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La Corte Suprema de Justicia de la Nación dejó firmes las condenas contra Roberto Quintián y Mercedes Baigorria, señalados por la Justicia como administradores del bar Terra Nostra, uno de los establecimientos investigados en el caso conocido como de “prostitución VIP” en Salvador Mazza. Ambos habían sido sentenciados a cinco años y seis meses de prisión por facilitación de la prostitución en concurso ideal con explotación de la prostitución, agravadas por el aprovechamiento de la situación de vulnerabilidad de las víctimas.
Los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti desestimaron las presentaciones de las defensas por cuestiones formales. Con esa decisión quedó vigente la sentencia impuesta por el Tribunal Oral Federal N° 2 de Salta y posteriormente revisada por la Cámara Federal de Casación Penal.
El expediente se remonta a 2013, cuando una serie de denuncias anónimas puso bajo investigación la actividad de distintos locales nocturnos de Salvador Mazza. La pesquisa derivó en allanamientos, secuestro de documentación y el rescate de más de 30 mujeres en procedimientos realizados en agosto de aquel año.
Cómo funcionaba el circuito investigado
Durante el juicio se tuvo por acreditado que determinados bares funcionaban como puntos de contacto entre mujeres y clientes para la contratación de servicios sexuales que posteriormente se concretaban, en numerosos casos, en hoteles de la zona.
La investigación permitió secuestrar cuadernos y registros con nombres, horarios, montos y referencias a los denominados “pases”, además de documentación vinculada con las mujeres que trabajaban en los establecimientos. La acusación sostuvo que parte del dinero generado por esas actividades quedaba en manos de quienes administraban los locales.
Para la Fiscalía, las mujeres se encontraban atravesadas por situaciones de vulnerabilidad económica, familiar y social, circunstancia que posteriormente fue considerada como agravante al momento de dictar las condenas.
Cinco años y seis meses de prisión
El Tribunal Oral Federal N° 2 de Salta condenó en abril de 2025 a Roberto Quintián y Mercedes Baigorria a cinco años y seis meses de prisión como coautores de facilitación de la prostitución en concurso ideal con explotación de la prostitución, en ambos casos agravados por el abuso de la situación de vulnerabilidad de las víctimas.
En ese mismo juicio, Viviana Nancy Gómez, vinculada al funcionamiento de otro de los establecimientos investigados, recibió una pena de cinco años de prisión como partícipe necesaria de los mismos delitos.
El tribunal estuvo integrado por Gabriela Elisa Catalano, Domingo José Batule y María Alejandra Cataldi.
El exintendente Carlos Villalba fue absuelto
Uno de los acusados que llegó a juicio fue el exintendente de Salvador Mazza Carlos Villalba, quien estaba imputado por trata de personas con fines de explotación sexual.
Sin embargo, el Tribunal Oral Federal N° 2 resolvió absolverlo por falta de pruebas, al considerar que no había elementos suficientes para acreditar con el grado de certeza requerido su responsabilidad penal.
La decisión distinguió así la situación de Villalba de la de los responsables de los establecimientos donde sí se acreditaron maniobras de facilitación y explotación económica de la prostitución.
Una investigación que comenzó hace más de una década
La causa había comenzado con denuncias anónimas que advertían sobre el funcionamiento de una supuesta red de “prostitución VIP” en bares de Salvador Mazza.
La entonces AFIP, actualmente ARCA, terminó incorporándose al expediente como querellante. Las tareas investigativas incluyeron controles, intervenciones y allanamientos que permitieron recopilar documentación sobre el funcionamiento económico de los establecimientos.
El caso llegó finalmente a juicio más de una década después de los primeros procedimientos.
La Corte Suprema cerró la vía recursiva
Después de las condenas, las defensas acudieron a distintas instancias judiciales. La Cámara Federal de Casación Penal rechazó los planteos contra la sentencia y el expediente llegó luego a la Corte Suprema.
El máximo tribunal también desestimó las presentaciones, esta vez por falencias formales, por lo que quedaron firmes las condenas contra los dos administradores vinculados al caso.
La decisión representa el cierre de la vía recursiva ordinaria para esas condenas y confirma las penas de cinco años y seis meses de prisión.