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Tras conocerse la sentencia contra Luciano López por el siniestro vial ocurrido en 2024 sobre avenida Paraguay, la querella manifestó su conformidad con el fallo y remarcó la importancia de la pena impuesta en un caso de estas características en Salta.
En diálogo con El Tribuno, el abogado querellante Leonardo López explicó que, si bien habían solicitado una condena de 20 años -mientras que la Fiscalía pidió 17-, los familiares de las víctimas quedaron satisfechas con el resultado. “Es la primera vez en la historia en la provincia de Salta que en este tipo de siniestro se llega a una pena de esta magnitud. Es bastante importante”, sostuvo.
El letrado indicó que durante el debate se logró acreditar la conducta del imputado, quien fue condenado tras comprobarse que conducía bajo los efectos del alcohol y drogas. “El estudio toxicológico determinó que tenía marihuana, y también se estableció mediante pericias que circulaba a más de 103 kilómetros por hora”, detalló.
Además, señaló que la defensa no pudo probar su hipótesis de que el hecho se produjo por la irrupción de personas en la calzada. “No lograron acreditar que se le hayan cruzado personas como causa del primer impacto”, afirmó.
Un antecedente relevante
Para la querella, el fallo representa un antecedente relevante. “Entendemos que se hizo justicia y que esta condena resulta ejemplificadora para este tipo de casos”, agregó el abogado, quien destacó el trabajo realizado a lo largo de más de dos años de investigación.
Respecto a los fundamentos del tribunal, López explicó que el principal argumento fue la magnitud del daño causado, teniendo en cuenta que el hecho dejó cinco víctimas fatales. También se valoraron las condiciones en las que el acusado decidió conducir. “La jurisprudencia considera al vehículo como un arma en determinadas circunstancias, y acá se acreditó la velocidad y el estado en el que se encontraba”, indicó.
En ese sentido, destacó la importancia de las pericias técnicas, en las que intervinieron expertos tanto de la defensa como del Cuerpo de Investigaciones Fiscales (CIF), que permitieron determinar con precisión la velocidad del vehículo. Incluso, se utilizó el registro de una cámara de seguridad ubicada en la zona para reconstruir la mecánica del hecho.
“No había señales de frenado"
Otro dato clave fue la ausencia de huellas de frenado, lo que, según la querella, evidencia una conducción descontrolada. “No había señales de frenado, lo que demuestra que la conducción fue imprudente desde el inicio. Incluso antes de ingresar al boliche ya estaban consumiendo alcohol”, afirmó.
Finalmente, el abogado subrayó que el fallo marca un cambio en la forma de abordar estos casos, al haberse encuadrado como dolo eventual y no como homicidio culposo. “Quedó demostrado que el imputado pudo representarse lo que podía ocurrir, pero aun así continuó con su conducta”, explicó.
Según detalló, testimonios de testigos indicaron que el acusado advirtió la presencia de personas en la zona -incluso realizó señales con las luces-, pero no redujo la velocidad. “Todos estos elementos permitieron fundamentar la sentencia”, concluyó.