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Pese a las objeciones judiciales presentadas sobre la interpretación de la reforma constitucional de 2021, el Senado provincial otorgó ayer acuerdo a los pliegos de las juezas de Corte María Alejandra Gauffin y Adriana Rodríguez Faraldo para que continúen integrando el máximo tribunal de la provincia.
La aprobación se produjo durante la sesión de ayer, luego de que ambas magistradas fueran entrevistadas por la Comisión de Justicia, Acuerdos y Designaciones. El dictamen favorable fue acompañado por la mayoría de los legisladores presentes, mientras que el senador Roque Cornejo Avellaneda votó en contra de ambos pliegos.
Tras el encuentro con los senadores, Gauffin sostuvo que uno de los temas centrales de la conversación fue el acceso a la justicia en los departamentos más alejados de la provincia. La magistrada destacó la necesidad de avanzar en mecanismos que permitan reducir las distancias entre los ciudadanos y el sistema judicial, mediante herramientas como la telepresencia y una reformulación del rol de los jueces de paz. También se refirió a las transformaciones que atraviesa actualmente el Poder Judicial, tanto en el fuero penal como en el civil.
Por su parte, Rodríguez Faraldo señaló que existen desafíos vinculados no solo a la resolución de conflictos, sino también a la prevención de problemáticas sociales. La jueza destacó la necesidad de fortalecer el trabajo conjunto entre los distintos poderes del Estado.
Las presentaciones incluyen una acción preventiva de daños y una demanda de inconstitucionalidad contra los decretos 254 y 255 del Poder Ejecutivo que impulsaron los nuevos nombramientos.
La aprobación de los pliegos se produjo en medio de una fuerte controversia jurídica. El exconvencional constituyente y actual diputado provincial Guillermo Durand Cornejo había presentado dos acciones judiciales para intentar frenar las redesignaciones.
El planteo sostenía que las postulaciones de Gauffin y Rodríguez Faraldo contradicen el artículo 156 de la Constitución provincial reformada en 2021, que establece que los jueces de la Corte duran diez años en sus funciones y no pueden ser nombrados nuevamente. Según la interpretación impulsada por Durand Cornejo, la prohibición de reelección tiene vigencia inmediata y debe aplicarse también a las actuales integrantes del máximo tribunal.