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¿Qué cambia desde este sábado con la nueva Ley Penal Juvenil?: responsabilidad penal desde los 14 años

A partir del 5 de septiembre comenzará a regir la Ley 27.801, que incorpora al sistema penal a jóvenes desde los 14 años. El defensor oficial Penal Juvenil Nº 1, doctor Carlos Flores, y la secretaria Penal Juvenil Nº 1, doctora Marta Vigueras, explicaron qué cambia, cómo serán los procesos y por qué la prisión no será la primera respuesta ante un delito.

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La nueva Ley Penal Juvenil, identificada como Ley 27.801, entrará en vigencia el próximo 5 de septiembre y significará un cambio sustancial en la manera en que la Justicia abordará los casos de niños y adolescentes en conflicto con la ley penal.

El alcance de la normativa fue explicado por el Defensor Oficial Penal Juvenil Nº 1, doctor Carlos Flores, y la secretaria Penal Juvenil Nº1, doctora Marta Vigeras, quienes remarcaron que uno de los principales cambios será la incorporación al sistema penal de adolescentes desde los 14 años y hasta antes de cumplir los 18.

Hasta ahora, la legislación establecía la responsabilidad penal a partir de los 16 años para determinados delitos cuya pena superara los dos años de prisión, es decir, aquellos considerados de una gravedad determinada. Los menores de esa edad quedaban fuera del sistema penal.

Con el nuevo régimen, esa situación cambia. A partir de los 14 años, los adolescentes podrán quedar sometidos a un proceso penal y, eventualmente, ser condenados y cumplir una pena.

Responsabilidad, pero no necesariamente prisión

Flores explicó que uno de los principales impactos sociales de la nueva legislación será que los adolescentes comprendan que determinados actos tienen consecuencias jurídicas. “La idea es que los menores de 18 años que ya hayan cumplido 14 sean responsables por sus actos, que sepan que cada acto tiene una consecuencia”, señaló.

Sin embargo, aclaró que la entrada en vigencia de la ley no significa que todos los adolescentes que cometan una infracción vayan a terminar presos. “No es que todos los chicos de 14 años que tiran una piedra en un auto van a ir presos. No. Pero sí van a tener que asumir la responsabilidad”, explicó.

En ese sentido, destacó que las penas privativas de la libertad constituyen solamente una de las alternativas contempladas por la normativa y que existen distintas herramientas para abordar los conflictos antes de llegar a una condena.

La nueva situación también plantea un desafío para toda la sociedad. Padres, tutores, docentes, profesores de educación física, profesores de danza, referentes de clubes, centros vecinales y otros adultos que trabajan con adolescentes tendrán un papel fundamental en la concientización.

Los delitos que aparecen con mayor frecuencia

Consultados sobre los hechos que podrían involucrar con mayor frecuencia a adolescentes, los funcionarios señalaron que existe una preponderancia de delitos contra la propiedad y también de carácter sexual, principalmente abusos sexuales.

En este último caso, advirtieron sobre la importancia de la educación y la concientización respecto del consentimiento.

Explicaron que determinadas situaciones que los propios adolescentes pueden interpretar como normales o como parte de una relación entre “noviecitos” pueden quedar comprendidas dentro del derecho penal cuando una de las personas involucradas no se encuentra en condiciones de brindar un consentimiento válido.

Besos o tocamientos que pueden ser interpretados por los jóvenes como consentidos pueden, bajo determinadas circunstancias, derivar en un conflicto con la ley penal cuando legalmente no existe capacidad para prestar un consentimiento válido.

El proceso comienza con una denuncia

Según explicaron, el proceso penal se inicia a partir de una denuncia. A partir de allí, el adolescente de entre 14 y menos de 18 años queda comprendido dentro del régimen penal juvenil.

Sin embargo, antes de llegar a una imputación formal existe un abanico de alternativas destinadas a resolver el conflicto.

Entre ellas aparecen los criterios de oportunidad, que pueden aplicarse, por ejemplo, ante un delito considerado leve y cuando se trata de un adolescente que comete una infracción por primera vez.

En esos casos, la Fiscalía y la defensa pueden trabajar en conjunto con la víctima para intentar resolver el conflicto sin avanzar necesariamente hacia un juicio.

La víctima, precisamente, tendrá una participación especialmente importante en el nuevo proceso. La normativa contempla mecanismos de conciliación entre la víctima y el adolescente antes de llegar a una instancia de juicio y de eventual imposición de una pena.

