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Condena firme para el exjuez Reynoso: cinco años de prisión por recibir sobornos y favorecer al narcotraficante Delfín Castedo

La Corte Suprema de Justicia dejó firme la condena a cinco años de prisión del exjuez de Orán por favorecer al narcotraficante Delfín Castedo, conocido como “el Patrón del Norte”, y exigir pagos ilegales. Ahora resta resolver la unificación de penas con su condena anterior.
Miércoles, 14 de octubre de 2026 19:44
El exjuez Raúl Reynoso y el capo narco Delfín Castedo. Foto: El Tribuno.

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La Corte Suprema de Justicia de la Nación dejó firme la condena a cinco años de prisión contra el exjuez federal de Orán, Raúl Juan Reynoso, por recibir dinero para beneficiar con resoluciones judiciales al narcotraficante Delfín Reynaldo Castedo, conocido como “El Patrón del Norte”. La sentencia también comprende exigencias ilegales de dinero a un comerciante.

Los ministros Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti rechazaron el recurso de queja presentado por la defensa por falta de fundamentación autónoma. Con esa decisión, quedó firme la sentencia dictada en agosto de 2024 por el Tribunal Oral en lo Criminal Federal N° 2 de Salta, en el expediente conocido como “Reynoso II”.

En ese juicio, Reynoso fue condenado por cohecho pasivo en concurso ideal con falsedad ideológica de documento público y concusión. Además de los cinco años de prisión, el tribunal le impuso una multa de $90.000 e inhabilitación absoluta durante el término de la condena.
En la misma causa, Castedo recibió una pena de tres años de prisión como coautor de cohecho activo y partícipe de falsedad ideológica. El abogado Luciano Ciscato fue condenado a dos años y seis meses de prisión en suspenso.

Indagatoria falsa

Uno de los hechos centrales de la investigación fue una declaración indagatoria atribuida a Castedo en diciembre de 2013. Por entonces, el narcotraficante se encontraba prófugo y tenía una orden de captura por la autoría intelectual del asesinato de la productora rural Liliana Ledesma, ocurrido en septiembre de 2006 en Salvador Mazza.

Según la reconstrucción judicial, Castedo no estuvo en aquella audiencia. En su lugar se presentó otra persona, que declaró y firmó el acta utilizando su identidad. Durante el interrogatorio, el hombre ni siquiera pudo responder el nombre de los padres de Castedo.

Los peritajes caligráficos realizados por Gendarmería Nacional determinaron que la firma no pertenecía al narcotraficante, sino a un tercero que no fue identificado.

La maniobra permitió incorporar al expediente una indagatoria que no se había realizado al verdadero imputado. Reynoso utilizó esa documentación para concederle una eximición de prisión y, en noviembre de 2014, lo procesó sin prisión preventiva.

Entre las condiciones impuestas, dispuso que Castedo se presentara periódicamente ante una dependencia de la Policía Federal en la ciudad de Buenos Aires que, según la investigación, no existía.

La acusación vinculó esos beneficios con el pago de un soborno gestionado a través de Ciscato, estimado en US$40.000.

Cobros ilegales

La condena también incluyó las exigencias de dinero al comerciante Pablo Elías Torres. Según se tuvo por acreditado, Reynoso utilizó su cargo para reclamar aportes a cambio de dictar medidas cautelares que permitieran el ingreso de mercaderías sorteando restricciones y controles aduaneros.

El mecanismo contemplaba el compromiso de destinar el 5% de las utilidades del comerciante a una fundación presidida por un cuñado del entonces juez. Ese hecho sustentó la condena por concusión.

Otra condena

La resolución de la Corte se suma a la condena que Reynoso recibió en marzo de 2019, cuando el Tribunal Oral Federal N° 1 de Salta le impuso 13 años de prisión por concusión y prevaricato. Esa sentencia quedó firme en marzo de 2024.

Tras permanecer más de ocho años detenido, entre el establecimiento penitenciario de Güemes y el régimen domiciliario, el exmagistrado obtuvo la libertad condicional en 2024.

