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Respuestas previsionales

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Amalia Bianchi: me jubilé como docente en marzo y resulta que este mes me dejaron de pagar el suplemento docente que es la parte más importante de mi sueldo. Contaba con ese dinero, ¿Cuál es el motivo? ¿Puedo hacer algo para recuperarlo?

Buen día Amalia. Los jubilados docentes reciben el suplemento docente (Decreto 137/05) que equipara su haber jubilatorio con el 82% del sueldo a fecha de cese. Dado que se trata de un régimen de características especiales, el docente jubilado no podrá volver a la actividad para continuar percibiendo este suplemento docente. Es posible que ANSES haya detectado un aporte, ya sea como dependiente, autónomo o monotributista y, en consecuencia, le hayan eliminado el suplemento docente. Para recuperarlo deberá darse de baja en la actividad y luego presentarse en ANSES solicitando la reposición del 82%.

Roberto Castillo: licenciado, ¿me puede explicar los requisitos de la jubilación por edad avanzada?

Buen día Roberto. La prestación por edad avanzada es para personas que tengan al menos 70 años de edad y 10 años o más de servicios con aportes. De esos 10 años de servicios con aportes se pide que, por lo menos, cinco (5) hayan sido trabajados durante los últimos ocho (8) años anteriores al cese de la actividad. Hay que tener en cuenta que la prestación por edad avanzada exige no acreditar tareas en el servicio doméstico y, sobre todo, no percibir jubilación, pensión o retiro civil o militar nacional, provincial o municipal. Es decir, es incompatible con otros beneficios.

Gerardo Ibañez: soy de septiembre del 64 y trabajé 12 años, hasta 2024, en una empresa constructora. Además, tengo otros pocos años como monotributista. Estoy pasando una época malísima en lo económico. Quiero saber si hay alguna forma de jubilarme.

Buen día Gerardo. Los trabajadores de la industria de la construcción (Ley 22.250), gozan de un régimen previsional diferencial. Se jubilan con 55 años de edad y 25 de servicios siempre que, al menos 12 años de los últimos 15 haya trabajados en la industria de la construcción. En su caso ya superó esa edad hace tiempo, tiene 62 años. Se puede utilizar la moratoria Ley 24.476, que es muy económica, y cancelar aportes entre 1982 y 1993. Si consideramos la bonificación por exceso de edad, ya podría jubilarse.

Cecilia Manrique: cuando falleció mi padre en enero de 2025 tuvimos algunas dificultades con los papeles y, finalmente, pedimos el turno en ANSES el 10/4/2026. Nos presentamos en mayo. Ahora ya le salió la pensión a mi madre y nos dieron retroactivos desde abril de 2025. ¿Es correcto?

Buen día Cecilia. ANSES paga, en las pensiones, retroactivos desde el día posterior al fallecimiento del causante, siempre y cuando se haya sacado el turno dentro del año calendario de la muerte de este. Pasado dicho lapso los retroactivos que le van a pagar se computan un año hacia atrás desde en que se sacó el turno, es decir le pagan desde el 10/4/2025. Por eso entiendo que es correcta la liquidación del Organismo.

Verónica Sarabia: aún no pude cobrar la ayuda escolar. ¿Cuánto se está pagando?

Buen día Verónica. A diferencia de otras prestaciones de la Seguridad Social, la Ayuda Escolar no tuvo un 1,66% de movilidad en octubre. Su importe base continúa siendo $55.672, al cual hay que agregarle un refuerzo de $29.328. De esta forma, ANSES garantiza a las familias alcanzadas por la ayuda escolar anual un pago garantizado de $85.000 por cada hijo.

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