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¿Eximirán del pago a comerciantes?

Miércoles, 12 de diciembre de 2012 06:17
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“Las tasas retributivas de servicios exigen su efectiva prestación”, artículo 67 de la Constitución local.

Un proyecto que generó polémica se presentó en el Concejo Deliberante de la ciudad, a raíz de la presencia de vendedores ambulantes y de manteros.

A través de esta iniciativa se apunta a eximir del pago de la Tasa de Inspección de Seguridad, Salubridad e Higiene a comerciantes afectados por la presencia de manteros y vendedores callejeros.

El proyecto reza que: “A pesar de existir normas que regulan la instalación y desarrollo de actividades comerciales, industriales, de servicios y de cualquier otro tipo a título oneroso, cuyo control está a cargo del Departamento Ejecutivo Municipal, éste no ejerce adecuadamente su función ni utiliza sus facultades para evitar la instalación de individuos no autorizados en la vía pública que perjudican económica y comercialmente a los contribuyentes (...)”.

Lo que intenta la medida, que en la última sesión del Concejo Deliberante se decidió que vuelva a comisión, es no cobrar la tasa de Inspección de Seguridad, Salubridad e Higiene a quienes estén afectados por vendedores ambulantes, porque el municipio no los protege.

Además se recurrió al artículo 67 de la Constitución Provincial que establece que “las tasas retributivas de servicios exigen su efectiva prestación”.

 

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