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Abusó durante siete años de su hija y fue condenado

El inculpado asumió la responsabilidad de los hechos en la primera y única audiencia.El Tribunal enjuiciador resolvió que el abusador cumpla pena con prisión domiciliaria.

Jueves, 23 de marzo de 2023 01:05

El Tribunal en lo Criminal Nº 2 condenó a un hombre a cumplir la pena de 9 años de prisión, luego de haber quedado debidamente acreditado que abusó sexualmente de su hija, durante el periodo de siete años, desde que era una niña.

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El Tribunal en lo Criminal Nº 2 condenó a un hombre a cumplir la pena de 9 años de prisión, luego de haber quedado debidamente acreditado que abusó sexualmente de su hija, durante el periodo de siete años, desde que era una niña.

Asimismo se ordenó que una vez firme y consentida la sentencia, se obtengan los perfiles genéticos del condenado para incorporarlo al Registro Nacional de Datos Genéticos vinculados a Delitos contra la Integridad Sexual.

En el veredicto, los magistrados resolvieron que el depravado sexual continúe cumpliendo pena, con prisión domiciliaria.

El Tribunal estuvo integrado por los jueces Luís Ernesto Kamada (presidente de trámite), Emilio Carlos Cattan y Cecilia Sadir. En tanto, como secretario se desempeñó Jorge Rodríguez.

El hombre fue hallado autor material y penalmente responsable del delito de "abuso sexual gravemente ultrajante agravado por el vínculo y la convivencia".

Sobre la acusación

Los hechos por los que el hombre llegó a juicio, ocurrieron en reiteradas oportunidades desde que la víctima tenía siete años hasta los trece años de edad, en el domicilio en el que convivían, ubicado en un barrio de la zona sur de San Salvador de Jujuy.

En reiteradas oportunidades el padre de la víctima, aprovechando la ausencia de otros familiares en el inmueble, se dirigía a la habitación de la niña y abusaba sexualmente de ella.

La víctima contó a su progenitora sobre los aberrantes hechos que era víctima, quien de inmediato denunció a su pareja.

Procedimiento especial

El juicio se resolvió en una única audiencia oral en la que se aplicó el procedimiento especial establecido en el Artículo 492 del Código Procesal Penal de la Provincia, mediante el cual se omite la recepción de la prueba testimonial y se incorpora los elementos que obran en autos, debido a que el acusado confesó su culpabilidad y se logró arribar a un acuerdo entre el Tribunal, el fiscal y el abogado defensor.

Como representante del Ministerio Público de la Acusación se desempeñó Diego Cussel, mientras que la defensa técnica del condenado fue ejercida por un patrocinante particular.

La querella estuvo a cargo de María Virginia Eliazarián y Tamara Fabiana Juárez, pertenecientes el Centro de Asistencia a la Víctima.

Los fundamentos de la sentencia se darán a conocer dentro del plazo establecido por el Código Procesal Penal de la provincia; a partir de lo cual, las partes podrán recurrir la misma ante una instancia superior al Tribunal de juicio.

 

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