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Una causa por lesiones culposas en un accidente de tránsito ocurrida sobre la ruta nacional 51 fue cerrada mediante un acuerdo conciliatorio, en una audiencia donde la Justicia aplicó principios del nuevo Código Procesal Penal pese a ser un expediente anterior a la entrada en rigor.
La resolución se produjo durante una audiencia multipropósito realizada ante el Tribunal de Juicio Sala IV, donde intervino el fiscal penal de Rosario de Lerma, Daniel Escalante.
El caso tenía como imputado a un hombre de 48 años acusado de lesiones culposas tras un siniestro vial registrado en el Km 3 de la ruta nacional 51.
Según la investigación, el acusado conducía un Volkswagen Gol cuando impactó desde atrás contra una motocicleta manejada por la víctima, quien a raíz del choque terminó colisionando además con otro vehículo por delante.
Con alcoholemia positiva
Producto del accidente, el motociclista sufrió politraumatismos y traumatismo encéfalo craneano. Además, el test de alcoholemia al conductor del automóvil arrojó 1,36 gramos de alcohol por lt. de sangre.
La Fiscalía había solicitado la elevación de la causa a juicio al considerar acreditada la responsabilidad penal del imputado por conducción imprudente y violación de las normas de tránsito.
Sin embargo, durante la audiencia previa al debate oral, las partes lograron alcanzar un acuerdo conciliatorio luego de que la jueza Norma Vera admitiera la aplicación de criterios previstos en el nuevo Código Procesal Penal.
Artículo 3 del nuevo CPP
La magistrada fundamentó la decisión en los principios establecidos en el artículo 3 del nuevo CPP, que promueve mecanismos alternativos de resolución de conflictos y soluciones consensuadas.
Durante la audiencia se informó que anteriormente ya se había alcanzado un acuerdo de mediación penal para reparar económicamente a la víctima mediante el pago en cuotas. No obstante, el imputado había incumplido las últimas cuotas tras perder su empleo.
En esta nueva instancia, el acusado ofreció incluso una suma superior a la deuda pendiente para cerrar definitivamente el conflicto. Sin embargo, la víctima decidió aceptar únicamente el monto originalmente pactado y prestar conformidad con la conciliación.
Extinguida la acción
La víctima decidió aceptar únicamente el monto originalmente pactado y prestar conformidad con la conciliación. Con la homologación judicial del acuerdo, la causa quedó concluida y se declaró extinguida la acción penal. Tras la audiencia, el fiscal Escalante destacó que la solución consensuada permitió dar una respuesta favorable tanto para la víctima como para el acusado, además de evitar la continuidad del proceso.