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La Corte Suprema intervendrá en la causa por la novena candidatura de Gildo Insfrán como gobernador de Formosa

La Corte no resolvió aún si la candidatura es válida o no, sino que habilitó el proceso y pidió explicaciones a la Provincia.
Jueves, 20 de agosto de 2026 16:15
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La Corte Suprema de Justicia de la Nación dio un nuevo paso en la discusión sobre la continuidad de Gildo Insfrán como gobernador de Formosa al aceptar tratar una demanda que cuestiona la constitucionalidad de la norma provincial que habilitaría una nueva candidatura del mandatario.

El expediente fue iniciado por la Confederación Frente Amplio Formoseño, que presentó una acción para que se declare inconstitucional la cláusula transitoria cuarta de la Constitución de Formosa, disposición que permitiría una novena postulación de Insfrán para el período que comenzaría el 10 de diciembre de 2027 y finalizaría el 10 de diciembre de 2031.

La resolución de la Corte, fechada el 20 de agosto de 2026, no define todavía si Insfrán podrá o no presentarse nuevamente a elecciones. Lo que hizo el máximo tribunal fue declarar que tiene competencia para intervenir en el caso y ordenar que la Provincia de Formosa responda la demanda en un plazo de 60 días.

El cuestionamiento a la reforma constitucional

El planteo presentado sostiene que la modificación realizada en la Constitución provincial permitió contabilizar el actual mandato del gobernador como el primero, habilitando de esta manera una nueva candidatura.

Según la presentación judicial, la cláusula transitoria establece que “el mandato del gobernador y vicegobernador en ejercicio al momento de sancionarse esta reforma, deberá ser considerado como primer mandato”, interpretación que permitiría a Insfrán acceder a un noveno período al frente del Poder Ejecutivo formoseño.

Los demandantes consideran que esa disposición contradice principios vinculados con la alternancia en los cargos públicos y cuestionan que permita una permanencia prolongada en el poder provincial. En el expediente se sostiene que la habilitación de una nueva candidatura de Insfrán y de una tercera postulación de Eber Solís como vicegobernador o gobernador entraría en conflicto con normas de la Constitución Nacional y tratados internacionales.

Un antecedente clave

La discusión tiene como antecedente otro fallo de la Corte Suprema emitido en diciembre de 2024, en una causa también iniciada por la Confederación Frente Amplio Formoseño.

En aquella oportunidad, el tribunal declaró la inconstitucionalidad del artículo 132 de la Constitución de Formosa y ordenó que la provincia adecuara esa norma mediante el procedimiento constitucional correspondiente.

Qué decidió la Corte

En esta nueva resolución, la Corte Suprema no se pronunció sobre el fondo de la cuestión, es decir, no determinó si la cláusula que habilita la candidatura de Insfrán es constitucional o no.

El tribunal resolvió que la causa corresponde a su competencia originaria y dispuso correr traslado de la demanda a la Provincia de Formosa, que tendrá un plazo de 60 días para responder.

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