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¿Qué significa ser un "infame traidor a la Patria"?

Es la calificación más grave en nuestro derecho para quien atenta contra el país. Involucra a los ceden soberanía a una potencia extranjera, complotan militarmente desde el extranjero.
Viernes, 31 de julio de 2026 02:32

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¿Cuándo la Constitución nacional habilita a la Justicia a calificar a un ciudadano como "infame traidor a la Patria?

La pregunta es absolutamente actual, porque no se trata de una cuestión ideológica ni dicho popular. Es la calificación más grave que existe en nuestro derecho para alguien que atenta contra el país. Así aparece en el texto constitucional desde 1853 y en el Código Penal.

Y la conducta descrita es la que muestran, muchas veces, los protagonistas de la política argentina. Vamos por partes para entender bien lo que significa.

El Art 29 de la Constitución Nacional determina: "El Congreso no puede conceder al Ejecutivo nacional, ni las Legislaturas provinciales a los gobernadores de provincia, facultades extraordinarias, ni la suma del poder público, ni otorgarles sumisiones o supremacías por las que la vida, el honor o las fortunas de los argentinos queden a merced de gobiernos o persona alguna. Actos de esta naturaleza llevan consigo una nulidad insanable, y sujetarán a los que los formulen, consientan o firmen, a la responsabilidad y pena de los infames traidores a la patria".

¿No caen en esta definición gobernantes y legisladores cuando éstos renuncian a su independencia y delegan facultades que les son propias, en nombre de "la emergencia"? En la República Argentina la suma del poder público es traición a la Patria. La Constitución menciona dos casos.

* Entrega de la soberanía: firmar tratados o acuerdos que sometan al país a una potencia extranjera

* El golpe de estado: avasallar el orden constitucional y democrático, tomando el poder por la fuerza.

El Código Penal amplía el espectro en los artículos 214 a 218

* Traición en guerra. Sanciona el delito de traición a la patria y determina que será reprimido con reclusión o prisión perpetua, el que ejecutare un hecho dirigido a someter total o parcialmente la Nación al dominio extranjero o a menoscabar su independencia o integridad; si indujere o decidiere a una potencia extranjera a hacer la guerra contra la República y si perteneciere a las fuerzas armadas.

* Conspiración. El Art. 216 establece penas de reclusión o prisión de uno a ocho años para el que tomare parte en una conspiración de dos o más personas, para cometer el delito de traición. Será reprimido con reclusión o prisión de uno a ocho años, el que tomare parte en una conspiración de dos o más personas, para cometer el delito de traición, en cualquiera de los casos comprendidos en los artículos precedentes, si la conspiración fuere descubierta antes de empezar su ejecución.

Además de la pena de cárcel, el traidor será inhabilitado de por vida para ocupar cargos públicos. De ahí, la calificación de "infames". El condenado pierde el honor y derechos políticos para siempre.

La razón histórica

El término "infame" tiene un sentido legal e histórico muy específico. Viene del derecho romano. Antes se usaba para marcar a alguien como " sin fama", o sea sin honor público.

El constituyente de 1853 quiso dejar claro que esto es lo peor que puede hacer un argentino. Es romper el pacto con la Patria. En la reforma de 1994 se añade una precisión: establece que quienes participen en un golpe de Estado son " infames traidores a la Patria "

La Constitución fue sancionada en un momento histórico complejo y difícilmente imaginable. Entre 1810 y 1853, la nueva Nación necesitaba integrar provincias y regiones del virreinato, en un proceso que produjo guerras civiles, desacuerdos entre caudillos y conflictos de intereses y de visiones de futuro divergentes que amenazaban con convertir el territorio en un archipiélago de feudos y republiquetas.

Frente a eso, los constituyentes de 1853 quisieron poner un freno legal; quien pretenda la suma del poder público será tratado como traidor a la Patria.

Los golpes de Estado

Por eso y ya en otro contexto y otra experiencia histórica, desde 1994, el artículo 36 de la Constitución reformada condena en forma explícita los gobiernos de facto. Los participantes de los golpes de 1930,1943, 1955,1966 y 1976 caen en esta figura.

Ese fue el espíritu que inspiró a los Juicios a las Juntas militares. Lo que los constituyentes dijeron fue ínunca más! Y blindaron la democracia en un país que padeció y padece a muchos traidores a la Patria.

Pero en democracia también puede haber traidores, porque también sus funcionarios y legisladores pueden atentar contra el orden constitucional. Por ejemplo, entregando territorio, recursos estratégicos o sometiendo al país a otra potencia.

Los autogolpes, la colusión de miembros del gobierno, el parlamento y la Corte de Justicia para burlar la constitución o la delegación del Congreso al Ejecutivo de facultades extraordinarias son, también, traiciones a la Patria.

Es de destacar lo que dijeron al respecto destacados constitucionalistas argentinos:

Juan Bautista Alberdi (1810/1884): Para el autor de la obra Bases, "infamia" es muerte civil. La suma del poder público es dictadura y, en consecuencia, la negación de la República. Por eso, piensa que el que la conceda o la acepte comente el mayor de los crímenes políticos. Traicionar a la Patria quitándole su forma de gobierno es peor que entregarla al enemigo externo.

Joaquin V. González (1863/1923): al comentar el art 29 dijo: "Este artículo es la execración constitucional contra la tiranía. No castiga un hecho, castiga una intención, la de volver al personalismo en el poder.

Néstor Pedro Sagüés (1942/2024): los infames traidores son los enemigos internos de la Constitución. No los de afuera. Los de adentro usan las instituciones para destruirlas. La inhabilitación perpetua es la consecuencia lógica.

German Bidart Campos (1927/2004): la Constitución argentina tiene dos enemigos declarados: la dictadura de uno y la dictadura de todos. Y son infames porque no alcanza con la cárcel; la sociedad necesita saber quiénes rompieron el pacto. Es una marca.

Daniel Sabsay (1951): "Es la Cláusula pétrea de la democracia. No se puede reformar ni derogar, Porque si la tocas ya estás pidiendo suma de poder. Por eso el art 36 dice que esta Constitución mantendrá su imperio; aunque lo rompan, ella sigue vigente. Y los que la rompen quedan afuera".

Roberto Gargarella (1964). "La palabra infame es muy propia del siglo XIX . Hoy suena a escarnio. Pero la pusieron porque venían de 40 años de guerras civiles entre caudillos con poder absoluto".

Todos coinciden en que la traición es el delito constitucional más grave. Está por encima de la corrupción y la malversación, aunque pueden coincidir en el tiempo y los personajes. En Argentina el traidor no es solo el que vende la bandera, sino también el que vende la Constitución por el poder. Los ciudadanos, protagonistas en una democracia genuina, debemos asumir ese rol para que ninguna traición llegue a perpetrarse y ningún traidor quede impune.

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