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La muerte de José "Jota" Eduardo Figueroa, quien estaba alojado en la Unidad Carcelaria 1 de Villa Las Rosas, abrió una investigación judicial que deberá determinar la mecánica y el horario del fallecimiento y también establecer si se cumplieron los protocolos de custodia y asistencia. El hombre cumplía prisión perpetua por el femicidio de su esposa, Mercedes Kvedaras, ocurrido en agosto de 2023 en el barrio privado El Tipal.
Aunque las primeras versiones indican que se habría quitado la vida por ahorcamiento, intervino el fiscal penal 2 de la Unidad de Graves Atentados contra las Personas, Daniel Espilocín. Desde la cárcel, coordinó las primeras medidas y dio participación al Cuerpo de Investigaciones Fiscales (CIF). Se ordenó el traslado del cuerpo al Servicio de Tanatología Forense para la autopsia médico-legal.
El examen deberá establecer la causa, la mecánica y la data aproximada de la muerte, además de determinar si el cuerpo presentaba lesiones. Sus resultados serán centrales para confirmar o descartar la versión preliminar de un posible ahorcamiento.
La investigación se desarrolla bajo la Resolución 1284/2021 de la Procuración General de la Provincia. La normativa establece que, ante la muerte de una persona incluso cuando inicialmente parezca un suicidio o un accidente, debe aplicarse como regla la presunción de un homicidio doloso hasta que pueda descartarse razonadamente la comisión de un delito.
Este criterio obliga a realizar desde el comienzo las medidas propias de una investigación criminal, sin adoptar de manera anticipada una hipótesis definitiva sobre lo ocurrido. Por eso se preservó el lugar y se dispuso la intervención de los especialistas del CIF.
Uno de los puntos que deberá aclararse es el sitio exacto en el que Figueroa fue encontrado. La información difundida por el Ministerio Público Fiscal indicó que el cuerpo fue hallado en la celda que ocupaba en el pabellón F. En diálogo con El Tribuno el secretario de Justicia, Javier Mónico, precisó que, según los primeros datos que recibió, fue encontrado en el patio interno de ese sector.
Mónico explicó que Figueroa compartía el pabellón con otros presos y que uno de ellos habría advertido la situación y dado el alerta. También señaló que el episodio se habría producido después de un conteo de internos, aunque remarcó que esa secuencia todavía debe ser corroborada.
La Fiscalía secuestró las grabaciones de las cámaras de seguridad, los libros y partes diarios del pabellón, y el legajo del condenado.
También serán relevantes los testimonios de los internos que se encontraban en el pabellón F y del personal penitenciario que cumplía funciones. Mónico explicó que los celadores habitualmente permanecen fuera del pabellón, por lo que la investigación deberá determinar quiénes estaban de guardia y cómo se produjo el aviso.
Los horarios
Otro aspecto por esclarecer es el momento preciso del fallecimiento. El jefe de Prensa de la Policía, Flavio Peloc, informó que una ambulancia del Servicio Penitenciario ingresó al hospital San Bernardo alrededor de las 18.35 y que el personal médico constató que Figueroa ya no tenía signos vitales. La pesquisa deberá establecer si murió dentro del penal o durante el traslado.
El Servicio Penitenciario informó oficialmente que, tras recibir el alerta, activó el protocolo de emergencia, brindó las primeras atenciones y dispuso el traslado al hospital. Añadió que se preservaron los elementos vinculados con el hecho y que se notificó al defensor particular y a los familiares del interno.
En paralelo con la causa judicial, la Secretaría de Justicia inició una investigación administrativa interna. Su objetivo será reconstruir los procedimientos aplicados antes y después del hallazgo y determinar si se cumplieron las pautas de vigilancia, custodia y asistencia dentro de la cárcel.
Fuentes judiciales pusieron el foco en que se debe analizar si Figueroa recibía asistencia. Mónico indicó, sobre la base de información preliminar, que el condenado realizaba terapia psicológica con un profesional particular.
Figueroa había sido condenado el 30 de abril a prisión perpetua por el homicidio doblemente calificado por el vínculo, la relación de pareja preexistente y por mediar violencia de género contra Kvedaras. Desde entonces permanecía alojado en el pabellón F de la Unidad Carcelaria 1.
La autopsia, las imágenes de seguridad, los registros penitenciarios y las declaraciones de quienes estaban en el pabellón serán las principales pruebas para determinar cómo ocurrió la muerte y si existió alguna responsabilidad penal o administrativa.
Condenado por el crimen de su esposa
José Eduardo Figueroa había sido condenado a prisión perpetua por el crimen de su esposa, Mercedes Kvedaras. La defensa había pedido tras la sentencia que el hecho fuera encuadrado en una figura con una pena menor.
Mercedes Kvedaras tenía 37 años cuando fue asesinada el 4 de agosto de 2023 en la vivienda que compartía con Figueroa en el barrio privado El Tipal. La autopsia determinó que murió por asfixia mecánica mixta, producto de estrangulamiento y sofocación manual.
Figueroa permanecía detenido desde el día del crimen. El 30 de abril pasado, el tribunal integrado por Cecilia Flores Toranzos, Eduardo Sángari y Leonardo Feans lo declaró, por unanimidad, autor de homicidio doblemente calificado por el vínculo y por mediar violencia de género.
Los jueces descartaron la versión de una muerte accidental y concluyeron que existió una acción deliberada para quitarle la vida a Kvedaras. También consideraron las numerosas lesiones encontradas en distintas partes de su cuerpo como indicios de la violencia ejercida durante el ataque.
El tribunal también consideró acreditado un contexto previo de violencia de género. Familiares y amigas declararon sobre agresiones físicas y verbales, conductas de control y situaciones en las que Mercedes había contado que Figueroa la tomó del cuello.
Después del femicidio, Figueroa fue encontrado con heridas en el cuello y los brazos. Las pericias determinaron que esas lesiones habían sido autoinfligidas.
La sentencia a prisión perpetua todavía no estaba firme. Su abogado, Juan Casabella Dávalos, había presentado un recurso ante el Tribunal de Impugnación para que el crimen fuera recalificado con una figura que contemplara entre 10 y 25 años de prisión.
La defensa sostenía que Figueroa había actuado bajo emoción violenta o que se había tratado de un homicidio preterintencional, sin intención de causar la muerte. También cuestionaba la aplicación del agravante de violencia de género.
Otra de sus hipótesis señalaba que ambos habían caído dentro de la bañera durante un forcejeo y que ese episodio había provocado un latigazo cervical en Kvedaras. La reconstrucción fue descartada por el tribunal sobre la base de la autopsia y las demás pruebas.
La querella, representada por Jorge Ovejero, rechazó los argumentos de la defensa y solicitó que la sentencia fuera confirmada en todos sus términos. El recurso permanecía bajo análisis del Tribunal de Impugnación cuando se produjo la muerte del condenado.
Al dictar la pena, los jueces habían ordenado que Figueroa continuara alojado en la Unidad Carcelaria 1 con tratamiento psicológico y psiquiátrico.