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26 de Diciembre,  Salta, Centro, Argentina
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Polémica por la extradición de un peruano en Salta: "Este fallo es un aporte para todos los procesos en Argentina""

El abogado de José Luis Aliaga Reyes mencionó las irregularidades en el trámite realizado por el Juzgado Federal de Orán, que afectaron el derecho de su defendido.
Viernes, 26 de diciembre de 2025 00:42
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La Corte Suprema de Justicia de la Nación dejó sin efecto la extradición a Perú de José Luis Aliaga Reyes, al advertir serias irregularidades en el procedimiento llevado adelante por el Juzgado Federal de Orán, las cuales vulneraron su derecho de defensa.

El Máximo Tribunal sostuvo que no se cumplieron audiencias ni etapas esenciales previstas por la ley y ordenó rehacer el proceso conforme al Código Procesal Penal Federal, aclarando que la decisión no descarta una futura extradición, pero sí fija límites claros para garantizar el debido proceso.

El abogado penalista de Tartagal Gonzalo Arturo Maidana es el representante de Aliaga. El letrado dialogó con El Tribuno y dio detalles de todo el proceso.

¿Cuál es la importancia de este fallo que acaba de emitir la Corte Suprema de la Nación?

Es de una enorme tranquilidad para cualquier ciudadano o ciudadana que habite el suelo argentino de que se le respetarán todas las garantías constitucionales en materia de extradición. Me toca litigar casi diría en el último distrito judicial de la Argentina como es el distrito norte Tartagal. Que estos ministros de la Corte Suprema hayan tenido mi mismo criterio no deja de ser una satisfacción profesional y personal porque quiere decir que el máximo tribunal judicial de nuestro país, encargado de ser el intérprete final de la Constitución Nacional, es capaz de escucharnos a todos los abogados por más que nos toque litigar en las provincias más periféricas.

¿Específicamente de qué se trató este caso?

Se trató de un ciudadano de nacionalidad peruana que fue requerido por su país y la justicia federal de Orán le hizo lugar; pero la Suprema Corte de Justicia de la Nación revirtió ese fallo y dispuso que se lo debía someter a un juicio de extradición. Hasta este momento había un vacío en la legislación vigente por eso ante este tipo de requerimiento se hacía lugar casi de manera expeditiva; pero a partir de ahora esta jurisprudencia se aplicará en todos los casos en que se tenga que resolver por parte de cualquier juzgado de Argentina. La Corte no dice que no hay que extraditar, dice que primero hay que someter al requerido a un juicio justo y resolver si corresponde esa extradición.

¿Puede explicarlo con más amplitud?

En un pedido de extradición hay un país requerido, en este caso Argentina y un país requirente que fue Perú que pidió que un ciudadano que está detenido en Argentina sea remitido a Perú porque tiene causas pendientes con la justicia de ese país. Entre Argentina y Perú existen convenios de cooperación mutua -no así con todos los países-. Argentina, como un estado de derecho que es, no puede extraditar a un ciudadano sin tener la certeza de que se le respetarán las garantías básicas. Supongamos que en Tartagal se detiene a un venezolano porque su país lo está requiriendo. Argentina no puede hacer lugar a la extradición así sin más, tomando en cuenta la falta de garantías constitucionales que se conoce, imperan en Venezuela donde muchos delitos que se le imputa a mucha gente son bastante cuestionables. Como estado de derecho, Argentina debe hacer un proceso que determine que a esa persona se le van a respetar las garantías.

Con este antecedentes, ¿todas las extradiciones que se hicieron hasta ahora pudieron haber estado mal otorgadas?

Yo diría que sí porque hasta el año 2019 que comienza a aplicarse el Código Federal cuando un país requería a alguien se le decía: disculpá, te están requiriendo desde allá. El requerido decía no me quiero ir porque allá soy un perseguido, voy a ser victima de una venganza o lo que sea pero en el término de 30 días, luego de una audiencia formal, literalmente se lo entregaba al país que lo requería.

¿Cómo fue el caso de su defendido?

Este ciudadano peruano quedó detenido en noviembre de 2022 en una causa provincial, interín en el que llega un pedido de captura internacional emitido por Interpol por lo que paralelamente se abre el proceso federal. Yo estaba de viaje pero como para la justicia federal de nuestro país esto de mandarlos extraditado era un mero trámite, la jueza de Orán resuelve de manera favorable. Cuando me entero reclamo porque no se cumplió con el debido proceso lo que más o menos era emitir sentencia sin juicio previo y sin presencia del abogado defensor. Por medio de un per saltum yo apelo a la Corte Suprema de la Nación. Allí el defensor analiza mi apelación, comparte mi mirada y dice que el proceso está mal hecho. Finalmente es la Corte que resuelve en el mismo sentido. Volviendo a mi defendido, la causa que tenía en provincia ya fue resuelta por lo cuál se encuentra en libertad. Ahora quedó sujeto a la causa de extradición que se llevará adelante pero tomando en cuenta toda esta nueva jurisprudencia que perfectamente puede salir favorable a la requisitoria que hace la justicia de Perú, pero respetando todas las garantías constitucionales de nuestro país. De ahora en más todos los procesos de extradición se tienen que resolver con esta jurisprudencia porque se trata de un antecedente de corte. Es un aporte a la seguridad jurídica de la Argentina sin la cual y en general, el estado de derecho no existe.

Cómo fue en el caso de pequeño Jota

El abogado Gonzalo maidana hizo referencia a un pedido de extradición que Argentina le hizo a Perú para repatriar a Tony Valverde Victoriano, más conocido como pequeño "Jota", uno de los acusados del triple femicidio de Florencio Varela.

"En ese caso la justicia de Perú actuó como debía hacerlo; es decir, esta persona se presentó con su abogado a la audiencia, argumentando sus razones dijo que no quería regresar a la Argentina y a partir de allí se inició el juicio de extradición con el debido proceso y que todavía no está resuelto por tanto Pequeño Jota permanece en ese país. Las autoridades peruanas a la requisitoria de Argentina no respondieron: 'Llévenselo y nos sacamos un problema de encima', sino que se inició el proceso como correspondía. Quiero aclarar algo que me parece fundamental y es que ni en el caso en el que me tocó participar y seguramente ni en este otro caso del Pequeño Jota, no se está analizando el delito que se les imputa a estas personas. Se está analizando la solicitud de extradición en sí misma y de qué manera Argentina con esta jurisprudencia nueva responderá a la misma de ahora en más", dijo.

 

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