Con la segunda condena firme, la Fiscalía prevé solicitar la unificación de penas. La resolución de ese planteo será determinante para establecer el tiempo de cumplimiento y la situación de libertad del exjuez. Su eventual regreso a prisión deberá ser dispuesto judicialmente.

Reynoso también se encuentra procesado junto al exfiscal federal José Luis Bruno en otro expediente por presuntos hechos de cohecho y prevaricato. En esa investigación, conocida como “Molina-Alemán / Arancibia”, el arrepentido Barakat Barakat declaró sobre el supuesto pago de US$150.000 para obtener la libertad de René Antonio Arancibia.

Los otros casos del exjuez Reynoso 

La primera causa expuso un esquema de cobro de dinero y dádivas a cambio de resoluciones favorables a imputados por narcotráfico y contrabando en el Juzgado Federal de Orán. El 26 de marzo de 2019, el Tribunal Oral Federal N° 1 de Salta condenó a Raúl Reynoso a 13 años de prisión por siete hechos de concusión en concurso ideal con seis de prevaricato. También fueron condenados los abogados María Elena Esper, a 10 años y seis meses, y Ramón Antonio Valor, a cuatro años. El abogado y cuñado del exmagistrado, Arsenio Eladio Gaona, se fugó durante el juicio.

La condena de Reynoso quedó firme en marzo de 2024, tras la intervención de la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Ese año, el exjuez obtuvo la libertad condicional, luego de cumplir más de ocho años de detención entre el penal de Güemes y el régimen domiciliario. La firmeza de la segunda condena abre ahora una nueva instancia judicial para determinar cómo se unificarán ambas penas y qué consecuencias tendrá sobre su situación de libertad.

La segunda condena tuvo como eje una indagatoria fraguada para favorecer a Delfín Castedo. El 5 de diciembre de 2013 se simuló su comparecencia ante el juzgado mediante un impostor, mientras el narcotraficante permanecía prófugo. El expediente también comprendió la exigencia de dádivas al comerciante Pablo Elías Torres mediante pagos canalizados hacia una fundación. Por estos hechos, el Tribunal Oral Federal N° 2 de Salta condenó a Reynoso a cinco años de prisión el 20 de agosto de 2024, por cohecho pasivo en concurso ideal con falsedad ideológica y concusión.

La Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal confirmó esa sentencia el 17 de junio de 2025. El 14 de octubre de 2026, la Corte Suprema rechazó la queja de la defensa y dejó firme la condena. En este expediente también fueron condenados Castedo, a tres años de prisión, y su abogado Luciano Ciscato, a dos años y seis meses de ejecución condicional. Para Reynoso, el fallo cierra la discusión sobre su responsabilidad penal y coloca en primer plano la unificación de penas y una eventual decisión sobre su detención.

El tercer expediente investiga un presunto soborno de 150.000 dólares para favorecer a René Antonio “Choco” Arancibia y Federico Rojas mediante decisiones judiciales y la falta de apelación de la fiscalía. Según la acusación, 130.000 dólares estaban destinados a Reynoso y 20.000 al entonces fiscal federal de Orán, José Luis Bruno. La maniobra habría contado con la intermediación del financista Barakat Barakat, quien fue condenado por cohecho activo. Bruno, en tanto, recibió una pena de tres años de prisión en suspenso y seis de inhabilitación por prevaricato, mediante un juicio abreviado en el que se retiró la acusación por cohecho.

Reynoso cuestionó ese acuerdo, pero el 10 de septiembre de 2026 la Sala II de la Cámara Federal de Casación Penal rechazó su recurso de queja. Esa decisión dejó sin prosperar su impugnación contra el abreviado de Bruno, mientras continúa abierto su propio frente judicial por el presunto cobro del soborno. La causa permanece pendiente de juicio oral y suma otro escenario adverso para el exmagistrado, que ya tiene dos condenas firmes.

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