El objetivo, explicó la secretaria penal juvenil Nº 1, Marta Vigeras, no es castigar al joven ni colocarle un estigma, sino lograr que asuma la responsabilidad por lo ocurrido, comprenda las consecuencias de su conducta, pueda pedir disculpas y reparar el daño ocasionado.

Un abanico de medidas antes de llegar a la prisión

La posibilidad de una condena existe, pero constituye la última instancia dentro del sistema. Antes de llegar a una pena privativa de la libertad, la ley contempla distintas medidas, entre ellas amonestaciones, supervisión, prohibiciones de acercamiento a determinados lugares o de concurrencia a determinados espectáculos, realización de actividades y aprendizaje de oficios, entre otras alternativas.

El objetivo es que las medidas tengan un carácter superador y permitan la reinserción social del adolescente. En este sentido, los funcionarios insistieron en que el propósito del régimen penal juvenil no es simplemente sancionar, sino que el joven comprenda que su conducta fue incorrecta, asuma sus consecuencias y pueda volver a integrarse a la sociedad.

La prisión, remarcaron, debe ser siempre la última opción. Además, la nueva legislación establece un límite concreto: ninguna pena para un adolescente podrá superar los 15 años de prisión.

La ley también prohíbe expresamente la prisión perpetua para adolescentes. Esta cuestión ya había sido objeto de interpretaciones jurisprudenciales a partir de fallos de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, que, en función de los tratados internacionales, habían establecido que no correspondía aplicar penas de prisión perpetua a niños. Ahora, esa prohibición queda expresamente establecida en la normativa.

Salta cuenta con una estructura especializada

Frente al nuevo escenario, una de las preguntas centrales es si el sistema judicial salteño está preparado para afrontar eventuales casos que puedan derivar en medidas de encierro.

La secretaria Penal Juvenil Nº1, Marta Vigeras destacó que Salta Capital cuenta desde hace años con una estructura especializada en Justicia Penal Juvenil.

La provincia dispone de tres centros de detención exclusivos para menores de edad: el Instituto Especializado de Detención, ubicado en Castañares; el Instituto Michel Torino, de régimen semiabierto, ubicado en Cerrillos; y el Instituto del Tránsito, destinado a niñas y adolescentes mujeres.

Además, Salta cuenta con jueces especializados en Justicia Penal Juvenil, fiscales especializados y dos defensorías especializadas en el régimen penal juvenil.

El funcionario señaló que el propio Código Procesal Penal de la provincia ya contemplaba numerosos institutos que ahora adquieren mayor relevancia con la entrada en vigencia de la nueva ley.

La situación es diferente en el interior provincial, donde reconoció que todavía existen mayores dificultades para contar con la infraestructura y los recursos necesarios. Según indicó, se enviaron partidas presupuestarias y se prevé avanzar también en la especialización del derecho penal juvenil en el interior.

“Siempre falta, eso es una realidad que nos aborda desde hace mucho tiempo”, reconoció, aunque destacó que desde la Justicia Penal Juvenil se trabaja permanentemente en capacitación y que, en cuanto al recurso humano, el sistema salteño está preparado para afrontar el cambio.

Amenazas en escuelas, armas y posibles ciberdelitos

Otro de los fenómenos que genera preocupación son los hechos que ocurren dentro o alrededor de establecimientos educativos, como amenazas, ingreso de armas y situaciones de intimidación.

Los especialistas advirtieron que un adolescente puede interpretar determinadas conductas como una broma o una forma de “hacerse el vivo”, “el pícaro” o “el piola”, sin dimensionar que puede estar ingresando en el ámbito del derecho penal.

Entre las conductas que pueden quedar comprendidas se mencionaron delitos como intimidación pública, amenazas con armas y amenazas anónimas.

También se espera que, con la incorporación de adolescentes desde los 14 años al régimen penal, puedan aumentar o judicializarse determinadas situaciones vinculadas con ciberdelitos y conductas en redes sociales, especialmente aquellas en las que los jóvenes no dimensionan las consecuencias que pueden tener sus expresiones o contenidos publicados en internet.

“Lo que pasa en la virtualidad tiene consecuencias en la realidad”, remarcaron.

Un abordaje integral del adolescente

Ante un caso como el ingreso de un adolescente con un arma a una escuela, el procedimiento dependerá de la existencia de una denuncia judicial. Los especialistas remarcaron que sin denuncia no existe proceso penal.

