siendo el último de estos a partir del 24 de agosto, intervalo en el que enfermó de Covid-19.

Cuando la víctima comenzó a manifestar síntomas, dio aviso a sus supervisores, pero no se le permitió el retiro a su domicilio y fue obligada a desempeñarse en un espacio físico caracterizado por su precariedad, apartado de toda norma de bioseguridad, sin margen para el distanciamiento social dispuesto por autoridades sanitarias.

Con los elementos de pruebas reunidos, los investigadores pudieron establecer que no se procedió a la distribución de elementos de sanitización y el personal careció de protección, propiciando una inevitable proliferación de contagios entre gran parte de los trabajadores.

Además de la investigación penal preparatoria, se desprendió que los responsables de la firma comercial hicieron caso omiso de los aislamientos preventivos obligatorios y quienes presentaban síntomas compatibles con Covid-19 fueron obligados a permanecer en sus puestos de trabajo, mientras que a otros se los forzó a reincorporarse a sus lugares de tareas sin respetar el tiempo de profilaxis.