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El juez en lo Contencioso Administrativo Federal Martín Cormick impuso este miércoles una multa (astreinte) de 100 mil pesos por día a la Jefatura de Gabinete de Ministros de la Nación, por el “incumplimiento verificado” de una medida cautelar que ordenó actualizar salarios docentes y no docentes, además de garantizar el fondo para becas en base a lo que establece la Ley de Financiamiento Universitario.
La decisión judicial se tomó tras dos advertencias previas hechas al Gobierno y a sólo horas de la quinta Marcha Federal Universitaria, que se realizará este jueves en reclamo de que se cumpla con la ley. En la resolución, el magistrado señaló que “el incumplimiento verificado” motiva ejecutar el apercibimiento dispuesto en una providencia anterior.
“En concordancia con lo proveído en el marco de la causa principal, atento el incumplimiento verificado, corresponde hacer efectivo el apercibimiento dispuesto en fecha 30/9/2026 y disponer la aplicación de astreintes diarias al funcionario titular de la Jefatura de Gabinete de Ministros de la Nación Argentina”, cargo que ocupa Diego Santilli, resolvió el juez en la resolución a la que accedió Infobae. Cormick fijó en una primera etapa la suma de $ 100.000 diarios “pudiéndose modificar los funcionarios alcanzados y el monto”.
Vigencia de la cautelar y trámite de apelación
La decisión se tomó en el marco de una medida cautelar que sigue vigente, pese a que el expediente principal donde se debate la validez de un decreto que condicionó la aplicación de la ley está bajo estudio de la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal. Cormick concedió la apelación del Estado Nacional contra el fallo que declaró inconstitucional la cláusula del decreto 759/2025, con la que el Poder Ejecutivo condicionó la puesta en marcha de la Ley de Financiamiento Universitario, rechazó un planteo de “reposición” del Gobierno y elevó el expediente al Tribunal de Apelaciones.
La decisión se tomó en el marco de una medida cautelar que sigue vigente, pese a que el expediente principal donde se debate la validez de un decreto que condicionó la aplicación de la ley está bajo estudio de la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal. Cormick concedió la apelación del Estado Nacional contra el fallo que declaró inconstitucional la cláusula del decreto 759/2025, con la que el Poder Ejecutivo condicionó la puesta en marcha de la Ley de Financiamiento Universitario, rechazó un planteo de “reposición” del Gobierno y elevó el expediente al Tribunal de Apelaciones.
La ley de financiamiento establece adecuar “las remuneraciones del personal docente y no docente de las universidades públicas en septiembre de 2025 para reflejar la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) entre enero de 2023 y julio de 2025″. Ello implicaría otorgar un incremento salarial del 40,25 % sobre los básicos liquidados en julio de 2025. De manera adicional, se dispone que las remuneraciones sean actualizadas mensualmente conforme el Índice de Precios al Consumidor (IPC) y que las becas estudiantiles sean recompuestas y actualizadas.
Argumentos del Gobierno en la apelación
El Gobierno sostuvo en su apelación que se afecta el normal funcionamiento del Estado Nacional porque se lo obliga a afrontar “pagos compulsivos sin que se hayan determinado con precisión las sumas presuntamente adeudadas ni el alcance concreto de la obligación”. Por ese motivo, pidió que la apelación sea concedida con efecto suspensivo, solicitud que fue rechazada por el juez.
Además, planteó que la cautelar le impone una carga económica indeterminada, ya que la resolución no establece qué monto o porcentaje debería abonar para considerar cumplida la medida, que quedó firme en junio de 2026. Señaló, a su vez, que el 21 de septiembre presentó un informe sobre acciones adoptadas para cumplir con la decisión judicial.
El Estado manifestó que desde diciembre de 2023 se otorgaron aumentos en las partidas destinadas a los salarios del personal universitario y que, con la suba del 21,33 % dispuesta en junio de 2026, el incremento acumulado llegó al 226,80 %, por encima del 226,40 % que —según su interpretación— correspondía para el período comprendido entre diciembre de 2023 y agosto de 2025.
También sostuvo que, una vez firme la cautelar, convocó a la paritaria trimestral prevista en la Ley de Financiamiento de la Educación Universitaria (LFEU). En ese marco, detalló una propuesta de recomposición del 3 % para septiembre de 2026, complementaria de otra suba del 3 % acordada en junio, con impacto en los haberes de octubre, estimando que ambas medidas proyectaban una actualización superior al 6 % y respondían al piso de recomposición vinculado con la inflación del período junio-agosto.
Limitaciones presupuestarias y planteo final
El Gobierno cuestionó la interpretación que llevaría a exigir un aumento salarial acumulado del 312,19 % entre diciembre de 2023 y junio de 2026, al sostener que ese criterio contradice la Ley de Presupuesto 2026, “que no contempló fondos para una suba de esa magnitud, por lo que —afirmó— el Estado no cuenta con partidas aprobadas por el Congreso para afrontarla”.
La causa continuará su trámite en la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal, mientras la aplicación de las astreintes y las eventuales modificaciones sobre destinatarios y montos permanecerán sujetas a futuras resoluciones judiciales.