Una vez realizada, el nuevo régimen plantea una mirada diferente sobre el adolescente. No se trata solamente de analizar el delito cometido y señalar al infractor, sino de estudiar todo el contexto que rodea a esa persona.

Esto incluye su realidad social, familiar y escolar, con la intervención de equipos interdisciplinarios.

La Justicia trabajará también con la escuela y con las víctimas. El objetivo será abordar la situación de manera integral y no como un hecho aislado entre un delito y quien lo cometió.

El propósito final será superar el conflicto generado por la transgresión de la ley penal y favorecer que el adolescente comprenda y asimile su conducta, reconozca que estuvo equivocada y pueda evitar la reiteración de hechos similares.

La importancia de mirar al adolescente como una persona en formación

Los funcionarios judiciales pusieron especial énfasis en la necesidad de que la sociedad no pierda de vista que un adolescente de 14 o 15 años no puede ser analizado de la misma manera que una persona adulta. “Cuando hablamos de adolescente no estamos hablando de personas adultas que ya saben lo que quieren, saben lo que hacen”, señalaron.

Se trata de personas que todavía se encuentran formando su personalidad y buscando un rumbo para sus vidas.

También se destacó la importancia de considerar la necesidad de pertenencia propia de esa etapa. Los adolescentes buscan pertenecer a un grupo, a un colegio, a un espacio social, y esa dinámica puede llevarlos a realizar determinadas conductas junto con otros jóvenes.

Por eso, la denominada perspectiva de adolescencia debe ser tenida en cuenta al momento de analizar los casos de jóvenes en conflicto con la ley.

Vulnerabilidad y responsabilidad social

La secretaria penal juvenil Nº 1, Marta Vigueras pidió a la sociedad comprender que detrás de un adolescente que comete un delito puede existir una historia marcada por carencias, vulnerabilidad y falta de oportunidades.

La nueva legislación busca intervenir sobre las causas que rodean al conflicto y evitar que el joven vuelva a cometer un nuevo hecho.

En ese marco, también llamaron a evitar una mirada basada exclusivamente en el reclamo de penas más altas o de “mano dura”.

Advirtieron que determinadas situaciones pueden llevar a una persona a entrar en conflicto con la ley por cuestiones que, desde otra perspectiva, pueden parecer menores: una pelea entre compañeros, un accidente de tránsito u otras circunstancias que también pueden quedar comprendidas dentro del ámbito penal.

La apuesta, señalaron, es abordar esos conflictos desde una perspectiva que contribuya a la pacificación y armonía social.

El rol de los padres y de todos los adultos

Frente a la entrada en vigencia de la nueva normativa, uno de los mensajes centrales estuvo dirigido a los padres y a los adultos responsables de adolescentes.

Los funcionarios remarcaron que los jóvenes todavía están aprendiendo y que son los adultos quienes tienen la responsabilidad de acompañarlos, explicarles los alcances de la ley y ayudarlos a comprender que cada acto tiene consecuencias.

Por eso, consideraron fundamental que los padres hablen con sus hijos y que exista una tarea conjunta de toda la comunidad.

No solamente los padres tienen responsabilidad: también los docentes, profesores de educación física, responsables de clubes y canchitas, integrantes de centros vecinales, personas que trabajan en merenderos y todos aquellos adultos que tienen contacto cotidiano con adolescentes.

“La sociedad es la que tiene que contener a nuestros adolescentes”, fue el concepto planteado durante la entrevista.

Charlas en establecimientos educativos

En este marco, desde la Defensoría Penal Juvenil  Nº1 se prevé realizar charlas en distintos establecimientos educativos con el objetivo de explicar a los adolescentes el alcance de la nueva normativa y, principalmente, generar conciencia sobre las responsabilidades que tendrán a partir de su entrada en vigencia.

La Ley 27.801 comenzará a regir el 5 de septiembre, fecha a partir de la cual los adolescentes desde los 14 años y hasta antes de cumplir los 18 quedarán comprendidos en el nuevo régimen de responsabilidad penal juvenil.

El desafío, según plantearon desde la Defensa Penal Juvenil, será encontrar un equilibrio entre la responsabilidad que deben asumir los adolescentes por sus actos y la necesidad de comprender que se trata de personas en formación.

El nuevo sistema propone, de esta manera, que la respuesta ante un delito no se limite al castigo, sino que apunte a la reparación, la responsabilidad, la reinserción social y la prevención de nuevos hechos, con la prisión como última alternativa y con la participación de las familias, las instituciones educativas, la Justicia y toda la comunidad.

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