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Sáenz decretó por otros seis meses la vigencia de la emergencia en el norte

El Ejecutivo hizo uso de la facultad que le otorgó la ley 8472 para prorrogar por seis meses la atención de crisis socio sanitaria en los departamentos Orán, San Martín y Rivadavia.
Viernes, 16 de mayo de 2025 02:00
Asistencia por la crecida del río Pilcomayo en el departamento Rivadavia.
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El Gobierno provincial consideró que resulta necesario continuar trabajando con el fin de alcanzar objetivos que permitan brindar soluciones definitivas y decretó por otros 180 días la continuidad del estado de emergencia sociosanitaria en los departamentos San Martín, Orán y Rivadavia del norte.

La nueva ampliación fue adoptada a través del Decreto 267, que se publicó en el Boletín Oficial, en función de la facultad que se le otorgó al Ejecutivo provincial a través de la ley 8472, sancionada y promulgada a fines del año pasado.

En los considerandos del decreto se señala que si bien se efectuaron considerables esfuerzos tendientes a mitigar la situación crítica que atraviesa la población afectada, los cuales han contribuido a morigerar la mentada emergencia sociosanitaria, resulta necesario continuar trabajando con el fin de alcanzar objetivos tendientes a brindar soluciones definitivas en los mencionados departamentos;

El Decreto establece la decisión de prorrogar, desde su vencimiento y por el plazo de 180 días, la declaración del estado de emergencia sociosanitaria en los departamentos San Martín, Orán y Rivadavia, dispuesta (originalmente) por la Ley 8185 y sus sucesivas prórrogas.

Se remitió a la Legislatura provincial copia del decreto que firmó el gobernador Gustavo Sáenz y que también refrendaron los ministros de Economía y Servicios Públicos, Roberto Dib Ashur, de Desarrollo Social, Mario Mimessi, de Salud Pública, Federico Mangione y la Secretaria General de la Gobernación, Matilde López Morillo.

El estado de emergencia sociosanitaria en los departamentos San Martín, Orán y Rivadavia del norte provincial fue tomada por primera vez en el 2020 para cubrir necesidades de alimentación, salud y agua segura de las comunidades aborígenes y criollas.

Esta medida por la crisis reinante fue adoptada a través del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 140, el que luego se convirtió en la ley provincial 8185 y se la viene prorrogando desde el 2021 a la fecha.

 

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