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Entró en vigencia el DNU de Milei: uno por uno, todos los cambios

Apunta a la desregulación de la economía a partir de la modificación y derogación de cientos de leyes.

Viernes, 29 de diciembre de 2023 08:53

A partir de este viernes por la noche empiezan a regir los cambios desregulatorios de la economía incluidos en los 366 artículos del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) impulsado por el presidente Javier Milei y publicado ocho días atrás en el Boletín Oficial.

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A partir de este viernes por la noche empiezan a regir los cambios desregulatorios de la economía incluidos en los 366 artículos del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) impulsado por el presidente Javier Milei y publicado ocho días atrás en el Boletín Oficial.

Entre los puntos importantes se destaca la derogación de la ley de alquileres, introduce cambios en las recetas médicas, en la acreditación del sueldo en billeteras digitales, en la compra-venta de autos, en el régimen de las tarjetas de crédito, además del agro y la compra de tierras.

“Diseñamos un plan de estabilización de shock que comprende un programa de ajuste fiscal, una política cambiaria que sinceró el tipo de cambio al valor de mercado y una política monetaria que incluye el saneamiento del Banco Central”, había señalado Milei en la cadena nacional donde anunciaba el paquete de medidas.

Como confirmó el Procurador del Tesoro, Rodolfo Barra, el DNU empieza a regir a la medianoche. Por su parte, la comisión bicameral del Congreso está dentro del plazo para analizar las medidas que ya entran en vigencia.


Ley de alquileres


La ley de alquileres sancionada en 2020 y modificada en octubre de este año dejará de estar vigente.

El DNU, además, modifica el Código Civil y borra los plazos mínimos de alquiler, que el Código fijaba en dos años. A partir de este sábado, el inquilino y el propietario deberán negociar sin el amparo de la ley, sin que esté especificado el tiempo y sin reglamentación para los ajustes y actualizaciones.

Ley de Góndolas


El DNU Javier Milei derogó además la Ley de Abastecimiento y la Ley de Góndolas, algo que impactará directamente en los comercios.

La primera ley fue sancionada durante el tercer mandato de Juan Domingo Perón y habilitaba al Estado a intervenir en los mercados, fijar precios máximos y, eventualmente, sancionar a las empresas cuando lo considere necesario por acaparar mercadería o remarcar precios.

Por su parte, la Ley de Góndolas, que fue sancionada a principios del año 2020, tenía por finalidad ampliar el abanico de ofertas de productos y ofrecerle resistencia al aumento de los precios.

Tarjetas de crédito


El punto más importante en lo que respecta a las tarjetas de crédito tiene que ver con las tasas y los recargos.

Hasta ahora, los emisores de las tarjetas no podían cobrar a los comercios tasas superiores al 3% como comisión por las transacciones con crédito y de 1,5% por las que se realicen con débito.

Ahora, el DNU borró los topes existentes y estableció: “La entidad emisora deberá obligatoriamente dar a conocer el público la tasa de financiación aplicada al sistema de Tarjeta de Crédito”.

También derogó el artículo que fijaba topes a los intereses punitorios, aquellos que rigen si la persona no paga ni siquiera el pago mínimo de la tarjeta de crédito.

Con esto, los bancos ya no tendrá el límite del 50% en la tasa de interes compensatorio por la financiación de saldos de tarjetas de crédito. Por lo que las entidades podrían cobrar más caro los atrasos. 

Además, ya no hay obligatoriedad de que el emisor de la tarjeta les informe a los usuarios y proveedores cambios sobre los contratos.


Sueldos


El artículo 766 Código Civil y Comercial se ve modificado también y establece que el en una relación laboral, el deudor “debe entregar la cantidad correspondiente de la moneda designada, tanto si la moneda tiene curso legal en la República como si no lo tiene”.

Ante esto, la canciller Diana Mondino celebró que “se podrán pactar contratos en Bitcoin y también cualquier otra cripto y/o especie como kilos de novillo o litros de leche”.

