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En un fallo de impacto institucional, la Cámara Nacional Electoral (CNE) declaró la nulidad del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) del Poder Ejecutivo que transfería la competencia para otorgar la ciudadanía argentina a la Dirección Nacional de Migraciones, un órgano dependiente del Ministerio de Seguridad.
El tribunal consideró que el Presidente se excedió en sus atribuciones constitucionales al avanzar sobre facultades que le corresponden exclusivamente al Poder Legislativo..
La resolución de la Cámara se basó en dos ejes centrales que fulminan la legalidad del decreto. En concreto, habla de invasión en materia electoral. Porque los jueces recordaron que otorgar la ciudadanía está directamente ligado a la adquisición de los derechos políticos (como el voto). La Constitución Nacional, en su artículo 99 inciso 3°, prohíbe de forma expresa y "bajo pena de nulidad absoluta e insanable" que el Poder Ejecutivo dicte DNUs que regulen la materia electoral.
A su vez, marca una falta de urgencia real: El tribunal desmontó los argumentos del Gobierno al señalar que no existían razones de "rigurosa excepcionalidad" que impidieran que este cambio de leyes se discutiera de manera ordinaria en el Congreso de la Nación.
"Los tribunales deben resguardar el principio de jerarquía normativa", explicaron los magistrados, argumentando que la Justicia tiene la obligación de hacer valer las leyes por encima de cualquier decreto que intente modificarlas sin cumplir con los requisitos de la Carta Magna.
Tras declarar la invalidez de la norma, la CNE ordenó revocar un fallo de primera instancia que le había negado la ciudadanía a un solicitante bajo el paraguas del polémico DNU.
Además, informó que se notificó formalmente al Ministerio de Seguridad de la Nación para que instruya a la Dirección Nacional de Migraciones a dar marcha atrás con la medida. Por último, la resolución fue enviada a todos los jueces federales con competencia electoral del país para unificar el criterio: a partir de ahora, el otorgamiento de la ciudadanía argentina vuelve a ser una facultad estrictamente judicial.
Los puntos principales del fallo judicial
- La Cámara Nacional Electoral declaró la nulidad del DNU 366/2025, que modificaba normas vinculadas a migraciones y ciudadanía.
- El decreto le otorgaba a la Dirección Nacional de Migraciones la competencia para conceder la ciudadanía argentina.
- El Tribunal consideró que el Poder Ejecutivo se excedió en sus atribuciones constitucionales al dictar la norma mediante un decreto de necesidad y urgencia.
- La Cámara sostuvo que la ciudadanía está directamente vinculada con los derechos políticos, por lo que el decreto afectaba cuestiones de materia electoral.
- Recordó que la Constitución Nacional prohíbe al Poder Ejecutivo dictar DNU sobre materia electoral, bajo pena de nulidad absoluta e insanable.
- También señaló que no existían razones de rigurosa excepcionalidad y urgencia que impidieran tratar el tema por la vía legislativa ordinaria.
- El fallo revocó una sentencia de primera instancia que había rechazado la solicitud de ciudadanía del actor.
- Además, ordenó comunicar la decisión al Ministerio de Seguridad Nacional para que instruya a Migraciones.
- La resolución será puesta en conocimiento de los jueces federales con competencia electoral de todo el país.
- La Cámara remarcó su rol como órgano unificador de criterios dentro del fuero electoral.