¿Quieres recibir notificaciones de alertas?

Su sesión ha expirado

Iniciar sesión
PUBLICIDAD

Clausuraron una fiesta clandestina

Sabado, 05 de enero de 2013 16:43

Escuchar esta nota - 00:00

Alcanzaste el límite de notas gratuitas
inicia sesión o regístrate.
Alcanzaste el límite de notas gratuitas
Nota exclusiva debe suscribirse para poder verla

En la madrugada de hoy, efectivos policiales clausuraron una fiesta que se llevaba a cabo en Avenida Roberto Romero al 3.900, en el centro vecinal de la zona, cuya organizadora no contaba con la habilitación correspondiente y a la que se le secuestraron entradas que serían de un valor de 10 pesos. 

A horas 01:35 varios llamados al SE 911alertaron que en el lugar antes citado se estaría llevando a cabo una fiesta convocada vía Facebook donde un grupo numeroso de menores estarían ingiriendo bebidas alcohólicas.

Rápidamente se desplazaron al lugar personal de la Comisaría Séptima y móviles del SE 911 constatando la situación, asimismo se entrevistaron con la encargada de la fiesta la que expresó que no contaba con los
permisos necesarios para llevar a cabo el evento, procediendo a la clausura del mismo labrándose infracción por Artículo 97º y 124º Inc. a) y b) de la Ley 7135/01 del Código Contravencional de la Provincia de Salta, los que estipulan lo siguiente:

Art. 97º - Sufrirán hasta quince (15) días de arresto o multa de hasta quince (15) días y comiso:

a) Los dueños, encargados o gerentes de cualquier establecimiento que expendan bebidas alcohólicas a personas en estado de ebriedad. 

b) Los que en el caso del inciso anterior hubieran servido bebidas alcohólicas a menores de dieciocho (18) años de edad. La pena se elevará al doble si se hiciera en la vía pública.

c) Los dueños, gerentes y encargados de las casas de baile, bares, despachos de bebidas y otros que permitan la entrada de ebrios.

d) Los que dieran noticias o presten sus servicios directos o indirectos para la adquisición de inhalantes a menores de dieciocho (18) años de edad, siempre que el hecho no constituya delito.

Art. 124º - Sufrirán hasta veinte (20) días de arresto o sus sustitutas:

a) Los que efectuaren bailes públicos sin previo permiso de la autoridad competente sea Municipal y/o Policial.

b) Los que permitan fuera de los horarios autorizados el acceso o permanencia a menores de 18 años de edad.

Temas de la nota

PUBLICIDAD
PUBLICIDAD

Te puede interesar

PUBLICIDAD
PUBLICIDAD

Temas de la nota

Últimas noticias

PUBLICIDAD