Hasta ahora, por una normativa del Ministerio de Trabajo desde 2020, los salarios sólo podían pagarse en una cuenta bancaria o en efectivo. Desde este sábado, los empleadores puedan comenzar a acreditar los haberes en billeteras digitales.

Salud


Uno de los grandes cimbronazos del DNU plantea una liberación de los precios de las prepagas, por lo que las empresas prestadoras ya anunciaron a los afiliados que tendrán aumentos entre el 38 y el 44%.

Con la modificación en la ley de Obras Sociales, así como hoy se pueden derivar aportes a cualquiera de las casi 300 obras sociales que existen, también se podrá derivar directamente a una empresa de medicina prepaga.

Es decir, se quita la obligación de “triangular” y pasar por una obra social de convenio con la compañía en cuestión.

En cuanto a las recetas, también hay una afectación, ya que a partir de ahora los médicos solo podrán recetar el genérico. La marca del remedio que el paciente adquiera se definirá en el mostrador, con el menú que el farmacéutico le brinde a su cliente. 

También se introduce en el DNU el uso de la receta electrónica: “Con el objetivo de aumentar la competitividad del mercado debe reformularse la ley de medicamentos y recetas, migrando a la receta electrónica, a los fines de lograr una mayor agilidad de la industria y minimizar costos”.

Trabajo


El presidente Javier Milei decretó una reforma laboral con más de 40 cambios que flexibilizan leyes.

La reducción de las indemnizaciones es uno de los puntos destacados del DNU, ya que, según el decreto, “la base de cálculo de esta indemnización no incluirá el Sueldo Anual Complementario, ni conceptos de pago semestral o anual”, lo que excluiría beneficios como bonos anuales, ticket canasta o vales alimentarios, pese a que fueron reconocidos en varios fallos.

También se modifica la extensión del período de prueba, que pasa de 3 a 8 meses. Con esto, el empleado podrá ser despedido sin derecho a indemnización en ese lapso.

El Gobierno también impulsó un mecanismo de indemnización “alternativo” en el que “las partes podrán sustituir el presente régimen indemnizatorio por un fondo o sistema de cese laboral cuyo costo estará siempre a cargo del empleador, con un aporte mensual que no podrá ser superior al OCHO POR CIENTO (8%) de la remuneración computable”.

Huelgas


El DNU incorpora restricciones en el desarrollo de las huelgas, de esta forma, habilita el despido con justa causa en caso de bloqueos o tomas de establecimiento durante medidas de acción directa que afecten la libertad de trabajo de quienes no adhieran, se impida u obstruya el ingreso o egreso de personas y se ocasionen daños en personas o bienes de la empresa.

Y establece que las actividades esenciales (salud, energía, aeronáutica, telecomunicaciones, comercio exterior) deberán prestar servicios mínimos con una cobertura del 75% de la prestación normal. Por su parte, las actividades o servicios de “importancia trascendental” deberán garantizar el 50% (transporte, industria, bancos, alimentos, exportaciones).

Cambios que aguardan reglamentación


En lo que respecta a la compra-venta de vehículos, hay algunos cambios significativos que el Gobierno busca aplicar.

Actualmente, comprar o vender un auto requiere 12 trámites y el valor puede llegar a representar un 6% del precio del rodado, el más caro de toda la región.

Uno de los objetivos es que la patente pertenezca al usuario y no al vehículo. Con esto, el dueño tendrá tantos dominios únicos como autos posea, y las patentes estarán conectadas con el Documento Nacional de Identidad (DNI).

El DNU propone también la creación de la Plataforma Digital (RENDA), para digitalizar y simplificar los trámites de inscripción de dominio, modificaciones, extinción, gravámenes, embargos y otras cautelares, además de denuncias por robo.

Plantea además que ya no será obligatorio el libre de deuda de multas y patentes para inscribir o transferir un vehículo.