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En las últimas horas se presentaron en Salta dos acciones judiciales que buscan frenar la redesignación de las juezas de la Corte de Justicia María Alejandra Gauffin y Adriana Rodríguez Faraldo, propuestas por el Poder Ejecutivo para un nuevo mandato, en un escenario marcado por la urgencia y la inminencia de definiciones políticas.
Las presentaciones, impulsadas por el ex convencional constituyente y actual diputado provincial Guillermo Durand Cornejo, combinan una acción preventiva de daños y una demanda de inconstitucionalidad contra los decretos 254 y 255 de 2026, firmados por el gobernador Gustavo Sáenz, que activan el proceso de selección previsto por ley.
El planteo sostiene que las postulaciones violan de manera directa el artículo 156 de la Constitución provincial, reformado en 2021, que establece que los jueces de la Corte "duran diez años en sus funciones, no pudiendo ser nombrados nuevamente".
La estrategia judicial se apoya en dos caminos complementarios. Por un lado, una acción preventiva busca evitar un "daño institucional futuro", al advertir que avanzar con las designaciones podría comprometer la validez de decisiones judiciales y la seguridad jurídica al ser dictadas por juezas que no cumplen los requisitos de la Constitución.
Por otro, la acción de inconstitucionalidad apunta directamente contra los decretos del Ejecutivo, considerados actos administrativos que materializan una decisión contraria a la Constitución.
En ambos casos, el objetivo es el mismo: frenar el proceso antes de que intervenga el Senado y se consolide una situación que, según el planteo, sería irreversible.
En ese contexto, las presentaciones incluyen pedidos de resolución urgente y medidas cautelares que, de ser admitidas, deberían definirse en plazos breves para evitar que el trámite avance en paralelo por la vía política.
Uno de los puntos más fuertes de la presentación es la recusación con causa de todos los jueces de la Corte de Justicia de Salta.
El argumento central es que los magistrados no pueden intervenir en un caso que involucra a sus propias colegas y que, además, podría impactar en sus situaciones personales cuando finalicen sus mandatos.
"Avanzar con las designaciones podría comprometer la validez de decisiones judiciales y la seguridad jurídica"
Según el escrito, existe un "fundado temor de parcialidad", tanto por la relación profesional directa con las juezas propuestas como por el interés personal en el criterio que finalmente se adopte.
También se cuestiona que los propios jueces ya fijaron posición sobre la vigencia inmediata de la reforma constitucional en fallos anteriores, lo que, según el planteo, compromete su imparcialidad.
El núcleo de la discusión gira en torno a la interpretación de la reforma constitucional de 2021.
Antes de ese cambio, los jueces de la Corte podían ser reelegidos cada seis años. Con el nuevo texto, se estableció un mandato de diez años sin posibilidad de reelección.
El planteo judicial sostiene que la Constitución no incluyó cláusulas transitorias, por lo que la prohibición debe aplicarse de manera inmediata a todos los casos, sin distinción.
"Si la Constitución es operativa para remover jueces por edad, lo es también para impedir reelecciones"
En ese sentido, recuerda que la propia Corte y el Estado provincial ya sostuvieron ese criterio en fallos recientes, especialmente en los casos "Mariño" y "Pfister", donde se dispuso el cese de jueces inferiores al cumplir 70 años.
Uno de los argumentos más contundentes de la presentación es la denuncia de un "doble estándar" en la aplicación de la Constitución.
Según el escrito, mientras se aplicó la reforma de manera inmediata para desplazar a jueces inferiores, ahora se pretende ignorarla para permitir la continuidad de los miembros de la Corte.
"Si la Constitución es operativa para remover jueces por edad, lo es también para impedir reelecciones", sostiene el planteo, que advierte que aceptar lo contrario implicaría consagrar "dos Constituciones distintas".
Incluso va más allá y afirma que los decretos cuestionados configuran una especie de "tercera Constitución", al mezclar el régimen anterior (que permitía reelección) con el actual (que fija mandatos de diez años), generando una solución que no surge de ningún texto constitucional.
"Los decretos cuestionados configuran una especie de 3 ª Constitución", al mezclar el régimen anterior con el actual"
La demanda también invoca el principio de igualdad ante la ley, al considerar que no puede aplicarse un criterio para los jueces inferiores y otro para los miembros de la Corte.
Además, advierte que avanzar con las designaciones podría generar un escenario de alta conflictividad institucional, al dejar abiertas futuras impugnaciones sobre la validez de los fallos dictados por jueces cuya designación sea cuestionada.
En paralelo, fuentes vinculadas al proceso no descartan que el tratamiento de los pliegos en el Senado pueda avanzar con rapidez, lo que incrementa la tensión sobre los tiempos de resolución judicial.
Medida cautelar urgente
En paralelo, se solicitó una medida cautelar de no innovar para suspender de inmediato el trámite de redesignación en el Poder Ejecutivo y el Senado.
El pedido se fundamenta en el "peligro en la demora", al señalar que si el proceso avanza, podría consolidarse una situación contraria a la voluntad constitucional.
"El daño institucional sería de extrema gravedad si se concreta una designación prohibida por la Constitución", advierte el escrito.
La presentación también cuestiona el plazo de 30 días previsto para este tipo de acciones, aunque aclara que se interpuso dentro de ese término para evitar su rechazo formal.
Al mismo tiempo, invoca la doctrina de los actos propios, señalando que la Corte no puede aplicar un criterio en unos casos y otro distinto en situaciones similares.
En ese marco, el planteo expone una fuerte tensión institucional: si el máximo tribunal sostiene la vigencia inmediata de la reforma para unos casos, debería hacerlo también cuando se trata de sus propios integrantes.
Ovejero y López Viñals
La demanda remarca que los jueces Teresa Ovejero Cornejo y Pablo López Viñal han sido designados con la misma afectación constitucional, lo que motivará una acción autónoma tendiente a dejar sin efecto esos nombramientos.
Finalmente, se dejó planteada la reserva del caso federal para recurrir ante la Corte Suprema de la Nación en caso de un fallo adverso.
El argumento es que una eventual validación de las designaciones podría implicar una vulneración del sistema republicano y del deber de las provincias de regirse por sus propias constituciones.
En ese escenario, no se descarta que el conflicto escale a instancias superiores si el proceso político avanza sin una definición judicial previa.
Con estas dos presentaciones, el proceso de redesignación de jueces de la Corte suma un nuevo capítulo judicial que pone en el centro del debate la interpretación de la reforma constitucional y abre un escenario de alta sensibilidad institucional en la provincia.