inicia sesión o regístrate.
El Ministerio Público Fiscal de Salta aprobó un nuevo Protocolo General de Actuación en materia Penal Juvenil, que establece pautas para la intervención de fiscales ante investigaciones que involucren a adolescentes desde los 14 años y hasta antes de cumplir los 18 años al momento del hecho.
La medida fue dispuesta por el procurador general de la Provincia, Pedro García Castiella, mediante la Resolución N.º 1767, en el marco de la aplicación del nuevo Régimen Penal Juvenil establecido por la Ley Nacional N.º 27.801.
El protocolo busca unificar criterios en toda la provincia y establece que la respuesta penal no será automática, sino que deberá contemplar la edad del adolescente, su grado de desarrollo, las características del delito, la modalidad de participación, la violencia utilizada, el daño provocado y la situación de la víctima.
Respuestas según la edad y el tipo de delito
Uno de los puntos centrales del documento es que no todos los casos deberán recibir el mismo tratamiento.
El protocolo establece que las personas menores de 14 años quedan fuera del régimen de responsabilidad penal juvenil. Sin embargo, la investigación podrá continuar para determinar cómo ocurrió el hecho, identificar a otros posibles responsables y garantizar los derechos de las víctimas.
Para adolescentes de 14 a menos de 16 años, se plantea un criterio más restrictivo de intervención penal, priorizando mecanismos alternativos y soluciones de desjudicialización cuando corresponda.
En tanto, para quienes tengan entre 16 y menos de 18 años, se aplicarán los principios propios del régimen penal juvenil, aunque la edad no podrá ser utilizada para equiparar automáticamente la responsabilidad de un adolescente con la de una persona adulta.
Tres niveles para la intervención fiscal
El protocolo establece una clasificación orientativa de los casos en tres niveles: baja intensidad, intensidad intermedia e intervención prioritaria.
En los hechos considerados de menor gravedad, los fiscales deberán evaluar desde el inicio alternativas como criterios de oportunidad, acuerdos o mecanismos restaurativos, siempre que estén permitidos por la ley.
En cambio, frente a delitos de especial gravedad, el Ministerio Público Fiscal deberá actuar con mayor intensidad para avanzar en el esclarecimiento del hecho.
La clasificación no dependerá únicamente del delito imputado, sino de las circunstancias concretas de cada situación.
Participación de adultos
Uno de los ejes destacados del nuevo protocolo está relacionado con la posible utilización de adolescentes por parte de adultos o estructuras criminales.
La guía establece que, cuando existan indicios de que un adolescente pudo haber sido captado, influenciado, dirigido o utilizado por otras personas para cometer delitos, los fiscales deberán profundizar esa línea de investigación.
El objetivo es que la responsabilidad no quede centrada únicamente en el adolescente involucrado, sino que también se avance sobre quienes puedan estar detrás de la incorporación o manipulación de menores dentro de organizaciones delictivas.
Prisión como último recurso
Otro de los puntos principales del protocolo establece que la privación de libertad durante el proceso debe ser excepcional.
Los fiscales deberán fundamentar la necesidad de solicitar una medida restrictiva y analizar previamente si existen alternativas menos gravosas.
Además, la gravedad del delito o la pena prevista no serán suficientes por sí solas para justificar la detención de un adolescente.
La eventual solicitud de una pena privativa de libertad también deberá contar con una fundamentación específica sobre la responsabilidad concreta del joven, la gravedad del hecho y la falta de alternativas posibles.
Protección para las víctimas
El nuevo esquema también incorpora pautas relacionadas con la protección de las víctimas durante el proceso.
Los fiscales deberán garantizar su información, participación y resguardo, evitando situaciones de revictimización, especialmente cuando se trate de niñas, niños o adolescentes.
La situación de vulnerabilidad de la víctima, el daño provocado y las consecuencias del hecho serán elementos que deberán ser considerados al momento de definir la estrategia judicial.
Aplicación en toda la provincia
El protocolo será aplicado por fiscales, auxiliares fiscales y funcionarios del Ministerio Público Fiscal en todos los distritos judiciales de Salta.
Además de la resolución, la Procuración General aprobó una Guía Operativa de Actuación Fiscal para orientar las decisiones desde el inicio de una causa, durante la investigación y al momento de evaluar medidas restrictivas de libertad o pedidos de sanción.