Efectivos del Sistema de Emergencias 911 fueron alertados que en calle Los Genarios del barrio Tres Cerritos un automóvil guiado por un hombre de 42 años acompañado por otra persona de 31 años realizaban maniobras imprudentes. Inmediatamente los uniformados concretaron la demora de las personas a pesar que estos proferían agravios verbales contra la policía.
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Efectivos del Sistema de Emergencias 911 fueron alertados que en calle Los Genarios del barrio Tres Cerritos un automóvil guiado por un hombre de 42 años acompañado por otra persona de 31 años realizaban maniobras imprudentes. Inmediatamente los uniformados concretaron la demora de las personas a pesar que estos proferían agravios verbales contra la policía.
En calle Pedernera al 500 ocasionales transeúntes dieron aviso sobre la presencia de una camioneta que se desplazaba en contramano por avenida Entre Ríos, al hacer detener la marcha al conductor de 28 años
oriundo de la provincia de Jujuy, presentaba aliento etílico y de una requisa efectuada le secuestraron 47 proyectiles calibre 22 largo con punta hueca, 20 proyectiles calibre 22 y 05 proyectiles calibre 16.
En ambos incidentes se labraron actuaciones contravencionales por el infracción al artículo 108 de la Ley 7135/01 que refiere: “Sin perjuicio de las penas establecidas y de las competencias municipales, toda persona que sea sorprendida en estado eufórico o de ebriedad conduciendo vehículos en general o motocicletas, será reprimida con las siguientes penas:
a) La primera vez, con arresto de quince (15) días, conmutables con la multa equivalente e inhabilitación para conducir por el término de hasta un (1) mes, a cuyo efecto se notificará a todas las dependencias policiales y municipios de la Provincia.
b) La segunda vez, con arresto de hasta treinta (30) días o multa equivalente e inhabilitación para conducir por el término de un (1) mes a seis (6) meses.
c) La tercera y sucesivas, con arresto de hasta treinta (30) días o multa equivalente e inhabilitación para conducir por el término de seis (6) meses a un (1) año”.