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Por cuánto tiempo no se puede comprar alcohol y cuál es la pena para quienes incumplen

Si bien la veda electoral rige desde las 8 de este viernes, la prohibición de vender alcohol comenzará en la noche del sábado.

Sabado, 21 de octubre de 2023 20:10

La norma se inserta en el marco de una serie de reglas para las horas previas a las elecciones, cuyo espíritu es la idea de que las personas vayan a votar reflexiva y conscientemente.

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La norma se inserta en el marco de una serie de reglas para las horas previas a las elecciones, cuyo espíritu es la idea de que las personas vayan a votar reflexiva y conscientemente.

El rango en que no se podrá vender ni comprar alcohol a causa de las elecciones es el que va desde las 20 horas del sábado 21 de octubre hasta tres horas más tarde del fin de los comicios, es decir, las 21 del domingo 22.

Así lo expresa el gobierno en su web oficial. “Está prohibida la venta de cualquier clase de bebidas alcohólicas desde las 20:00 horas del día anterior a la elección y hasta tres horas después de finalizado el acto electoral. Los negocios que venden alcohol durante ese período deben permanecer cerrados”, se lee en argentina.gob.ar.

Asimismo, la ley dispone que “a quien durante ese período venda bebidas alcohólicas le corresponde una pena de prisión de entre quince días y seis meses”. En tanto, los comercios que no estén específicamente dedicados a la venta de bebidas alcohólicas, tales como los supermercados y los restaurantes, podrán funcionar pero sin vender alcohol en el rango mencionado.

Además de esta prohibición, rigen varias otras como parte de la veda electoral, todas ellas expresadas en el artículo 71 de la ley 19.945. Pese a que cada provincia tiene su regulación particular, en esencia todas apuntan a las mismas disposiciones.

De este modo, también está prohibido realizar actos políticos o cualquier actividad proselitista, incluso por redes sociales. En el mismo sentido, no se podrá repartir boletas en las calles en un radio de ochenta metros de las mesas donde se realice la votación.

Tampoco está permitido realizar espectáculos, reuniones públicas o eventos al aire libre o en lugares cerrados, ni portar armas, llevar banderas, símbolos u otros distintivos durante el día de la elección, 12 horas antes y 3 horas después de finalizada.

Otras actividades prohibidas mientras dura la veda son: abrir organismos partidarios dentro de un radio de 80 metros de las mesas donde se realice la votación; instalar mesas receptoras de votos a menos de 80 metros de la sede de un partido político; difundir resultados de encuestas o sondeos antes de las elecciones, hasta las 22 horas del domingo; y difundir publicidad electoral, televisiva, radial, en internet y en medios gráficos.

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