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El Concejo Deliberante de Salta aprobó por unanimidad una reforma de la Ordenanza N.º 16.029 de Cuidado Responsable de Animales de Compañía. La norma reconoce a los animales como seres sensibles y sintientes, amplía las infracciones por abandono y maltrato e incorpora sanciones como la suspensión de la licencia de conducir cuando un vehículo haya sido utilizado para cometer una falta.
La iniciativa fue presentada por la concejala Eliana Chuchuy (PS), quien sostuvo que busca reforzar la protección integral de los animales y las obligaciones de sus cuidadores. Durante el debate, afirmó que el 80% de los animales que ingresan o permanecen bajo cuidado del Centro de Adopciones Municipal son víctimas de abandono o maltrato.
"Esto habla también de una mirada que nosotros tenemos que apoyar y acompañar, que es la del cuidado responsable y las obligaciones que deben cumplirse con compromiso y determinación por parte de quienes tienen a su cargo el cuidado de un animal de compañía", expresó.
El reconocimiento de la sintiencia animal establece el deber de respetar su vida, integridad, trato digno, hábitat, libertad y bienestar, además de las condiciones relativas a las necesidades de cada especie.
Nuevas sanciones
Entre las infracciones muy graves, la reforma diferencia el abandono en espacios públicos del que ocurre en inmuebles privados. También incorpora la omisión grave de recaudos de cuidado responsable, la reclusión en instalaciones inadecuadas y el financiamiento o la facilitación de peleas de perros.
En cuanto a las faltas graves, amplía la prohibición de entregar animales como premio o recompensa e incluye expresamente los sorteos, además de los juegos y las competencias. Asimismo, reemplaza la denominación "perro potencialmente peligroso" por "animales de compañía de porte fuerte".
Las sanciones accesorias contemplan la suspensión de la licencia o la inhabilitación para conducir por hasta dos años cuando un vehículo haya sido utilizado para cometer la infracción. Además, el cuidador deberá abonar los gastos municipales de traslado, manutención y atención veterinaria y sanitaria de los animales.
Para graduar las multas se considerarán el perjuicio causado, la trascendencia social, el beneficio económico obtenido y la reincidencia. Cuando existan sospechas de contravenciones provinciales o delitos previstos en la Ley Nacional N.º 14.346 de protección animal, el Juez Administrativo de Faltas deberá dar intervención inmediata a la Policía o al Ministerio Público Fiscal.
Medidas excluidas
Aunque la reforma recibió respaldo unánime, Agustina Álvarez Eichele (LLA) cuestionó el alcance del dictamen de mayoría. Reclamó por la exclusión de propuestas como la prohibición de criaderos y de carreras ilegales de perros, la creación de un canal municipal de denuncias y las castraciones masivas.
También señaló que quedaron afuera el reconocimiento del animal comunitario, la protección de las comunidades felinas y la atención de animales durante catástrofes naturales. "En ningún momento se puso en consideración el Código de Bienestar Animal", afirmó, y sostuvo que había solicitado unificar las iniciativas, pero su propuesta fue rechazada.
"Nadie me contestó por qué sacaban la eliminación de los criaderos", manifestó. Respecto de las denuncias, advirtió que el 911 es un canal provincial y defendió la necesidad de contar con un mecanismo específico para las infracciones municipales.
Álvarez también cuestionó a quienes, según expresó, votaron en contra de una propuesta de atención veterinaria de por vida para animales gerontes adoptados del Centro de Adopciones Municipal. Junto con Erica Castro y Florencia León, solicitó la votación del dictamen de minoría que integraba el expediente.
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